Imponer la vivienda como un derecho frente a las políticas de la confusión

Esta pieza ha sido publicada en la edición impresa de la revista Compromiso y Cultura, la publicación de actualidad crítica y cultural del Bajo Aragón histórico, así como de forma simultánea y digital en AraInfo y porelsocialismo.net. En la misma se aborda el desapego con la realidad de algunos de los mantras más repetidos a la hora de abordar la cuestión de la vivienda, como es la interesada confusión creada en torno a términos como "vivienda asequible", "VPO" o "vivienda pública". Al mismo tiempo, de forma sucinta, aporta algunas claves para una intervención pública sobre la cuestión habitacional.

Una foto de integrantes del Sindicato de Inquilinas e Inquilinos de Madrid en la manifestación del 13 de octubre. | Foto: @InquilinatoMad

Si una palabra define las políticas públicas de vivienda del Estado español, esta es fracaso. La casi inexistencia del derecho a la vivienda es seguramente el máximo exponente del carácter de clase del rimbombante “estado social, democrático y de derecho” nacido con el Régimen del 78.

Desde el tardofranquismo hasta la actualidad las políticas públicas en materia de vivienda han circulado en una única dirección: la creación de un mercado vigoroso ligado a la construcción y promoción de inmuebles residenciales destinados a la venta. Un negocio íntimamente dependiente del crédito hipotecario, que generaba además pingües beneficios paralelos al sector financiero.

Aunque han existido cortos periodos en los que se han levantado bloques de vivienda pública de alquiler, muy localizados en determinadas zonas urbanas, nunca llegarían a construirse en un número significativo. Es decir, existen áreas geográficas con un buen número de viviendas públicas pero estás son un oasis, una disrupción del mapa urbanístico de nuestras localidades. Esto, además, reforzó esa visión de las viviendas de alquiler social como “guetos” para pobres, e incluso hay quién desde la izquierda comparte este prejuicio profundamente reaccionario.

Que la cuestión de la vivienda, y su modelo de desarrollo económico, es algo diferencial del Estado español respecto a su entorno es indiscutible. La magnitud de la crisis del 2007/2008, así como sus terroríficos efectos, no alcanzaron en ningún otro estado vecino niveles parecidos a los que se vivieron en esta porción de la península ibérica. Durante aquellos años cientos de miles de viviendas expropiadas a las familias trabajadoras fueron trasvasadas al sector financiero con la complicidad del sistema legal y un enorme dolor colectivo. Esto no sucedió ni en Francia, ni en Portugal, tampoco en Italia. En ningún otro estado de la Unión Europea ocurrió este colosal trasvase de riqueza de los trabajadores y las trabajadoras hacia el sector financiero. Y no ocurrió por la forma distinta en abordar la cuestión de la vivienda.

Confusión e intereses, de la VPO a la “vivienda asequible”

Entorno a la vivienda ha existido en el Estado español una interesada confusión de términos, en muchas casos alimentada desde la propia izquierda. Una de las más habituales y que se extendió, entre otros motivos, para justificar la participación de grandes organizaciones políticas y sindicales en la “tarta” del mercado de vivienda, es la tergiversación respecto a lo que es la vivienda pública y lo que significa el alquiler social. También añadiremos una inmensa instrumentalización del cooperativismo sin cooperativas, luego trataré de explicarme.

Algo muy habitual es tratar de confundir al personal hablando de vivienda pública cuando, en realidad, nos hablan de vivienda protegida (VPO) de promoción privada; o cuando tratan de confundirnos asemejando viviendas VPO con viviendas sociales. En los últimos años la tendencia es hablar de “viviendas asequibles” o “viviendas para jóvenes”, aunque en el fondo quieren decir (de nuevo) viviendas VPO, ya que no existen normativamente ninguno de los dos conceptos. La realidad, es que la inmensa mayoría de la VPO construida en el Estado español ha tenido un carácter finalista privado y una promoción privada, más allá del formalismo en apariencia cooperativo en algunos casos. Las escuálidas y vergonzantes cifras del parque público de vivienda atestiguan esta afirmación de forma tajante.

Vivienda pública es aquella promocionada y gestionada por las administraciones públicas, viviendas por su naturaleza necesariamente de alquiler. Si se enajenan del patrimonio público, mediante la venta, pierden lógicamente su carácter público más allá de la figura usada para su promoción.

El carácter de alquiler social, aunque no exista un marco normativo preciso, lo otorga, según el consenso de los gestores de vivienda pública, una forma de entender las rentas y la gestión de dichas viviendas. Entre esas características es definitorio que el importe de las mensualidades del alquiler sean proporcionales a la renta de la unidad familiar y que, además, las viviendas cuenten con una gestión activa por parte de la administración o entidad correspondiente, desde su mantenimiento hasta una visión permanentemente social de esa misma gestión.

Una vivienda VPO no necesariamente es una vivienda pública, ni una vivienda de alquiler social. De hecho, lo habitual es que ni sea vivienda pública, ni se gestione mediante el alquiler social. Una vivienda VPO es, simplemente, una vivienda que tiene unas características constructivas determinadas y un precio máximo marcado, tanto para su venta como para su alquiler, por las administraciones competentes, es decir las Comunidades Autónomas. Es habitual, aunque no condición sine qua non, que la administración a cambio de limitar esos precios facilita el suelo de forma gratuita u ofrece otro tipo de ayudas públicas o incentivos. También existen límites de renta familiar para el acceso a este tipo de viviendas (y un suelo de rentas) o condiciones como que no se disponga de otra vivienda en propiedad.

Además de la VPO del régimen general o especial, en los años de la llamada burbuja inmobiliaria se aprobaron algunas otras variantes tendentes a poder promocionar, con distintos incentivos públicos, viviendas de precio tasado más caras y con mayores superficies y calidades. En Aragón a esta modalidad se le llama Vivienda de promoción privada de régimen tasado (VPA RT). En todo caso la VPO tradicional (VPA en Aragón) es la tipología más común y esta, como habíamos adelantado, se divide en régimen general (con un máximo 90 metros cuadrados) y régimen especial (con 70 metros cuadrados y un menor precio por metro). Lo mayoritariamente habitual, hasta ahora, ha sido que la vivienda protegida tenga por objetivo su venta, frente a la opción muy minoritaria del alquiler.

¿Es la VPO una vivienda asequible?

¿Es la VPO asequible? Según los últimos gobiernos aragoneses, tanto los de Lambán como el actual de Azcón, si. La realidad quizás sea otra. En la actualidad, el precio máximo de venta de una vivienda VPA de promoción privada del régimen general, después de una importante subida de un 20% durante el último ejecutivo cuatripartito de PSOE, Podemos, CHA y PAR en el año 2022, se coloca en 185.100 euros en el denominado “grupo A” (Zaragoza, Uesca y Teruel); 179.773 euros en el grupo B (Balbastro, Cuarte, Chaca y Utebo); y 166.457 en el grupo C (en el que hay localidades como Alagón, Alcanyiz, Andorra, Binéfar, Calatayud, Épila, Ejea, Fraga, L'Almunia, María de Huerva, Tarazona o Zuera). Si tenemos en cuenta los ingresos salariales actuales más usuales, afirmar que hoy en día la VPO es asequible supone un claro desapego a la realidad cotidiana de una parte importante de la mayoría social.

Enseñar las llaves de la vivienda se convirtió en un símbolo de lucha en la marcha del 13 de octubre en Madrid | Foto: @InquilinatoMad

Si vamos al alquiler, el precio máximo que puede alcanzar una VPO en Aragón del régimen general, en el grupo A, salta por encima de los 600 euros. Los pocos anuncios existentes en las principales plataformas inmobiliarias, de este tipo de viviendas en Aragón, superan en todos los casos los 700 euros de renta mensual. ¿Esto es asequible? No de forma general en nuestro ámbito geográfico y social. Para que el gasto en vivienda supusiera un 30% de los ingresos de la unidad familiar, esta debería de percibir más de 2.300 euros al mes para poder afrontar esa renta de alquiler.

Un modelo cooperativista que no es tal

Muchas de las VPO han sido promocionadas por cooperativas, en ocasiones ligadas de forma más o menos expresa a organizaciones políticas o sindicales. Dicha actividad fue, durante mucho tiempo, una importante entrada de fondos para distintas organizaciones, tanto que llegó a influir en sus políticas hacía la vivienda de forma sustancial. En realidad el modelo cooperativista mayoritario no ha sido tal, es decir, en realidad la “cooperativa” era una forma societaria necesaria para la promoción de edificios residenciales que luego terminarían convertidos en comunidades de propietarios, extinguiendo cualquier relación cooperativa una vez adquirida la vivienda. De esta forma las cooperativas pierden todo su enorme potencial a la hora de incidir en el mercado de la vivienda, hay que tener en cuenta que han sido cientos de miles las viviendas promocionadas de esta forma en el conjunto del estado.

De hecho en otros estados, europeos o americanos, los movimientos cooperativos de vivienda han jugado un papel distinto, sosteniendo su carácter más allá de la mera promoción y permitiendo la paulatina extensión del número de viviendas construidas por las mismas y las familias que integran las propias cooperativas. Pero aquí, las cooperativas han sido entendidas y usadas como algo instrumental, hasta promotores privados han impulsado falsas cooperativas para levantar en los barrios de nuestras ciudades edificios destinados a la venta de VPO.

En contraste con esta dinámica ha nacido en los últimos años un movimiento cooperativista basado en el derecho de superficie, un modelo que obliga al sostenimiento de las cooperativas a lo largo del tiempo y que no supone una privatización del suelo público si se hace sobre este, además de ligar la vivienda a su valor de uso y no de cambio. Este modelo bien merecería su impulso, aparcando de una vez por todas ese otro modelo de falso cooperativismo que termina absorbido, tarde o temprano, por el mercado privado alimentando la eterna burbuja especulativa.

Intervención pública y la vivienda como derecho

Pero la desinformación o los mitos en materia de vivienda alcanzan incluso a la extendida creencia de que la constitución “reconoce el derecho a la vivienda”, en concreto en su artículo 47. Pero nada más lejos de la realidad, este artículo es una mera declaración formal y el acceso a la vivienda no forma parte del núcleo de derechos constitucionales, no es un derecho fundamental. Es decir, no es un derecho subjetivo de todas las personas residentes en el Estado español, ni siquiera las últimas normas más progresistas (de ámbito estatal o autonómico) son efectivas en dicha consideración.

Si queremos convertir la vivienda en un derecho, la intervención pública y su reconocimiento como derecho fundamental son la única garantía de que esto sea así. No se confunden los Sindicatos de Inquilinas e Inquilinos, así como el resto de plataformas de vivienda, en reclamar el límite de las rentas de alquiler. Como tampoco resultan alocadas propuestas como la prohibición, mientras dure la emergencia habitacional (arrastrada ya por décadas), de la compra de vivienda que no esté destinada a la residencia en la misma. Ambas propuestas tendrían efectos inmediatos. Lo que no servirá de nada son medidas como el “bono del alquiler” preconizado por el actual gobierno de Pedro Sánchez, que no es otra cosa que dilapidar el dinero público por el sumidero del rentismo.

Al mismo tiempo, si se pretende de forma honesta aumentar el parque público de vivienda destinada al alquiler, sin subterfugios como los que hemos relatado, el presupuesto destinado a las políticas de vivienda debería de aumentar, como mínimo, al 2% del PIB. Y la inversión debería de mantenerse durante décadas. En este sentido, una de las claves es que la política de vivienda debe de ser sostenida en el tiempo, máxime la destinada a la promoción de vivienda pública.

Un instante de la movilización en Benás el 13 de octubre. | Foto: @viviendadignabenasque

Otra medida que podría movilizar vivienda, además de hacerlo de forma ordenada, podría ser la creación de una agencia pública del alquiler en todos los territorios y nacionalidades del Estado español. Una agencia que permitiría, desde la experiencia ya existente con distintos programas de captación y movilización de vivienda de distintas administraciones autonómicas o locales, dar seguridad a los propietarios de vivienda garantizando el cobro de rentas. Al mismo tiempo, permitiría fijar unos precios justos del alquiler, con una combinación de topes máximos y ayudas públicas. Esto podría colocar las rentas de alquiler en términos relativos y adecuados a los ingresos de cada unidad familiar.

Todo ello es perfectamente posible, en lo legal y en lo económico. Como muchas otras medidas que ni hemos abordado. Aunque de la misma forma que defendemos su viabilidad, es necesario afirmar que todas estas medidas no llegarán sin una amplia movilización que ponga en jaque al Régimen del 78. Esta forma de gobernanza estatal, no se nos olvide, ha sido hasta ahora consustancial al mercadeo sin límites del derecho a la vivienda. Las movilizaciones que se han sucedido semanas atrás en Madrid, València, Barcelona y también en pequeñas localidades como Benás en Aragón, marcan el camino para conseguirlo.


Contenido publicado de forma simultánea en Compromiso y Cultura, AraInfo y porelsocialismo.net