Pastor y Valero se enfrentan a multas de hasta 150.000€ por sus ofensas a las víctimas del franquismo

Los dos altos cargos del gobierno de coalición PP-Vox-Par, liderado por Jorge Azcón, han incumplido la Ley de Memoria Democrática de Aragón, quizá por eso su intención de derogarla. También incumplen la Ley estatal de Memoria, por lo que la Secretaría de Estado ya ha anunciado la “apertura de expediente sancionador”.

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Foto: Corz d'Aragón

La polémica social causada por la exaltación del terror franquista de dos altos cargos del gobierno de coalición PP-Vox-Par, liderado por Jorge Azcón, ha conseguido un amplio consenso social y político exigiendo el cese inmediato tanto de la directora general de Justicia, Esmeralda Pastor, como del director general de Caza y Pesca, Jorge Valero, del Gobierno de Aragón.

Mientras el presidente de la DGA, Jorge Azcón, guarda silencio por estos nombramientos, la sociedad aragonesa exige “dignidad, reparación y justicia” para todas las víctimas del terror franquista, tal y como indica la vigente Ley de Memoria Democrática de Aragón.

En su artículo 31, Ley de Memoria Democrática de Aragón, establece los elementos contrarios a la memoria democrática: “1. Se considera contraria a la memoria democrática de Aragón y a la dignidad de las víctimas la exhibición pública de elementos o menciones realizados en conmemoración, exaltación o enaltecimiento individual o colectivo del golpe de Estado de 1936 y del franquismo, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, b) Alusiones que desmerezcan a la legalidad republicana y a sus defensores. c) Alusiones a los participantes, instigadores o legitimadores de la sublevación militar de 1936 y de la dictadura franquista”.

En su artículo 33, establece que el “Incumplimiento de la obligación de eliminar los elementos contrarios a la memoria democrática. 3. Asimismo, las administraciones públicas de Aragón, en el marco de sus competencias, no concederán subvenciones ni ayudas públicas ni permitirán la ocupación por cualquier título de bienes o espacios públicos a las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que persigan la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del golpe de Estado o del franquismo, u homenaje o concesión de distinciones a las personas físicas o jurídicas que apoyaron el golpe de Estado y la dictadura”.

Y, en su artículo 46, el relativo al Infracciones, establece que “h) Utilizar o emitir expresiones ofensivas, vejatorias o atentatorias contra la dignidad de las víctimas de la guerra civil o de la dictadura franquista en cualquier medio de comunicación, en discursos o intervenciones públicas o en plataformas digitales, cuando estas conductas no puedan ser tipificadas como delito de incitación al odio”. Lo que implica “para infracciones muy graves: multa de 10.001 a 150.000 euros”, teniendo en cuenta “La reincidencia. c) La trascendencia social de los hechos a través del uso o difusión a través de las redes sociales o determinadas plataformas digitales”.

Así pues, con la ley vigente, los dos polémicos altos cargos designados por Jorge Azcón en su gobierno de coalición PP-Vox-Par, Esmeralda Pastor y Jorge Valero, se enfrentan a posibles sanciones “muy graves” con un importe económico que podría ascender hasta los 150.000 euros.

El Gobierno estatal abrirá “expediente sancionador” contra Pastor y Valero

La Secretaría de Estado de Memoria ya ha anunciado que iniciará el procedimiento de apertura de expediente sancionador “por vulnerar la Ley -estatal- de Memoria Democrática” a la nueva directora general de Justicia y al director general de Caza y Pesca “por compartir en redes fotos con la bandera preconstitucional u homenajes a Millán Astray”.

Desde el Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática afirman estar “muy vigilantes” y aseguran que actuarán “ante cualquier acto de enaltecimiento del franquismo, o ante cualquier conducta contraria a la ley: No vamos a pasar ni una”.

En base al artículo 62.1 de la Ley de Memoria estatal, aprobada en octubre de 2022, esta sanción puede acarrear, para una falta muy grave como podría ser esta, una multa de entre 10.001 y 150.000 euros, muy similar a la sanción de la Ley aragonesa.

En concreto, en su artículo 62 se refiere a la “falta de adopción de las medidas necesarias para impedir o poner fin a la realización, en espacios abiertos al público de actos de exaltación personal o colectiva, de la sublevación militar, de la Guerra o de la Dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial, cuando entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares”, incluyendo “actos, campañas de divulgación o publicidad” en “cualquier medio de comunicación pública” .

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