Pasaporte COVID obligatorio en ocio nocturno, hostelería en celebraciones de más de diez personas, hospitales, residencias y grandes eventos

El TSJA ha suspendido de manera parcial el pasaporte COVID que no se exigirá en la hostelería, gimnasios, cines, teatros, espectáculos y similares. Repollés ya anunció que en el caso de que el TSJA tumbara la ampliación del pasaporte COVID "volverán las restricciones de movilidad, horarios y aforo".

Foto: Freepik

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TJSA) ha suspendido de manera parcial la orden del Gobierno de Aragón (SAN/1665/2021, de 10 de diciembre), que exige el uso del pasaporte COVID como "medidas específicas para el control de la pandemia". Lo ha hecho este viernes, 17 de diciembre, en un auto de medidas cautelares.

Así, no se exigirá el pasaporte COVID en la hostelería y restauración, gimnasios, cines, teatros, auditorios, espectáculos y similares, así como en espectáculos públicos, actividades recreativas o de ocio, realizadas en espacios cerrados, en los que esté permitido el consumo de comida o bebida.

Y se pedirá el pasaporte COVID en el ocio nocturno -salas de fiestas, discotecas, pubs, salas de baile, salas de conciertos-; en la hostelería y restauración en las celebraciones de más de diez personas; en los salones de juego; en los centros hospitalarios, residencias y centros de servicios sociales especializados para las visitas a personas enfermas ingresadas y residentes; y en grandes eventos de "cualquier naturaleza" con más de 500 asistentes en espacios cerrados y mil en abierto.

"Volverán las restricciones de movilidad y aforo"

Ahora habrá que ver como reacciona el Gobierno de Aragón. A este respecto, la consejera de Sanidad, Sira Repollés, ya anunció este jueves que en el caso de que el TSJA tumbara la ampliación del pasaporte COVID "volverán las restricciones de movilidad, horarios y aforo", comenzando "por las zonas con mayor incidencia", que en estos momentos son las ciudades de Chaca y Uesca.

"Si el TSJA no avala el pasaporte Covid", además de la "impotencia" que supone "que medidas que se han demostrado eficaces y que son muy adecuadas para controlar la pandemia" no se puedan poner en funcionamiento, "nos veríamos obligados a establecer otras para una contención de la transmisión, que está siendo muy importante en estas fechas", advirtió la titular de Sanidad.

Asimismo, Repollés incidió en la necesidad de "continuar con las medidas de protección", como el uso de la mascarilla y mantener la distancia de seguridad. "Estamos preocupados, los contagios se están multiplicando día a día y tenemos que incidir en que la responsabilidad individual", dijo. En el caso de las reuniones sociales, apuntó que "cuanto menor interrelación social haya, menor será la transmisibilidad". Por eso, pidió "sensatez" para celebrar las fiestas de Navidad.

La decisión del TSJA llega tras tres días consecutivos con más de un millar de contagios en Aragón, con una incidencia de 469 casos de COVID-19 por 100.000 habitantes a siete días y con la ocupación en UCI al 16,8%.

¿Cómo conseguir el pasaporte COVID?

El pasaporte COVID se puede conseguir por tres motivos: pauta completa de vacunación; recuperación de la infección por SARS-CoV-2 hasta 180 días después del diagnóstico. o prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).

El pasaporte COVID es gratuito y se puede descargar en formato digital en la página web del Salud Informa, siendo necesaria la posesión de un método de autenticación seguro como certificado digital, cl@ve o Pin Salud para poder acceder a su solicitud y descarga. Estas claves deben obtenerse con anterioridad. El PIN puede tramitarse en los centros de Salud o en la propia SaludInforma.

Una vez introducidos los datos, se accede a una nueva pestaña donde aparecen tres opciones de certificado que se pueden consultar: de vacunación, de recuperación y de pruebas diagnósticas. Si se pincha en el primero de ellos, se descarga automáticamente un archivo de PDF que es el certificado. En la parte superior del documento se muestran los datos de la persona (nombre completo y fecha de nacimiento) junto a un código QR. A continuación se concretan los detalles de la vacunación: dos códigos que responden con el identificador del certificado y con su emisor. En la última parte se señala la información de la vacuna administrada, el tipo, la fecha de la pauta, el número de dosis, el fabricante y el estado miembro de la vacunación. La persona puede elegir si obtener el certificado en formato digital, en papel o ambos, incluyendo un código QR que servirá para su validación. De cara a llevarlo encima en todo momento, existe la posibilidad tanto de imprimir este documento como de guardarlo en dispositivos electrónicos, como los teléfonos móviles.

También se puede solicitar de forma presencial en los centros de salud, Servicios de Atención al Usuario de los hospitales y en los Servicios Territoriales de Sanidad, siendo necesaria la identificación de la persona solicitante.


📌 Especial COVID-19 en AraInfo

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