Sanidad amplía los supuestos en los que será obligatorio el uso del pasaporte COVID

El Departamento de Sanidad amplía los supuestos para el uso del pasaporte COVID en Aragón en la hostelería, hospitales, gimnasios y cines, teatros, entre otros ámbitos. La medida entrará en vigor en la medianoche del sábado al domingo y estará vigente hasta el 8 de enero.

Foto: Claudio Schwarz (Unsplash)

El Boletín Oficial de Aragón publica este viernes, 10 de diciembre, la nueva orden del Departamento de Sanidad en la que se amplían los supuestos en los que será obligatorio el uso del pasaporte COVID para las personas mayores de 12 años, a partir de la medianoche del sábado 11 al domingo 12 de noviembre.

A partir de entonces, será obligatorio presentar este documento en el acceso en los supuestos que ha explicado la consejera de Sanidad, Sira Repollés. Este norma queda a expensas de que se pronuncie el TSJA.

Se amplían los supuestos para el certificado COVID

Se deberá presentar en establecimientos de hostelería, restauración y ocio nocturno, así como en los de juego y apuestas, cuyo aforo máximo permitido sea igual o superior a 50 personas. En el caso de los establecimientos de ocio nocturno y asimilados se requerirá a partir de las 21.00 horas independientemente del aforo.

También se utilizará en las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones y otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles, que puedan tener lugar en establecimientos de hostelería y restauración, cuando el número de participantes supere la decena, salvo convivientes.

Será necesario también en cines, teatros, auditorios y similares, así como en espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio, realizadas en espacios cerrados, en los que esté permitido el consumo de comida o bebida.

Gimnasios y equipamientos similares, y centros hospitalarios y centros de servicios sociales especializados, para las visitas a personas enfermas ingresadas y residentes, respectivamente, son otros de los lugares donde tendrá que ser utilizado.

Por último, en los eventos de cualquier naturaleza que reúnan a más de 500 asistentes en lugar cerrado o 1.000 asistentes en espacio abierto.

En este último punto, y tal y como ya establecía la orden sanitaria del 23 de noviembre, también será preciso tener un plan de contingencia y solicitar autorización previa a la dirección de Sanidad correspondiente.

Alta incidencia

La consejera de Sanidad y el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo, han explicado en rueda de prensa el contenido de esta orden, que se adopta "con el objetivo de reducir la transmisibilidad en los entornos de mayor riesgo en un momento de alta incidencia".

Actualmente, Aragón se sitúa en 311 casos por 100.000 habitantes a siete días -este jueves era de 313-, con una alta tasa de positividad y una afección hospitalaria al alza. En este contexto, desde la Dirección General de Salud Pública se considera “necesario establecer medidas de prevención y control que permitan disminuir la transmisibilidad y que, a la vez, no repercutan en exceso en la sociedad”.

Además, el director general de Salud Pública, Francisco Javier Falo, también ha anunciado que Aragón iniciará la próxima semana la vacunación infantil a través de la autocita y con una apertura de agendas progresivas.

¿Cómo conseguir el pasaporte COVID?

La orden estará en vigor hasta las 00.00 horas del día 8 de enero de 2022, con posibilidad de ser prorrogada si la situación epidemiológica así lo aconseja. Cabe mencionar que el TSJA limitó la utilización del certificado COVID hasta este día en sus sentencias del pasado 3 de diciembre.

El pasaporte COVID se puede conseguir por tres motivos: pauta completa de vacunación; recuperación de la infección por SARS-CoV-2 hasta 180 días después del diagnóstico. o prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).

El pasaporte COVID es gratuito y se puede descargar en formato digital en la página web del Salud Informa, siendo necesaria la posesión de un método de autenticación seguro como certificado digital, cl@ve o Pin Salud para poder acceder a su solicitud y descarga. Estas claves deben obtenerse con anterioridad. El PIN puede tramitarse en los centros de Salud o en la propia SaludInforma.

Una vez introducidos los datos, se accede a una nueva pestaña donde aparecen tres opciones de certificado que se pueden consultar: de vacunación, de recuperación y de pruebas diagnósticas. Si se pincha en el primero de ellos, se descarga automáticamente un archivo de PDF que es el certificado. En la parte superior del documento se muestran los datos de la persona (nombre completo y fecha de nacimiento) junto a un código QR. A continuación se concretan los detalles de la vacunación: dos códigos que responden con el identificador del certificado y con su emisor. En la última parte se señala la información de la vacuna administrada, el tipo, la fecha de la pauta, el número de dosis, el fabricante y el estado miembro de la vacunación. La persona puede elegir si obtener el certificado en formato digital, en papel o ambos, incluyendo un código QR que servirá para su validación. De cara a llevarlo encima en todo momento, existe la posibilidad tanto de imprimir este documento como de guardarlo en dispositivos electrónicos, como los teléfonos móviles.

También se puede solicitar de forma presencial en los centros de salud, Servicios de Atención al Usuario de los hospitales y en los Servicios Territoriales de Sanidad, siendo necesaria la identificación de la persona solicitante.


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