El decreto del presidente aragonés, Javier Lambán, por el que se disuelve la Cámara entra en vigor con su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA).
Este martes ha entrado en vigor, con su publicación en el Boletín Oficial de Aragón (BOA), el decreto firmado este lunes por el presidente aragonés, Javier Lambán, por el que quedan disueltas las Cortes de Aragón y se convocan las elecciones aragonesas para el 28 de mayo.
La gestión de todo el proceso para los comicios territoriales depende del Gobierno de Aragón, mientras que las elecciones municipales –que coinciden en fecha con las aragonesas– son competencia de la Administración del Estado.
En aplicación de lo establecido en el Estatuto de Autonomía –recién reformado para mantener un mínimo de 14 escaños por circunscripción–, el número de diputados y diputadas a elegir por cada circunscripción electoral se mantiene como hasta ahora en 18 por las comarcas del norte, 14 por las del sur y 35 por las centrales.
La campaña electoral, con una duración de 15 días, comenzará a las 0.00 horas del día 12 de mayo y finalizará a las 24.00 horas del día 26 de mayo. A su vez, la sesión constitutiva de las nueva Cámara Legislativa de Aragón se celebrará el día 23 de junio, a las 11.00 horas.
Actividad publicitaria
El decreto establece que, "con objeto de no influir en la intención de voto, la actividad publicitaria que desarrollen las Administraciones en Aragón no podrá realizarse en el período comprendido entre la convocatoria de las elecciones y el día de su celebración, a excepción de la estrictamente necesaria para el normal funcionamiento de los servicios administrativos que se establezcan en la normativa legal y para la salvaguarda del interés general". La excepción a esta disposición es la campaña institucional regulada en la Ley Electoral de Aragón conforme a los términos establecidos en la LOREG.
Como novedad, sobre Aragón recae también a partir de estos comicios la convocatoria y gestión de las elecciones municipales en las Alcaldías Pedáneas de las 43 entidades locales menores, en línea con el criterio marcado por la Junta Electoral Central. Así lo acordó el Consejo de Gobierno con un decreto aprobado el pasado 28 de marzo.
Este lunes, el presidente aragonés firmó también el decreto por el que se convocan elecciones a las Alcaldías Pedáneas de las entidades locales menores de Aragón.
Nueva web de las elecciones aragonesas
El Gobierno de Aragón pone a disposición del más de un millón de personas que viven en Aragón llamadas a las urnas el próximo 28 de mayo una página web específica sobre la convocatoria electoral: elecciones.aragon.es.
Entre los apartados que incluye el portal están la información electoral. Se puede consultar la normativa relacionada con todo el proceso, el calendario del mismo, así como información relativa a las Juntas Electorales, las formaciones políticas o las Mesas electorales. En el apartado ‘votar’ se puede consultar todo lo referente al dónde y cómo ejercer el voto, tanto de forma presencial como por correo, voto accesible, y otras formas de votación.
En ‘resultados’ además de consultar las votaciones que se den el próximo 28 de mayo a las Cortes de Aragón y a las entidades locales menores, se podrá acceder a los resultados de procesos anteriores. Por último, en ‘información útil’ se encuentran las preguntas frecuentes, enlaces y direcciones de interés o glosario.
AraInfo ha elaborado un especial en el que puedes encontrar todo lo publicado en relación con las elecciones aragonesas y municipales de este 2023.
Nueva web de las elecciones municipales
El Ministerio del Interior ha lanzado este martes, coincidiendo con la publicación en el Boletín Oficial del Estado del real decreto de convocatoria de las elecciones municipales y a las asambleas de Ceuta y Melilla, que se celebrarán también el domingo 28 de mayo, el logo oficial de los comicios así como la página web en la que se recoge información relevante para la ciudadanía sobre cómo ejercer el derecho al voto, el calendario electoral, o las distintas candidaturas que se presentan, entre otras cuestiones.
La web presenta un diseño que facilita una navegación amigable por los distintos contenidos que se integran en torno a cuatro grandes apartados: información general, formaciones políticas, personas que integran las mesas y accesibilidad.
La ciudadanía podrá resolver en este portal cualquier duda sobre las modalidades de voto presencial o por correo; sobre los horarios de apertura de los colegios; o sobre los documentos de identificación personal que se deberán presentar en las mesas electorales.
Un apartado importante es el dedicado a la accesibilidad con el objetivo de garantizar que toda persona pueda ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera. En este sentido, hay que recordar que la Administración debe velar por el respeto al derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad en el acceso a los locales y a las mesas electorales, y por su no discriminación.
La página web está disponible en castellano, catalán, gallego, euskera y valenciano y, como novedad este año, también en inglés con el objetivo de facilitar información a aquellas personas residentes hablantes de este idioma que tienen reconocido su derecho a participar en las elecciones locales.
De acuerdo al artículo 42.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, el real decreto que publicado este martes en el BOE convoca elecciones locales para cubrir los cargos de concejales de los municipios no sometidos a concejo abierto; las alcaldías de los municipios que, por tradición o en virtud de normativa territorial, tengan adoptado el régimen de concejo abierto, así como los consejeros de los cabildos insulares del archipiélago canario.

