Dicha sentencia reitera una vez más lo repetido por sentencias previas del mismo TJUE, indicando que los procesos selectivos de carácter abierto no son sanción válida por su incertidumbre, como tampoco lo es la indemnización de 20 días por año con un tope de 12 mensualidades por ser claramente insuficiente, además de ir ligada al cese. De esta forma, la Ley 20/2021 pierde la vigencia que el Gobierno en su día pretendió darle y que tan solo sirvió "como cortina de humo para la recepción de fondos europeos", añaden desde FETAP-CGT.
La federación sindical de CGT en las administraciones públicas sostiene que "además, tal y como ocurrió con la sentencia del 22 de febrero de 2024, hace un llamamiento al no cumplimiento a toda la judicatura con respecto a la jurisprudencia del Tribunal Supremo para la defensa de la efectividad del acuerdo marco, remarcando que, si fuese necesario, se debería modificar dicha jurisprudencia e incluso los preceptos constitucionales que lo impidan. También indica que, ante la ausencia de medidas que disuadan y resarzan del abuso en el ordenamiento interno, la fijeza debería ser una solución válida".
Solamente unos instantes después de hacerse pública la sentencia, el ministro Escrivá ha realizado declaraciones defendiendo el éxito de los procesos de estabilización que "están dejando en la calle a muchas más empleadas de las que está estabilizando", lamentan desde FETAP-CGT. Según denuncia la federación, el ministro ha sostenido que la sentencia "no es aplicable, la ignora, y que hasta que no responda el TJUE a las prejudiciales del Tribunal Supremo, su política será la inacción, sumiendo en el caos y la inseguridad jurídica a más de un millón de empleadas cuando debería legislar para transponer al ordenamiento interno la Directiva 1999/70/CE. Aunque sea con 25 años de retraso".
Para la federación sindical, el tribual europeo "vuelve a dar la solución a la que se hacía referencia en las prejudiciales que han dado a luz a esta sentencia, a la que se alude en el punto 112" y por lo que el TJUE sentencia lo siguiente: “A falta de medidas adecuadas en el Derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar, conforme a la cláusula cinco, los abusos derivados de la utilización de sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada, la conversión de esos sucesivos contratos o relaciones de empleo de duración determinada en contratos o relaciones de empleo por tiempo indefinido puede constituir tal medida, siempre que esa conversión no implique una interpretación contra legem del Derecho nacional”.
En vista del desarrollo de los acontecimientos a la hora de abordar la cuestión del abuso de temporalidad por parte del Estado español, FETAP-CGT piensa que la solución definitiva vendrá determinada "por la activación de la infracción abierta contra el estado español en 2013, por el incumplimiento reiterado y la falta de transposición del acuerdo marco, por parte de la Comisión Europea y las consiguientes multas coercitivas".
Foto de debate sobre la jurisprudencia del TJUE
FETAP-CGT ha organizado este martes 18 de junio, a las 16.30, en la sede del Parlamento Europeo situado en el Paseo de la Castellana 46 de Madrid, un foro de debate para el análisis de las repercusiones de la reciente sentencia. En el evento las personas asistentes "tendrán la oportunidad de que les expliquen su parecer representantes de la propia Comisión Europea, del TJUE, Eurodiputados o el juez jubilado autor de las prejudiciales, Federico Vidal Grases, entre otros y otras juristas de reputado prestigio", explican desde el sindicato.
Desde FETAP-CGT tienen "muy claro, pues así lo repite continuamente el TJUE en su jurisprudencia y en varias ocasiones en esta misma sentencia, que la solución pasa por dotar de carácter indefinido a todas las afectadas ante la ausencia de medidas sancionadoras y resarcitorias en nuestro ordenamiento interno. Para ello el gobierno debe legislar para acabar con tanta inseguridad jurídica y tanto sufrimiento innecesario por parte de las víctimas que a su vez revierte en la ciudadanía dañando cuantitativa y cualitativamente la calidad de los servicios públicos".



