La ONU denuncia tortura, malos tratos y confesiones forzadas en Marruecos

Ha vuelto a concluir que el régimen alauita violó los derechos de presos políticos saharauis con “un patrón constante de arrestos arbitrarios, confinamiento solitario y actos de tortura durante interrogatorios, para obtener confesiones bajo coacción en procedimientos judiciales” en el Sáhara Occidental ocupado

Mohamed VI, rey de Marruecos, en una intervención pública | Foto: RTVE

El Comité de la ONU contra la Tortura ha vuelto a concluir que Marruecos violó los derechos de los presos políticos saharauis, detenidos por su vinculación con el campamento de protesta pacífica de Gdeim Izik, situado a unos 12 km de El Aaiún, en el Sáhara Occidental ocupado, afirmando que “los diez casos similares examinados hasta ahora apuntan a un patrón constante de arrestos arbitrarios, confinamiento solitario, actos de tortura o malos tratos durante los interrogatorios y el uso posterior de confesiones obtenidas bajo coacción en procedimientos judiciales”.

El Comité del alto organismo internacional publicó sus conclusiones, este pasado miércoles 20 de mayo de 2026, tras revisar cuatro denuncias relacionadas con detenidos arrestados tras el desmantelamiento forzoso del campo de Gdeim Izik en 2010. El campamento, que llegó a sumar a más de 20.000 manifestantes pacíficos, había sido instalado por saharauis que vivían en el Sahara Occidental para protestar “contra la discriminación y las malas condiciones sociales y económicas”.

Quemados con cigarrillos y colgados en la posición del ‘pollo asado’

Según relata el Comité de la ONU contra la Tortura, los denunciantes fueron arrestados por funcionarios marroquíes del régimen alauita tras el desmantelamiento del campo “y sometidos a torturas y malos tratos durante el arresto, el interrogatorio, el traslado y la detención”. Confirmando que los denunciantes saharauis fueron “brutalmente golpeados, quemados con cigarrillos, amenazados con violación, suspendidos en la llamada posición de ‘pollo asado’ durante largos periodos, sometidos a ‘falaka’ (golpes repetidos con una barra de hierro en las plantas de los pies), mantenidos en confinamiento solitario, privados de comida y atención médica, y privados de acceso efectivo a abogados y visitas familiares”.

“Desafortunadamente, estos no son casos aislados, sino que apuntan a un problema estructural en la gestión de los casos relacionados con Gdeim Izik por parte de Marruecos”, ha aseverado Peter Vedel Kessing, vicepresidente del Comité, añadiendo que el Comité ya había revisado previamente otros seis casos similares. “Cuando las acusaciones de tortura se plantean repetidamente, se ignoran y se obtienen condenas basadas en declaraciones controvertidas, la prohibición absoluta de la tortura queda en riesgo”, recalca Kessing.

Los denunciantes saharauis han alegado que denunciaron los actos de tortura y maltrato a varias autoridades judiciales. Sin embargo, tanto el juez investigador como el fiscal del régimen alauita “se negaron a registrar las acusaciones y declinaron ordenar una investigación sobre dichas acusaciones, incluyendo un examen médico”, detalla el Comité de la ONU contra la Tortura. Seis años después, el presidente del Tribunal de Apelación de Rabat ordenó finalmente exámenes médicos, que no fueron realizados por médicos independientes conforme al Protocolo de Estambul, y no podían realizar una investigación eficaz.

“Cuando un detenido se presenta ante las autoridades judiciales con signos visibles de tortura, el Estado tiene la obligación inmediata de investigar”, recuerda Kessing. “La exclusión de pruebas obtenidas mediante tortura es una salvaguarda fundamental. Las autoridades deben verificar las confesiones impugnadas antes de que puedan usarse contra un acusado”, subraya.

Asimismo, las personas denunciantes afirmaron que “tras ser sometidos a tortura, fueron obligados a firmar escritos” cuyo contenido desconocían, y que esas declaraciones fueron posteriormente utilizadas “como pruebas centrales en un proceso penal” contra ellos. Fueron juzgados junto con otros acusados saharauis ante un tribunal militar en 2013 y más tarde ante el Tribunal de Apelación de Rabat. Los cuatro denunciantes fueron finalmente condenados, dos a cadena perpetua y los otros dos a 25 años.

Marruecos viola sus obligaciones con la Convención contra la Tortura

El Comité de la ONU concluyó que Marruecos “violó sus obligaciones bajo la Convención contra la Tortura, incluyendo no garantizar una investigación rápida e imparcial sobre las acusaciones de tortura, salvaguardias efectivas contra la tortura, supervisar las prácticas de detención e interrogatorio, garantizar el derecho a denunciar, proporcionar reparación y excluir de los procedimientos judiciales las pruebas obtenidas mediante tortura”.

Igualmente, el Comité ha recordado su preocupación “por la falta de investigaciones rápidas, imparciales y efectivas de las autoridades marroquíes sobre las acusaciones de tortura”, y su uso continuado de declaraciones “obtenidas bajo tortura como pruebas en casos previamente resueltos”. Y, en los casos de comprobación más reciente, el Comité considera que “la recurrencia de estas deficiencias indica que no se trata de irregularidades procesales aisladas, sino de un problema estructural en la gestión de los casos relacionados con el desmantelamiento del campo de Gdeim Izik”. “Marruecos debería tomar medidas correctivas urgentes para asegurar que no se repitan violaciones similares”, ha alertado Kessing.

Por todo ello, la ONU ha instado a Marruecos “a llevar a cabo investigaciones imparciales y exhaustivas sobre las acusaciones de tortura, en pleno cumplimiento del Protocolo de Estambul revisado, con el objetivo de llevar ante la justicia a los responsables”. También ha instado “al Estado Parte -Marruecos- a proporcionar a los denunciantes una reparación completa, incluyendo una compensación y rehabilitación justas y adecuadas”.

Además, y finalmente, el Comité de la ONU contra la Tortura solicita en su resolución de este pasado miércoles “que Marruecos considere revisar las condenas penales de los denunciantes y, cuando corresponda, las anule conforme a su legislación interna”. También exige a las autoridades del régimen alauita “garantizar acceso a familiares, abogados y médicos de su elección, y a abstenerse de cualquier presión, intimidación o represalia contra ellos”.

Autor/Autora