El TS rebaja las penas de los condenados por expoliar más de 5.000 restos arqueológicos celtíberos de Aragón y Soria

Los acusados fueron detenidos durante la operación "Helmet" en la que interceptaron 18 cascos celtíberos que iban a ser vendidos a unos compradores alemanes. Para Apudepa esta reducción de pena es "lamentable" y recuerdan que todavía queda por resolver otros expolios como el de la cueva de Chaves.

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Uno de los siete cascos celtíberos expoliados del yacimiento zaragozano de Aranda de Moncayo que París envió al Estado español. Foto: Delegación Permanente de España ante la UNESCO.

La Sala II del Tribunal Supremo ha condenado a 3 años de cárcel a Ricardo Bienvenido G.P., que expolió durante años un yacimiento celtíbero en Aranda de Moncayo, como autor de un delito continuado de daños materiales intencionados sobre yacimiento arqueológico terrestre en concurso medial con un delito continuado de hurto. Además, condena a un segundo acusado, Mariano Florentino O.M., que se considera probado que recibió varias de las piezas expoliadas por el primero, a 1 año y 9 meses de cárcel por delito de receptación. Esta sentencia ha sido valorado como “lamentable” desde la asociación patrimonialista Apudepa dado que “las penas para los delincuentes han quedado muy rebajadas”.

Un resultado que han reconocido “no llegamos a entender” porque “beneficia beneficia a que los expoliadores se confíen y sigan en sus prácticas ilegales habituales porque es una evidencia que si hay pocas consecuencias se arriesgan, les vale la pena, los compensa, puesto que tienen casi asegurado pingües beneficios y no entrar en cárcel, hagan las barbaridades que hagan contra la cultura”.

El caso salió a luz después de que la Guardia Civil detuviera a los condenados después de comprobar que estaban vinculados con la exportación ilegal de cascos de bronce de diferentes épocas. La denominada “operación Helmet”, casco en inglés, concluyó que los condenados expoliaron cerca de 5.000 piezas arqueológicas de valor incalculable entre Aragón y Soria. La pista llegó hasta ellos después de interceptar la venta de 18 cascos celtíberos únicos.

Ricardo G.P. admitió que en los años 70 adquirió unos terrenos en los que existía un yacimiento arqueológico, aunque lo desconocía. Su tiempo, como decía, lo dedicaba a buscar monedas y medallas con un detector de metales, pero no cascos celtíberos.

Lo hacía tanto en fincas propias como ajenas aunque no comunicaba a los propietarios y propietarias sus hallazgos. Según aseguraron en el juicio no mantenía ninguna relación con Mariano el otro condenado, aunque la Guardia Civil lo pone en duda, porque afirman este llegó a regentar una tienda en la que Ricardo compró detectores de metales. En cuanto a su colección, aseguraba que era completamente legal.

El tribunal estima parcialmente los recursos de los dos acusados y les absuelve del delito de blanqueo de capitales del que fueron encontrados culpables por la Audiencia de Zaragoza. El Supremo destaca que no existe blanqueo si la acción no está presidida por la intención de ocultar la ilícita procedencia de los bienes, y en este caso no se describe en los hechos probados una conducta de enmascaramiento o revestimiento ficticio para ocultar un origen ilícito. En el caso del segundo acusados, los hechos pasan entonces a ser calificados como delito de receptación, mientras que el primero es absuelto sin más del blanqueo porque la auto-receptación es atípica penalmente.

En relación al delito de daños en yacimiento arqueológico, en concurso medial con hurto, que se confirman para el primer acusado, la Sala destaca que no es necesaria una previa declaración o catalogación administrativa de las piezas sustraídas, porque ese elemento valorativo es apreciable por la jurisdicción penal sin estar vinculado por las declaraciones o catalogaciones realizadas en vía administrativa.

Desde Apudepa, lamentan la rebaja de penas y consideran que el yacimiento celtíbero de Aranda de Moncayo, procediente de la antigua ciudad celtíbera Aratikos, es “extraordinario en cuanto a materiales arqueológicos”. Además, aseguran que no se han tenido en cuenta los “innumerables años continuos de expolio, ni el tráfico ilícito hacía el extranjero, ni la alarma internacional que se género con estas extraordinarias piezas de los cascos celtíberos, ni la indignación social en Aragón cuando se conoció en profundidad los hechos”.

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Yacimiento del Calvario próximo al de Aranda de Moncayo. Foto: Turismo Calatayud.

“Aquí algo falla, la legislación en cuanto a las penas o los jueces que no calibran bien los ordinarios datos de conocimiento que pueden aportar la arqueología científica”, y recuerdan que este “no es un caso resuelto”.

“Respecto a la cueva de Chaves, en el coto de Bastaras de Uesca, estamos esperando también al nuevo recurso que APUDEPA ha presentado ante el juez correspondiente para que se apliquen al propietario de la cueva, Victorino Alonso, las penas contempladas por ley”. Por una orden inapropiada Alonso “se cargó” muchos restos materiales y el conocimiento científico de varios siglos en el quinto milenio antes de Cristo.

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