Un nuevo batacazo judicial sentencia “la nulidad de las obras del pantano de Mularroya”

Las organizaciones Asociación Jalón Vivo y SEO/BirdLife celebran la nueva sentencia de la Audiencia Nacional española que les da la razón, por tercera vez, al reconocer “que la presa de Mularroya, así como su azud de derivación y conducción de trasvase, infringe lo establecido en la Directiva Marco del Agua, especialmente en lo relativo a la obligación de justificar la excepcionalidad de no evitar el deterioro de los ríos afectados”.

El pantano de Mularroya -Comarca de Valdejalón- es una de las grandes obras hidráulicas que quedaron incluidas en el Pacto del Agua de Aragón de 1992 y que posteriormente se declararon de forma automática de interés general del Estado en la ley del Plan Hidrológico Nacional en 2001, año en el que se redactó el proyecto de dicho pantano.

Las obras del pantano de Mularroya ya sumaban otras dos sentencias que lo anulaban, tanto por la Audiencia Nacional -en 2009- como por el Tribunal Supremo -en 2013-. A pesar de contar con estas dos sentencias en contra, de llegar incluso a paralizar las obras judicialmente, y de los claros indicios sobre sus impactos negativos sobre los ríos y la biodiversidad, así como sobre los incumplimiento de las normativas europeas, la Confederación Hidrográfica del Ebro -CHE- no desistió y volvió a tramitar el proyecto, retocado levemente, para su aprobación, realizando una nueva Declaración de Impacto Ambiental -DIA- en 2015. Esta nueva aprobación fue de nuevo impugnada ante la Audiencia Nacional en 2016 por Asociación Jalón Vivo y SEO/BirdLife, y es sobre la que ahora la Audiencia Nacional comunica en su sentencia nuevamente “la nulidad de las obras del pantano de Mularroya”, y abre el camino para una nueva paralización del proyecto.

Así, a fecha de 23 de marzo de 2021, la Audiencia Nacional ha vuelto a decidir que “anula la Resolución 12 de agosto de 2015 por la que se aprobó el proyecto del embalse de Mularroya porque supone el deterioro de las masas de agua de los ríos Grío y Jalón, así como de los acuíferos de las Sierras de la Virgen y Vicort”. Se da además la circunstancia que ni el estudio ni la DIA identificaron y analizaron todos los elementos relevantes para determinar el alcance de dicho deterioro.

Según las organizaciones recurrentes, y como reconoce el Tribunal en su sentencia “en cualquier caso, al producirse el deterioro solo se puede autorizar la obra si se cumplen condiciones estrictas establecidas por la Directiva Marco del Agua. En el caso de Mularroya no se dan estas condiciones, tanto es así que ni siquiera se justificó de manera estricta y previa en la planificación hidrológica. Esta Sentencia va en la misma línea que la reciente sentencia del Tribunal Supremo que tumbó definitivamente el proyecto de la construcción del embalse de Biscarrués”, recuerdan desde Jalón Vivo y SEO/BirdLife.

Estas organizaciones -demandantes-, lamentan “la política de hechos consumados que han mantenido las administraciones públicas implicadas en todo el proyecto”, y recuerdan que ya apuntaron que “el precedente de la sentencia de Biscarrués tendría implicaciones sobre otros proyectos, entre ellos el de Mularroya. Un proyecto que cuenta con sentencias anulatorias, que obligaban a declarar también Red Natura 2000 buena parte de las zonas afectadas, que fueron excluidas intencionadamente, cuyas obras se han mantenido en el tiempo, incluso acelerado, lo único que demuestra es que el sistema de protección legal en el Estado español tiene vacíos legales”.

“A pesar de la lentitud del sistema judicial, funciona y dicta sentencias”, señalan ambas organizaciones, que lamentan que “este caso una vez más demuestra que no funciona la tutela judicial ambiental, y que sin medidas cautelares definidas la justicia ambiental queda desprotegida ante la política de hechos consumados que se incentiva desde las administraciones públicas. El MITECO y la Confederación Hidrográfica del Ebro han intentado en todo momento construir a toda costa un pantano a pesar de las resoluciones judiciales y esquivando posibles paralizaciones cautelares”.

Para Asunción Ruiz, directora ejecutiva de SEO/BirdLife “la realidad es tozuda y la sentencia demuestra la obstinación de algunas administraciones públicas en tratar de esquivar el derecho comunitario, no es aceptable que sea la sociedad civil la que tenga que hacer el papel que le corresponde a la administración pública”.

Por su parte, Antonio Oriol, portavoz de la Asociación Jalón Vivo apunta que “invitamos a las instituciones públicas a la reflexión, llevábamos dos décadas dando vueltas a un proyecto que se sabía que era ilegal, y aún así hemos derrochado decenas de millones de euros que podrían haber favorecido al desarrollo de los territorios afectados”.

Así, ambas organizaciones, Jalón Vivo y SEO/BirdLife, solicitan que se dejen de ignorar las normativas europeas y reclaman:

  • La paralización inmediata de las obras pendientes relacionadas con el pantano de Mularroya
  • La restauración ambiental e hidrológica de la zona afectada y la recuperación a su estado previo
  • Descartar por completo cualquier nueva intención de activar las obras por cuanto cuentan con tres sentencias que lo anulan.
  • Eliminar de cualquier documento de planificación hidrológica esta obra ilegal.

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