La legislación aportada por Microsoft no permite restaurar un vertedero clausurado con los excedentes de tierras de Puerto Venecia

La multinacional argumenta que los materiales a extraer de las obras de sus centros de datos son compatibles con la geología natural de ‘Las Canteras’, en base al Real Decreto 646/2020 por el que se regula la eliminación de residuos. Sin embargo, el ámbito de aplicación de esta normativa excluye actividades de “restauración, acondicionamiento y relleno” de vertederos

26 agosto, 2026. 09:00
Maquinaria trabajando en las obras del centro de datos de Microsoft en Puerto Venecia | Foto: Plataforma 'Salvemos los Pinares de Venecia'

El nuevo Estudio de Impacto Ambiental de Microsoft sobre sus centros de datos en Zaragoza vuelve a pinchar. El Gobierno de Aragón aceptó en julio la modificación de su Proyecto de Interés General de Aragón (PIGA) obviando de esta forma las irregularidades de la gestión del amianto de las escombreras históricas de Puerto Venecia. La multinacional lo justificaba para detallar el movimiento, de casi dos millones metros cúbicos, de sus excedentes de tierra. Sin embargo, la normativa que cita en su informe no permite la alternativa propuesta por la tecnológica al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA) para evitar un gasto de 13 millones de euros en un vertedero autorizado.

En su estudio, Microsoft propone como su alternativa preferida verter este excedente a la zona denominada ‘Las Canteras’, un vertedero ilegal clausurado hace más de diez años. La multinacional cita, hasta en dos ocasiones, en su informe el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero. Lo hace para argumentar que los materiales a extraer de las obras son compatibles con la geología natural del emplazamiento receptor: “Por tanto, las tierras que contengan porcentajes de sulfatos que las califiquen como no peligrosas, pueden considerarse inertes cuando se depositan en suelos yesíferos”.

Fuente: Extractos del ‘Estudio de soluciones para la gestión de tierras’ del nuevo estudio ambiental

Sin embargo, la normativa que utilizan para argumentar la adecuación de las características geológicas de los excedentes, no permite el traslado de material que pretende Microsoft. El artículo 3, sobre ámbito de aplicación, del Real Decreto 646/2020 excluye las actividades de “restauración, acondicionamiento y relleno” en vertederos. El emplazamiento de ‘La Canteras’ es un vertedero ilegal, cuya actividad fue denegada por el Gobierno de Aragón en 2009. El Tribunal Supremo desestimó en 2015 el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Aragón de 2013 que ratificaba el acuerdo de clausura y sellado del ejecutivo aragonés.

Fuente: Real Decreto 646/2020 por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero

Otro asunto relevante del nuevo informe de Microsoft es que utiliza esta normativa para argumentar que los excedentes de tierra a mover pueden tener unos límites superiores de concentración de sulfatos para considerarse residuos inertes. La tecnológica relaciona estos valores con las condiciones naturales de suelos yesíferos de ambos emplazamientos. Sin embargo, en el mismo estudio no se aportan estos datos de la concentración de sulfatos de los materiales a mover.

Lo único que explicita la multinacional en su texto es: “Debe diferenciarse esta corriente de materiales naturales excavados de los residuos procedentes de antiguas escombreras o stockpiles existentes en el emplazamiento, cuya gestión corresponde a una fase previa y específica de limpieza del terreno”. A este respecto, Arainfo desveló recientemente que las escombreras con amianto de Microsoft en Puerto Venecia tienen una concentración de sulfato superior a la permitida en vertederos inertes.

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