Alerta derechos civiles: una lectura de la sentencia del Supremo contra el independentismo

Tras descartar el delito de rebelión, el Tribunal Supremo condena a las y los dirigentes independentistas por sedición y pone en riesgo derechos fundamentales como el de reunión o el de manifestación

Foto: La Directa

No hubo violencia. Pese a esto, las y los dirigentes independentistas presos fueron sentenciados por el Tribunal Supremo a 99 años y medio de prisión por delitos de sedición. Tampoco hubo intención de quebrantar la ley, pues según recoge la sentencia, las y los acusados nunca quisieron implementar la República, sino que tenían por objetivo forzar al Estado español a negociar un referéndum.

Eso es lo que se desprende de la sentencia del juez Manuel Marchena que se conocía este lunes y causaba una marea de indignación tanto dentro como fuera de Catalunya.

Según el código penal, son “reos de sedición” quienes se “alcen pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad”.

Teniendo en cuenta esto, las nueve personalidades políticas condenadas tendrían que haber ejercido algún tipo de violencia en el 20-O o el 1-O que, tal y como queda acreditado en la sentencia de Marchena, no está contemplada.

Así, resulta evidente que la decisión del alto tribunal atendía a decisiones políticas o ideológicas más que a fundamentos jurídicos; más si tenemos en cuenta que la sentencia se parece mucho a las peticiones de cárcel de la abogacía del estado. Los más preocupante, como viene afirmándose en numerosos medios de comunicación estos días, es que Marchena con su escrito sienta un precedente peligroso para la libertad democrática. Si pese a no atisbar violencia en los actos de las nueve personalidades independentistas, decide sentenciar con penas de entre 9 y 13 años de prisión por hechos que se produjeron en el marco de unas protestas pacíficas, lo que está haciendo el Tribunal Supremo es criminalizar ese tipo de acciones no violentas y el derecho de manifestación. Resumiendo: el tribunal condena a las y los lideres del independentismo por sedición ya que considera lideraron unas manifestaciones pacíficas que no quisieron quebrantar el orden constitucional. Un sinsentido o una sentencia a una ideología.

Con la sentencia, ahora, concentraciones contra los desahucios, el 15-M o las huelgas del taxi, ahora pueden ser consideradas delitos pese a no ser expresamente violentas.

Las incoherencias de la sentencia no terminan aquí. Según explicaba este lunes el profesor de derecho de la Universidad Pompeu Fabra, José Luis Martí, el texto redactado por el Supremo es extrañamente corto si se tiene en cuenta la complejidad del caso. En total 493 páginas de las cuales la mayoría están destinadas a legitimar la actuación del Tribunal Supremo. “La sentencia del juicio del atentado de Madrid del 11-M tuvo 722 páginas”, explicaba Martí que añadía que el número de testigos y sesiones de este segundo caso era incluso menor. Para el jurista Joan Queralt este hecho se debe a que el Supremo está más preocupado por legitimar su instrucción ante el Tribunal de Estrasburgo ya que sabe que con toda seguridad el caso se elevará hasta la instancia europea.

Por otro lado, Martí añadía que la parte dedicada a los hechos probado era extrañamente pobre. Solo 36 páginas y lo más curioso: solo dos páginas dedicadas al 1-O, parte de la que se eliminaron por ser emocionales, todos los testimonios.

¿Qué hemos hecho durante dos años?

La sentencia por otro lado, desenmascara la perversión que han significado los dos últimos años. Las y los nueve políticos encarcelados durante ese tiempo lo han sido en virtud de la acusación de rebelión impulsada por el Ministerio Fiscal que ahora ha quedado sin fundamento tras una sentencia llena de errores.

De forma acrítica medios de comunicación y políticos de derechas y de izquierdas tomaron por buena la acusación. De la misma manera acrítica consideraron necesario que Oriol Junqueras, Raul Romeva, Carme Forcadell, Dolors Bassas, Quim Forn, Josep Rull, Jordi Turull, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart estuvieran en prisión provisional durante un tiempo a más de 600 quilómetros de sus casas. Igualmente grave: las y los presos políticos no pudieron ejercer sus derechos como cargos electos.

Así, se les acusó y privó de libertad condicional durante dos años por hechos –una violencia- que no existían materialmente. Es decir, sin que hubiese cuerpo del delito –pues el orden constitucional no había sido fracturado- y sin que hubiese arma para cometer el delito –pues no hubo agresión-.

Tal y como apuntaba la periodista Laia Altarriba en el semanario El Temps, después de la sentencia deberíamos reflexionar sobre la situación de otras muchas personas encarceladas por motivos políticos. Si con la cobertura mediática que tuvo el juicio del 1-O las irregularidades cometidas por la justicia fueron de tan alto nivel, qué estará sucediendo con las siete personas de los CDR detenidas el pasado 23 de septiembre.

La deriva Puigdemont

Una hora después de que se conociera la sentencia, el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena emitió una euroorden de detención contra Carles Puigdemont por delito de sedición. Cabe suponer que el juez tenía conocimiento de la sentencia de antemano o que leyó las más de 400 páginas en menos de una hora, sino no se explica su velocidad al decidir que el president de la Generalitat en el exilio había cometido delito de sedición.

Lo cierto es que Llarena ya ha enviado varias euroórdenes contra Puigdemont. Una al Tribunal Superior de Schleswig-Holstein que fue desestimada por el órgano jurídico alemán al no ver rebelión –alta traición en su caso- en las acciones llevadas a cabo por Puigdemont. El tribunal de Alemania consideró extraditar al president exiliado por malversación, pero Llarena no quiso detenerlo por ese delito.

La segunda de las euroórdenes fue enviada al Fiscal General de Bélgica y en este caso el mecanismo legal fracasó por “defectos de forma”.

Con la nueva eurooreden se cumplen los pronósticos de Puigdemont que ya intuía que con la sentencia se activaría la orden de detención. Es por ello que el president en el exilio ha afirmado que no se esconderá y colaborará con la fiscalía belga.

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