El TSJA declara nulo el veredicto y la sentencia contra Rodrigo Lanza y ordena repetir el juicio

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón han declarado nulo el juicio contra Rodrigo Lanza justificándose en la "falta de motivación del veredicto del jurado". La causa será devuelta a la Audiencia de Zaragoza para que se celebre un nuevo juicio ante un nuevo tribunal. Contra esta decisión no cabe recurso. La defensa siempre ha mantenido que Lanza actuó "en legítima defensa y por el profundo temor a perder la vida".

Imagen de archivo del primer juicio celebrado en noviembre de 2019 en la Audiencia de Zaragoza. Foto: AraInfo

En la sentencia hecha pública este martes, 7 de abril, argumentan los magistrados que "existe falta de motivación en el veredicto del jurado" y que esa "falta de motivación denunciada –por las partes en el recurso presentado- supone una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva y de una garantía esencial prevista en la Constitución".

En este sentido, argumentan también que "la falta de motivación impide a las partes y a esta Sala conocer el proceso lógico-jurídico que ha conducido al fallo, contrastar la razonabilidad de la sentencia y controlar la aplicación del Derecho", por lo que declaran nulo el juicio, el veredicto y la resolución de la Audiencia de Zaragoza.

Los magistrados aseguran que "existe un verdadero deber de motivación del veredicto por los Jurados establecido en la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado que exige que en el acta de la votación se recojan tanto los elementos de convicción tomados en consideración como una sucinta explicación de las razones por las que han declarado o rechazado declarar determinados hechos como probados".

Añaden en su argumentación que "lo que la Ley quiere es que el Jurado diga qué información se considera de valor probatorio y por qué". Así, sostienen que "es necesario no sólo mencionar los medios de prueba sino también explicar por qué se aceptan unas declaraciones o pericias y se rechazan otras, y por qué se atribuye mayor credibilidad a unas pruebas que a otras".

"En este sentido, y pese a la complejidad del caso, al existir pruebas periciales médicas contrapuestas, fundamentales para acreditar hechos tan importantes como la lesión que causó la muerte al ofendido y la concurrencia de dolo de matar o solamente de lesionar, el acta del veredicto no recoge los elementos de convicción tenidos en consideración y se limita a citar y señalar, únicamente, las fuentes de prueba, sin razonar o explicar, ni siquiera esquemática y sucintamente por qué se ha inclinado por una u otra pericial", añade la sentencia publicada este martes.

En su opinión, señalan también que "el déficit más importante en la motivación del veredicto es la falta de explicación de las razones por las que se considera que sólo existió dolo de lesionar y no dolo de matar, de manera que la muerte causada se produjo por imprudencia".

De este modo, estiman los recursos del Ministerio Fiscal, la acusación particular y la acusación popular ejercida por el partido ultraderechista Vox, y acuerdan la nulidad del juicio, del veredicto y de la sentencia, especificando que la nulidad "debe comprender el cambio tanto de los miembros del Jurado como del Magistrado Presidente", porque "unos y otro forman parte del Tribunal del Jurado, ya disuelto". En el caso del Magistrado-Presidente argumentan además que su sustitución "parece obligada en virtud de la exigencia de imparcialidad objetiva".

Contra esta sentencia, dictada por los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJ de Aragón, no cabe recurso alguno al haberse declarado nula la sentencia dictada, en primera instancia, por la Audiencia de Zaragoza.

"Lanza actuó en legítima defensa y por el profundo temor a perder la vida"

Cabe recordar que el pasado mes de noviembre, el tribunal popular que juzgó a Rodrigo Lanza en la Audiencia de Zaragoza le declaró culpable de "homicidio imprudente" y no de "asesinato" como reclamaban las acusaciones. En concreto, encontró culpable a Lanza de "haber causado intencionadamente lesiones" a Víctor Laínez con "resultado no buscado de muerte". Así, el juez José Ruiz Ramo impuso a Lanza una condena de prisión de cinco años y una indemnización de 200.000 euros.

Tras conocer el veredicto, las acusaciones -Ministerio Fiscal, la acusación particular y la acusación popular ejercida por el partido ultraderechista Vox- pidieron entonces 12 años de prisión, la pena máxima por delito de lesiones y homicidio con imprudencia. La defensa propuso un año de prisión y la inmediata puesta en libertad de Lanza, que ha pasado más de 21 meses en régimen FIES, manifestando que Lanza actuó en legítima defensa y "por el profundo temor a perder la vida"Tras conocer la sentencia, las acusaciones recurrieron.

Los hechos tuvieron lugar en la madrugada del 8 de diciembre de 2017, en el bar Tocadiscos de Zaragoza. Aunque los hechos se han conocido como el "crimen de los tirantes", el jurado no consideró acreditado que Lanza supiera que Laínez llevaba tirantes con los colores de la bandera española. En la actualidad, Lanza se encuentra en prisión provisional hasta el 9 de junio.

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