La Chusticia Gimeno urge a la DGA “a planificar las instalaciones de renovables y evitar efectos perjudiciales en el territorio”

La Chusticia d’Aragón, Concepción Gimeno, ha emitido una sugerencia dirigida al Gobierno de Aragón para que “a la mayor brevedad, promueva la aprobación de un Plan Energético de Aragón que incluya una ordenación territorial de las energías renovables, conforme a la Ley 5/2024, de 19 de diciembre, de medidas de fomento de comunidades energéticas y autoconsumo industrial de Aragón”

La Chusticia Gimeno urge a la DGA “a planificar las instalaciones de renovables y evitar efectos perjudiciales en el territorio”

A juicio de la institución, la planificación de la instalación de energías renovables "debería realizarse con una amplia participación de los municipios afectados, sobre todo, si no existe un estudio previo de las zonas más idóneas y del impacto económico y social de los proyectos”.

Además, la Chusticia d’Aragón, Concepción Gimeno, recuerda al Gobierno de Aragón que “próximamente, el Tribunal Supremo emitirá resolución sobre varios procedimientos de casación que podrían establecer criterios clave sobre la fragmentación de proyectos y su consideración como una única instalación a efectos de su tramitación ambiental”.

Asimismo, en su sugerencia a la DGA le solicita “que valore el cumplimiento de los requisitos que la jurisprudencia exige en el trámite de información pública dentro del procedimiento de aprobación de este tipo de proyectos”.

Esta resolución se produce tras recibir una queja de una entidad asociativa que alerta “sobre la proliferación de diversas instalaciones en el término municipal de Cosa -Comarca del Jiloca-, entre las que se encuentran parques eólicos, plantas fotovoltaicas e infraestructuras de evacuación compartidas”. En 2024, la institución recibió siete quejas relacionadas con energías renovables.

En su resolución, la Chusticia d’Aragón destaca “la importancia de tener en cuenta los impactos acumulativos de estos proyectos sobre el medio ambiente” y “la conveniencia de que existan límites de ocupación en el territorio en función de sus características”.

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