El abogado defensor de Rodolfo Martín Villa presentó el pasado 12 de julio de 2024 ante el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de la República Argentina un escrito solicitando la extinción de la acción penal por prescripción y/o insubsistencia de la acción, así como el sobreseimiento de la causa respecto a su defendido, al considerarse inocente de los crímenes imputados y no haber sido juzgado en un plazo razonable.
Con este escrito, el letrado de Martín Villa pretendía que la causa fuera archivada por prescripción de los delitos que son objeto de investigación y que, en cualquier caso, se decretara el sobreseimiento de su defendido, de forma que se le exculpara de los hechos y crímenes por los que está imputado. Durante el pasado mes de agosto, tanto el Fiscal que actúa en la causa, como las diferentes acusaciones personadas en dicho proceso, entre ellas la que representa al conjunto de la Coordinadora Estatal de Apoyo a la Querella Argentina (CEAQUA), presentaron los correspondientes escritos oponiéndose a lo solicitado por la defensa de Martín Villa.
En base a todo ello, el Juzgado Criminal y Correccional Federal 1 de la República Argentina, a cargo de la jueza María Servini de Cubría, que tramita la conocida como “querella argentina”, ha dictado resolución con fecha 13 de septiembre de 2024, rechazando la petición de la defensa de Martín Villa ya que los hechos que se le imputan pueden constituir crímenes contra la humanidad y por tanto son imprescriptibles. Además Servini señala en su decisión que en ningún momento se ha violado el derecho que asiste a Martín Villa a ser juzgado en un plazo razonable, atendiendo a la complejidad del asunto, la cantidad de partes procesales, la actividad procesal y judicial propiamente dicha que continúa en fase de investigación con multitud de pruebas practicadas y pendientes de practicarse.
Martín Villa detrás de doce asesinatos de carácter político
Con estos dos argumentos, el Juzgado rechaza lo pretendido por Martín Villa reafirmando su imputación por doce homicidios agravados -asesinatos- en un contexto de crímenes contra la humanidad durante el período comprendido entre 1976 y 1978 en los que estuvo a cargo del Ministerio de Relaciones Sindicales, Ministerio de la Gobernación y Ministerio del Interior durante la Transición.
Entre los asesinatos, en los que se le imputa una responsabilidad última, esta la masacre del 3 de Marzo de 1976 sucedida en Vitoria-Gasteiz, siendo ministro de Relaciones Sindicales. En la salvaje represión contra el movimiento obrero de la ciudad vasca fallecieron Pedro Martínez Ocio, Romualdo Barroso, Francisco Aznar Clemente, José Castillo García y Bienvenido Pereda Moral.
También se le imputan los asesinatos de Rafael Gómez Jáuregui, el 12 de mayo de 1977 en Errenteria; de José Luis Cano Pérez, el 14 de mayo de 1977 en Iruñea; de Francisco Javier Núñez, el 15 de mayo de 1977 en Bilbo; de José María Zabala Erasun, el 8 de septiembre de 1976 en Hondarribia: de María Norma Menchaca, el 9 de julio de 1976 en Santurce; y de Arturo Ruiz García, el 23 de enero de 1977 en Madrid. Estos últimos asesinatos políticos sucedieron cuando Martín Villa era ministro de la Gobernación e Interior.
Por último, también se considera su responsabilidad en el asesinato de Germán Rodríguez, el 8 de julio de 1978 en Iruñea, cuando Martín Villa era ministro del Interior.
Contraste con la impunidad judicial en el Estado español
La resolución de los Juzgados argentinos contrasta enormemente con las resoluciones judiciales dictadas por los tribunales del Estado español que continúan negando la posibilidad de investigar judicialmente los crímenes franquistas.
El equipo jurídico de CEAQUA, atendiendo a las múltiples pruebas incorporadas a la causa argentina, solicitará que Martín Villa sea nuevamente procesado por los crímenes por los que está actualmente imputado.





