El colaborador de AraInfo, Rubén Hervás ha acudido en la mañana de este martes a las puertas del conocido como “Hotel Sareb” en la calle Manifestación de la capital, para obtener imágenes fotográficas y videos del desalojo previamente anunciado del inmueble, y lo ha hecho en coordinación con AraInfo | Diario Libre d’Aragón para el posterior tratamiento y difusión de las imágenes y videos obtenidos dado el claro carácter noticioso del hecho, y como complemento de la crónica periodística elaborada por la plantilla profesional de AraInfo: "Salen por mis cojones". Así han desalojado el Hotel de la Sareb en Zaragoza, refugio de personas sin hogar durante el COVID-19.
Ya en el comienzo de la actuación jurídico-policial, varios integrantes del dispositivo policial se han dirigido directamente hacia el colaborador de AraInfo para que se identificará. Y así lo ha hecho, mostrando su DNI a los agentes. Tras esto los policías le han exigido que dejara de grabar con su móvil y de obtener fotografías con su cámara. Nuestro colaborador ha explicado a la policía que tomaba las imágenes como colaborador de AraInfo y en coordinación con este medio. Sin embargo la policía española ha decidido requisar su material y ha hecho entrega de un ‘recibo’ de ‘efectos intervenidos’.
Resulta curioso que el ‘recibo’ lo emita la Agencia Española de Protección de Datos, que describe según su propia versión los hechos como “captación de imágenes de personas sin recabar su correspondiente autorización con ocasión del desalojo solicitado y requerido para que cancele / suprima los datos que ha captado se niega en reiteradas ocasiones”, y anexa el listado de material intervenido.
De esta manera, y según confirma la Delegación del Gobierno del Estado español en Aragón, únicamente el colaborador de AraInfo ha sido identificado de entre los profesionales de la información que cubrían el hecho periodístico, y únicamente al colaborador de AraInfo se le ha requisado su material gráfico. "Se le ha levantado acta con relación a la Ley de Protección de Datos de carácter personal", han indicado a AraInfo desde la Delegación española.
Nos permitimos resaltar que el derecho a la información se recoge en la Constitución española vigente, en su Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Capítulo segundo. Derechos y libertades. Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Artículo 20, donde se reconocen y protegen los derechos: A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica. A la libertad de cátedra. A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
Donde además se indica que: El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa. La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
Y destacando en la regulación de este derecho fundamental que “sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial”.
Por todo ello denunciamos públicamente lo que entendemos como una sobreactuación de la policía española que ha implicado enormes dificultades para el buen desarrollo del trabajo informativo de este medio. Lamentamos pues la actuación policial y esperamos que no se repita en el futuro.