Unión en defensa del territorio frente a Mina Muga tras la admisión de recursos en el Supremo

Ecologistas en Acción, Sustrai Erakuntza y la Plataforma Val d'Onsella y El Perdón defienden que la lucha por el territorio y el medioambiente siguen vigentes y recuerdan, tras la admisión de recursos en el Tribunal Supremo, que el proyecto minero mantiene anulaciones judiciales y permisos pendientes de resolución

02 junio, 2026. 11:21
Imagen aérea de lo que la empresa supone que será la factoría de Mina Muga | Fuente: Ayuntamiento de Zangoza

Las organizaciones Ecologistas en Acción, la Plataforma Val d'Onsella y El Perdón y la Fundación Sustrai Erakuntza han reafirmado su unidad en la defensa del territorio frente al proyecto minero Mina Muga después de que el Tribunal Supremo haya admitido a trámite los recursos de casación presentados por los gobiernos de Aragón, Nafarroa y del Estado español, así como por la empresa Geoalcali, contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa (TSJN) que anuló autorizaciones fundamentales para el desarrollo de la explotación.

En un comunicado conjunto, los colectivos subrayan que continuarán trabajando “en la necesaria e imprescindible lucha y defensa del territorio y medioambiente de nuestra tierra, frente a este proyecto especulativo del extractivismo minero vinculado a intereses ajenos a Nafarroa y Aragón”, al tiempo que llaman a evitar interpretaciones interesadas sobre el alcance real de la decisión del Alto Tribunal.

La controversia se remonta a la sentencia dictada por la Sala de lo contencioso-administrativo del TSJN el 30 de septiembre de 2024. Aquella resolución estimó el recurso presentado por las organizaciones sociales y ecologistas y anuló la Orden Foral 124E/2022 del consejero de Desarrollo Económico y Empresarial de Nafarroa, así como la Resolución 56/2021 de la Dirección General de Industria, Energía y Proyectos Estratégicos S3, al considerarlas contrarias al ordenamiento jurídico.

Ahora, el Tribunal Supremo ha decidido admitir a trámite los recursos presentados contra aquella sentencia. Sin embargo, las entidades firmantes recalcan que esta decisión no supone una validación del proyecto minero ni una revocación de la resolución favorable obtenida en Nafarroa, sino únicamente la apertura del procedimiento para estudiar determinadas cuestiones jurídicas.

Así, y según explican las entidades, el Tribunal Supremo aprecia interés casacional objetivo en dos aspectos concretos. El primero se refiere al alcance de la acción popular en materia medioambiental contemplada en la Ley 27/2006, que regula los derechos de acceso a la información, participación pública y acceso a la justicia en cuestiones ambientales. En concreto, el Alto Tribunal analizará si las organizaciones que ejercen esta acción pueden plantear en un recurso contencioso-administrativo motivos de impugnación que no se limiten exclusivamente a infracciones de normas medioambientales.

La segunda cuestión afecta al reparto competencial entre administraciones. El Supremo estudiará si una ‘comunidad autónoma’ puede otorgar una concesión de explotación minera derivada de un permiso de investigación situado en su territorio cuando la explotación forma parte de un proyecto único que se extiende por más de una ‘comunidad autónoma’, así como el régimen de competencias aplicable en esos casos.

Los recurrentes —los gobiernos de Aragón, Nafarroa y del Estado español, y la empresa Geoalcali— disponen ahora de un plazo de 30 días desde la notificación del auto para formalizar sus respectivos recursos de casación.

Los colectivos rechazan interpretaciones triunfalistas

Las organizaciones consideran necesario aclarar el alcance de esta admisión a trámite para evitar “malos entendidos o interpretaciones interesadas” vinculadas, afirman, a intereses económicos privados y especulativos. En este sentido, señalan que algunas informaciones aparecidas en medios de comunicación han trasladado una imagen distorsionada de la situación judicial del proyecto.

A juicio de las entidades, los dos asuntos admitidos a trámite por el Supremo son relevantes, pero no resuelven ni ocultan las numerosas carencias administrativas y medioambientales que siguen afectando a Mina Muga.

Los colectivos recuerdan que varias autorizaciones necesarias para la explotación no están vigentes o continúan inmersas en procedimientos judiciales. Entre ellas destacan la anulación de la licencia de la bocamina proyectada en Undués de Lerda y de la autorización urbanística necesaria para la licencia de la planta industrial prevista en Zangoza.

Asimismo, anuncian que ya han solicitado la anulación de la licencia de actividad y de obras de la fábrica asociada al proyecto. También recuerdan que permanece paralizado el proceso para ocupar montes catalogados de utilidad pública afectados por esta iniciativa del capitalismo extractivo.

Pendientes de la Declaración de Impacto Ambiental

Otro de los aspectos destacados por las organizaciones es la situación de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), una de las piezas clave para el futuro de Mina Muga.

Los colectivos explican que el Tribunal Superior de Justicia de Nafarroa no se pronunció sobre esta cuestión porque se trata de una resolución emitida por el Ministerio y, por tanto, su revisión corresponde al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

En consecuencia, sostienen que el procedimiento actualmente abierto en el Supremo se encuentra todavía en una fase preliminar y que, incluso en el supuesto de que los recursos de casación prosperasen, seguirían pendientes de resolución cuestiones de fondo determinantes para la viabilidad del proyecto.

Entre ellas citan expresamente la propia Declaración de Impacto Ambiental y otros procedimientos administrativos y medioambientales que continúan recurridos ante los tribunales.

“La defensa del territorio continúa”

Ante este escenario, Ecologistas en Acción, la Plataforma Val d'Onsella y El Perdón y la Fundación Sustrai Erakuntza reiteran que mantendrán la coordinación y el trabajo conjunto desarrollado durante los últimos años frente a Mina Muga.

Las organizaciones consideran que el proyecto responde a una lógica de extractivismo minero orientada a intereses externos y sostienen que la protección del territorio, los recursos naturales y el medioambiente debe seguir siendo una prioridad para las poblaciones afectadas tanto en Aragón como en Nafarroa.

Por ello, concluyen que la admisión a trámite de los recursos no modifica el escenario de fondo ni las numerosas controversias jurídicas y ambientales que siguen abiertas en torno a una explotación minera que continúa encontrando una firme oposición social a ambos lados de la raya entre Aragón y Nafarroa.

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