El TSJA entra en juego: suspende cautelarmente el acuerdo del TACPA y embrolla aún más la operación Nueva Romareda

El Tribunal estima la medida cautelar solicitada por el Ayuntamiento de Zaragoza, al mando del PP, y considera que el TACPA no es competente para anular un contrato patrimonial"

Recreación digital de la nueva Romareda.

La Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha estimada la medida cautelar solicitada por el Ayuntamiento de Zaragoza, al mando del PP, y ha suspendido cautelarmente el acuerdo del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón (TACPA) que anulaba el proceso de licitación pública de la parcela de la Romareda para la construcción del nuevo estadio municipal de futbol, la gestión y explotación del mismo por un periodo de 75 años.

Contra esta decisión, que embrolla aún más la operación Nueva Romareda, cabe recurso de reposición que podrá presentarse en el plazo de cinco días ante el mismo órgano judicial.

En una nota de prensa, hecha pública este martes, el TSJA indica que la sala se ha inclinado por la suspensión del acuerdo recurrido, al entender que "puede considerarse a primera vista, que concurre en él, causa de nulidad". El Tribunal afirma que "estamos en presencia de un contrato patrimonial, por lo que actúo con corrección el Ayuntamiento al abrir un procedimiento para permitir la construcción de un nuevo campo por una entidad privada, mediante un derecho de superficie".

En este sentido, la sala considera que "si el Ayuntamiento de Zaragoza ha modificado el Plan General y ahora la parcela es equipamiento deportivo privado no podemos estar en presencia de un contrato de concesión de obras". Por ello indica que "no es correcta la anulación, dado que el TACPA no es competente para anular un contrato patrimonial".

En su argumentación, los magistrados afirman que hay un "clarísimo interés general en pro de la ejecución del proyecto frente a un acuerdo sobre el que pesan fortísimos indicios de nulidad por falta de competencia ya que no se trata de un contrato administrativo". Sobre la suspensión acordada, añaden que "debe tenerse en cuenta, que en los primeros meses lo que tendrá efecto serán la participación en la licitación, la adjudicación y la elaboración del proyecto de campo y edificios anejos, con lo cual podría dar lugar a resolver sobre el fondo del asunto, atendido que por la naturaleza de éste, que se sitúa en un plano esencialmente jurídico, no es previsible que pueda haber una gran demora por la necesidad de practicar pruebas, con lo cual podría haberse resuelto antes de iniciarse cualquier tipo de obra, que no empezará hasta final de la temporada 2023-2024".

En su auto los magistrados insisten en que "hay interés de la ciudadanía, no sólo de los socios y aficionados del Real Zaragoza, en contar con un campo de fútbol moderno, tanto para poder ser la base de un equipo de fútbol de mucha tradición como para poder traer competiciones de alto nivel, como el Mundial 2030, como para poder realizar en él espectáculos de otro tipo, esencialmente conciertos".

Consideran también los "posibles perjuicios" que "podrían derivarse de un retraso en el inicio del proyecto para los posibles adjudicatarios, para la celebración de eventos importantes y los derivados de no poder contar a tiempo con un campo de fútbol que sirva a tales propósitos". En este sentido afirman que "es difícil que sea designada como sede si tiene un campo de fútbol que no puede servir a tal propósito, la actual Romareda y si no tiene tampoco un proyecto definido para que se lleve a cabo la misma, lo cual debe verificarse en septiembre u otoño, y si eso se pierde, obviamente perderá gran parte de su interés económico para posibles licitadores, lo cual podría incluso dar lugar a que no hubiese ya interesados en ello con el contrato actual, tras perderse tal oportunidad".

La sala concluye afirmando que "si bien no puede asegurarse que la falta de suspensión supondría necesariamente la pérdida de la finalidad del recurso, sí que puede haber un daño relevante e intangible para el conjunto del proyecto, difícil de reparar e incluso es posible que, perdida la oportunidad de un pronto inicio de recuperación de la inversión, llegase a malograrse de modo definitivo el contrato tal y como se ha planteado, aunque fuese validado por la sentencia".