En la sentencia de fecha 14 de octubre de 2025 se estiman tres de las demandas interpuestas por SOS Ribagorza “y en consecuencia se declara nula la aprobación del proyecto”. El juez en su auto se apoya en dos consideraciones fundamentales: “Las lagunas al respecto de la seguridad de la propia telecabina, y la viabilidad económica del proyecto”.
Por un lado, el magistrado considera “que la construcción de la estación de salida de la telecabina, así como sus instalaciones anexas y el aparcamiento en zona inundable de flujo preferente es contrario a las prescripciones del Reglamento de Dominio Público Hidráulico, que prohíbe la construcción de este tipo de infraestructuras en este tipo de zonas inundables”, subrayan desde SOS Ribagorza.
Además, el juez considera que “los estudios geotécnicos son insuficientes”, ya que el proyecto “ha sido aprobado sin el conocimiento directo de las características geológicas y de resistencia de los lugares de apoyo concretos de las ocho pilonas, de las 14 de que consta el proyecto de telecabina”, detallan.
Por último, en referencia al aspecto económico del proyecto, la justicia dictamina que “la ausencia de un estudio de viabilidad económico-financiero con carácter previo a la decisión de construir, también es motivo de falta, y que esta condición no puede ser subsanada con la presentación de dicho estudio una vez la obra ya esté ejecutada, como alega el Ayuntamiento de Benasque/Benás, ya que en esa situación dicho estudio tendría la utilidad de una curiosidad”, desglosan desde SOS Ribagorza.

Una lucha desigual
La asociación SOS Ribagorza recuerda que desde el inicio del proceso de construcción de la telecabina “se han presentado alegaciones para que estas ilegalidades que ahora valida el juez no se cometieran”. “Tanto el alcalde, que presentó 28 alegaciones al proyecto cuando estaba en la oposición, como el presidente Azcón yendo a tratar de avalar el proyecto, más que a poner la primera piedra, han banalizado los graves riesgos, sobre todo de inundación, que se dan en esta instalación a pesar de lo sucedido en Valencia en fechas próximas o en Biescas en Aragón anteriormente”, enfatiza la entidad.
“Ha sido una lucha desigual, en dónde las distintas administraciones han desoído argumentos sólidos esgrimidos y han ido dando, aunque con muchas prescripciones de difícil cumplimiento, el apto a los permisos necesarios. Y donde por su parte, el ayuntamiento de Benás, por intereses ajenos al vecindario, y mediante una política de hechos consumados, ha ido metiendo en un callejón sin salida al municipio”, aseveran.
Así pues, SOS Ribagorza alaba “la constancia, ayuda económica y apoyo de vecinos y personas respetuosas con el medio ambiente que, confiando en la justicia, han trabajado de forma coordinada para conseguir que se haga cumplir la ley tal como ha dictaminado el magistrado David Sanpedro Ibañéz”. También agradece “la profesionalidad y el interés del abogado Ignacio Pemán Gavín que desde un primer momento se interesó por la causa”.

Ejecución provisional de la sentencia
No obstante, la asociación también se muestra “cautelosa”, ya que la sentencia no es firme y cabe recurso de apelación, el cual no dudan que será interpuesto. Por ese motivo, indican que van a solicitar “la ejecución provisional de la sentencia”, lo que implicaría la paralización de las obras que se están llevando a cabo en la actualidad “hasta que se disponga de una sentencia firme”. También se está trabajando en recopilar todos los datos e indicios “para una denuncia penal ante la fiscalía que determine las responsabilidades de las personas implicadas de las distintas administraciones que han permitido los incumplimientos”. “Deben ser los responsables implicados los que asuman los gastos que conlleven las sanciones y reconstrucciones de la naturaleza que sean necesarias y no por el conjunto de la ciudadanía de forma indirecta”, subrayan.
Por otro lado, desde SOS Ribagorza indican que “la subvención europea para este proyecto es un fraude y va a tener que devolverse con intereses, por incumplir las condiciones esenciales por las que se le concedieron los fondos Next Generation al vulnerar los principios DNSH (Do No Significant Harm) de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente”.
También que “el proyecto definitivo incumple la adjudicación de la subvención otorgada por el Ministerio de Industria y Turismo en los planes de sostenibilidad turística en destino por no cumplir sus fines, fundamentalmente ser un transporte púbico verde entre Benás y Sarllé, al diseñarse un transporte de turistas de temporada entre Benasque y la estación de esquí, y, no cumplir con los cuatro ejes necesarios para su aprobación”. En este sentido, están a la espera de recibir “resolución sobre la denuncia presentada en el Ministerio y la DGA”.
Por último, recuerdan que el proyecto “se está ejecutando a toda prisa estando denunciado por el Seprona ante la fiscalía, por el incumplimiento de la Declaración de Impacto Ambiental de forma reiterada por parte de la empresa constructora ligada a Leitener con el beneplácito del ayuntamiento que es promotor y vigilante de la obra a la vez”. Asimismo, reiteran que “también la CHE ha iniciado un expediente sancionador por los destrozos en el Ésera a su paso por Benás en la actuación que se está llevando a cabo en el río en relación a la obra de la telecabina, al parecer, permitidos por el director de obra que es un funcionario del Instituto Aragonés del Agua y por el Ayuntamiento como promotor”, concluyen.

