Una jueza de Madrid archiva "por prescripción" la única querella activa por torturas de la policía política franquista

La jueza pone fin al proceso penal interpuesto por Julio Pacheco Yepes, al que tomó declaración en septiembre de 2023, tras haber sido torturado en agosto de 1975. Fue la primera vez que víctimas del franquismo declaraban en los juzgados españoles. "La Ley de Memoria de 2022 sigue siendo insuficiente para acabar con la impunidad de los crímenes del franquismo. Todas las querellas presentadas con posterioridad a la entrada en vigor de esta norma han sido inadmitidas y/o archivadas", ha denunciado CeAQUA anunciando que las entidades memorialistas y de derechos humanos seguirán luchando "por romper el muro de impunidad".

Julio Pacheco Yepes y Rosa García Alcón | Foto: CeAQUA

La jueza titular del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, Ana María Iguácel, ha puesto fin al proceso penal interpuesto por el militante antifranquista Julio Pacheco Yepes. Pacheco fue torturado en agosto de 1975 en la Dirección General de Seguridad (DGS) por el comisario José Manuel Villarejo y los policías José María González Reglero, Álvaro Valdemoro y José Luis Montero, todos ellos destinados en los años 70 en la Brigada de Investigación Social (BIC), la policía política de Franco.

El 12 de mayo de 2023, la jueza admitía a trámite la querella criminal presentada por Julio Pacheco en la que denunciaba las torturas sufridas, en un contexto de crímenes contra la humanidad. Meses más tarde, el 15 de septiembre, tomaba declaración al propio querellante y a una testigo, Rosa María García Alcón, siendo un hecho de gran excepcionalidad al ser la primera vez que víctimas del franquismo declaraban en los juzgados españoles.

Tras seis intensos años de lucha en los juzgados españoles y más 100 querellas criminales presentadas por CeAQUA (Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina) denunciando crímenes contra la humanidad cometidos por la dictadura franquista, la de Julio Pacheco fue la única en la que después de ser admitida a trámite, se citó a los querellados en calidad de investigados y se tomó declaración.

Ahora, un año después, la misma jueza ha procedido al archivo de la causa "por prescripción" de los hechos delictivos, "atendiendo al contenido del auto 57/2024 dictado por el Pleno del Tribunal Constitucional", explica CeAQUA en una nota de prensa junto a Amnistía Internacional, el Centro para la Defensa de los Derechos Humanos – Iridia y el Centro Sira - Atención a Víctimas de Malos Tratos y Tortura. En ese auto, "se cerraba la vía judicial en los juzgados españoles de otra querella por delitos de tortura durante la dictadura franquista, presentada por Francisco Ventura Losada".

En el auto que ha provocado el archivo de la causa de Julio Pacheco, el Tribunal Constitucional considera que la vigente Ley de Memoria Democrática "no sustituye a dicho tribunal en la interpretación de los derechos fundamentales" y que su articulado "es insuficiente" y "no habilita para investigar los crímenes franquistas".

"En definitiva, el Tribunal Constitucional considera que el contenido del artículo 2.3 de la Ley de Memoria Democrática, en cuanto establece que 'Todas las leyes del Estado español, incluida la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de amnistía, se interpretarán y aplicarán de conformidad con el Derecho internacional convencional y consuetudinario y, en particular, con el Derecho Internacional Humanitario, según el cual los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura tienen la consideración de imprescriptibles y no amnistiables', no es suficiente para que las normas de Derecho internacional penal se conviertan en fuente directa o indirecta del Derecho penal para investigar y juzgar hechos que no estaban tipificados en la ley penal estatal entonces vigente", remarca CeAQUA en la nota conjunta.

"La Ley de Memoria Democrática aprobada en el año 2022 sigue siendo insuficiente para acabar con la impunidad de los crímenes del franquismo"

Ante esta situación, CeAQUA, Amnistía Internacional, Iridia y Sira manifiestan su "más absoluta disconformidad" y "absoluto rechazo" al contenido del auto dictado por el Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, que "basándose en el contenido del auto del Tribunal Constitucional 57/2024, consolida un modelo de impunidad inadmisible en un Estado de derecho y socava e infringe, una vez más, los derechos más elementales que asisten a aquellas personas que sufrieron crímenes franquistas". Del mismo modo, avanzan que han procedido a interponer el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.

"En todo caso, es indudable que con el contenido de dichos autos resulta más necesario que nunca que tanto el poder ejecutivo como el legislativo se pongan de inmediato manos a la obra para impulsar todas aquellas medidas legislativas adecuadas para revertir la impunidad de los crímenes franquistas, habiendo quedado de manifiesto la insuficiencia a estos efectos de la Ley de Memoria Democrática aprobada en el año 2022. Con el archivo de la causa instada por Julio Pacheco, todas las querellas presentadas con posterioridad a la entrada en vigor de dicha norma han sido inadmitidas y/o archivadas", añaden en la nota.

Para CeAQUA, Amnistía Internacional, Iridia y Sira "la responsabilidad en cuanto al mantenimiento de este marco de impunidad es compartida por los tres poderes del Estado y de nada sirve poner el foco, única y exclusivamente, en el poder judicial". "En estos momentos en los que en el Estado español se están impulsando iniciativas autonómicas que recortan los derechos efectivos a las víctimas de crímenes franquistas, es necesario dar una respuesta contundente en forma de impulso y aprobación de medidas legislativas que habiliten la investigación penal de estos crímenes", subrayan.

En este sentido, recuerdan de nuevo que, para ello, entre otras, resulta "imprescindible" la "derogación/modificación de la Ley de Amnistía para que los crímenes internacionales no puedan ser amnistiados"; la introducción en el Código Penal estatal del principio de legalidad "desde una perspectiva del Derecho Internacional garantizando que los crímenes internacionales cometidos en el Estado español antes de su tipificación en la normativa interna puedan ser investigados y enjuiciados" y la reforma del Código Penal, entre otros aspectos, "de las definiciones de tortura y desaparición forzada desde una perspectiva del Derecho Internacional".

Estas dos medidas legislativas, impulsadas en su momento por CeAQUA, fueron rechazadas por el poder legislativo por una amplia mayoría, con los votos de PSOE, PP, Vox y Ciudadanos. "Hoy, más que nunca, resulta necesario retomarlas para proceder a su aprobación", advierten.

Por último, CEAQUA, Amnistía Internacional, Iridia y Sira anuncian que las entidades memorialistas y de derechos humanos seguirán trabajando y luchando "por romper el muro de impunidad". "Continuaremos exigiendo justicia penal e impugnaremos en todas las instancias que correspondan las resoluciones judiciales dictadas por los Juzgados y Tribunales del Estado español", concluye la nota.