El II convenio colectivo de SARGA incluye ya la jornada laboral de 37 horas y media

La aprobación del II Convenio Colectivo de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental (SARGA), ha contado con el respaldo de los sindicatos CGT, CCOO, CSIF, UGT y SOA, mientras el sindicato OSTA ha manifestado “su desacuerdo” y ha votado en contra. El acuerdo será sometido a ratificación de la plantilla los días 16 y 17 de diciembre.

Un operativo de cuatro personas de SARGA desbrozan el monte para prevenir los incendios
(Archivo) Foto: Comité Intercentros de SARGA

Tras siete años de negociaciones con el primer convenio prorrogado -por tanto en situación de ultraactividad-, este pasado jueves, 5 de diciembre, ha sido aprobado el II Convenio Colectivo de la Sociedad Aragonesa de Gestión Agroambiental (SARGA), contando con el respaldo de los sindicatos CGT, CCOO, CSIF, UGT y SOA, y el voto en contra de OSTA, que ha manifestado “su desacuerdo”. El acuerdo deberá ahora ser sometido a ratificación o no de la plantilla los días 16 y 17 de diciembre.

Uno de los principales avances destacados por los sindicatos firmantes es la reducción de la jornada laboral a 37 horas y media semanales, una reducción de 28 horas anuales.

Otro de los aspectos destacados es que “homogeneiza las condiciones de todos los colectivos y eleva las condiciones económicas de algunos de ellos, como el de quienes trabajan en espacios naturales, que estaban bastante por debajo de las de los bomberos y bomberas forestales”, señalan los sindicatos CGT, CCOO, CSIF, UGT y SOA.

También que “se reconoce la categoría de bomberos forestales. Bueno, la ley aprobada el 5 de noviembre ya lo hacía, pero este principio de acuerdo de convenio mejora la turnicidad, las vacaciones y recoge la toxicidad del trabajo de este colectivo”, aseveran desde CCOO Aragón.

Asimismo, destacan “la menor jornada anual que se queda en 1.694 horas, la inclusión de la carrera profesional con el reconocimiento de la antigüedad a la plantilla, los nuevos pluses, la flexibilidad en los horarios de oficinas y el plan de acción social”. Por otra parte, CCOO reconoce que “más que ser un convenio de incrementos salariales lo que recoge es mucha normativa que no se cumplía y la homogeneización de condiciones para los distintos colectivos”.

OSTA no firma el II convenio de SARGA

La sección sindical de OSTA emitió durante la negociación su voto particular en el que expresaron su disconformidad con el redactado final del convenio. Según OSTA “el convenio aprobado no refleja las reivindicaciones y propuestas defendidas por su sección sindical durante los once meses de negociaciones”. Además, señalaron que el documento final “no incluye la transposición de acuerdos previamente alcanzados en el Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje (SAMA) en fechas clave como el 24 de agosto de 2021 y el 29 de mayo de 2023” y que mejoraron sustancialmente las condiciones del personal del operativo de incendios.

Otro aspecto de disconformidad de OSTA con el Convenio firmado se centra “en la inclusión de artículos que consideran contradictorios y, en algunos casos, contrarios a la ley”. Destacan especialmente el artículo 14, que modifica la interpretación actual del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (STSJ AR 1468/2019) “respecto a la absorción del complemento CAIR”, algo que el sindicato considera “perjudicial para la plantilla”.

En el mismo sentido, OSTA denuncia que “el artículo 15 del convenio sobre nuevas categorías en el operativo de incendios, no desarrolla adecuadamente los preceptos establecidos en la Ley 5/2024, de 8 de noviembre, básica de bomberos forestales”. Pues, según el sindicato “esta ley establece disposiciones que deberían haberse incorporado y desarrollado en el convenio colectivo firmado”.

En el voto particular emitido desde OSTA concluyen que “no van a firmar un convenio” que consideran “insuficiente” y que incluye “artículos contrarios a derecho y a la jurisprudencia del Tribunal Supremo”.

Por último, desde el sindicato OSTA se ha exigido “a los firmantes del Convenio Colectivo que se realice un referéndum” y han insistido en que este proceso “debe contar con las garantías necesarias para una consulta de tal importancia, incluyendo la presencia de toda la plantilla en sus puestos de trabajo y un periodo en el que las secciones sindicales puedan informar adecuadamente sobre el acuerdo alcanzado”.

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