No habrá paz para las familias de Lasa y Zabala

El Tribunal Constitucional deniega la indemnización estipulada por la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo a las familias de Lasa y Zabala, argumentando que los dos jóvenes asesinados y enterrados en cal viva por el GAL en el año 1983 pertenecieron a ETA. Las familias denuncian que este hecho no está probado y añaden que la decisión del TC vulnera la presunción de inocencia.

José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala fueron secuestrados, torturados, asesinados y enterrados en cal viva por el GAL en 1983. Sin embargo sus familias junto con las de otros tres fallecidos más, no recibirán la indemnización estipulada por la Ley de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.

Así lo dictaminó el Tribunal Constitucional el pasado 17 de marzo, amparándose en el Convenio Europeo sobre Indemnizaciones a las Víctimas de Delitos Violentos con entrada en vigor en el Estado español en el año 2002. Según éste documento "se podrá reducir o suprimir la indemnización si la víctima o el solicitante participa en la delincuencia organizada o pertenece a una organización que se dedica a perpetrar delitos violentos".

Para el TC, Lasa y Zabala habrían pertenecido a ETA y por ello sus familiares quedan exentos de recibir compensaciones tras el asesinato de ambos.

Los familiares de los dos jóvenes muertos denuncian que no hay ninguna prueba que demuestre que José Antonio Lasa y José Ignacio Zabala hubiesen formado parte de ETA, y añaden que con la sentencia dictada por el TC se está atentando contra la presunción de inocencia.

Por su parte el TC considera que existen evidencias de que Lasa y Zabala pertenecieron a ETA. A saber: un informe policial aportado en el año 2000, durante el juicio en la Audiencia Nacional en el que el general Enrique Galindo, el teniente coronel Ángel Vaquero, los agentes Enrique Dorado y Felipe Bayo y el gobernador civil Julen Elgorriaga fueron declarados responsables de la muerte de Lasa y Zabala, y en el que los mismos asesinos afirmaban que los jóvenes vascos eran miembros de la organización armada. Un sinsentido: el informe de los mismos responsables condenados a un total de 365 años de cárcel (aunque luego cumplieran solamente unos pocos años) ha sido utilizado para no indemnizar a las familias de las víctimas de terrorismo de estado.

Por su parte, la vicepresidenta del TC Adela Asua y el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré han decidido hacer uso de su voto particular, para mostrar su discrepancia con la sentencia. Consideran que no ha habido ningún procedimiento penal en el que Lasa y Zabala se hayan podido defender, y rechazan el informe policial del año 2000 en la Audiencia Nacional como prueba de su vínculo con ETA.

Tras la sentencia los familiares de los dos asesinados en 1983 por los GAL han anunciado que llevarán el caso al Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo para seguir intentando que se haga justicia.

El fallo del TC, como tantos otros, es una decisión claramente política que demuestra una vez más la no voluntad del Estado español y sus organismos judiciales por iniciar un proceso de paz que contemple todas las violencias. En días tan señalados como los que vivimos actualmente y los que tendremos que vivir en breves, se demuestra una vez más la marcada voluntad de condenar judicialmente a un solo bando del conflicto. Mientras, la brutalidad del otro es entendida como razón de estado; como unos medios justificados por el fin que es la unidad española.

 

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