El Supremo tiene claro que Aragón no dejó de existir como territorio autónomo con los Reyes Católicos ni tampoco con la invasión de Felipe V y la implantación del absolutismo en sus territorios con los decretos de Nueva Planta, la aspiración a cuya nulidad, por otro lado, respalda el Constitucional. Y lo ha vuelto a dictaminar con claridad, como viene haciendo desde 1986: “la vinculación del Reino de Nápoles con los Reyes de España fue porque éstos lo eran de Aragón”.
Es decir, que a finales del siglo XVI seguían existiendo el reino de Aragón y su Corona con independencia de que compartiera jefe de Estado con Castilla, que tenía establecida su capital, según la época, en Toledo o Madrid.
El pronunciamiento del Supremo, que llega en un momento de auge de las corrientes recentralizadoras y de tendencias negacionistas y revisionistas de la historia en esa misma dirección, ratifica una línea jurídica que lleva más de medio siglo establecida y que, por otra parte, tampoco cuestionan los historiadores académicos: los modernos estados-nación surgen conforme va cayendo el antiguo régimen, y eso no ocurrió en lo que hoy es España hasta entrado el siglo XIX, con la Constitución de Cádiz, que sitúa por vez primera la soberanía nacional en los habitantes de su territorio, y las desamortizaciones de Mendizábal y de Madoz, que desarticularon una parte importante del esquema de propiedad inmobiliaria heredado de la edad media en el que, entre otros elementos, se apoyaba aquel.
En este sentido, la retahíla de títulos que sigue al de rey de España continúa incluyendo varios procedentes de la Corona que siguen vigentes aunque sin las consecuencias patrimoniales del antiguo régimen, como el de monarca de Aragón, de Valencia, de Mallorca, de Menorca y de Murcia y los de conde de Barcelona y del Rosellón (Perpiñán) y, fuera de la península ibérica, los de rey de Cerdeña, de Córcega, de las Dos Sicilias (Nápoles y la propia Sicilia) y de Jerusalén (ligado al napolitano desde Fernando II), así como el de duque de Atenas y Neopatria, el enclave fundado por los almogávares en Grecia que pasó al trono aragonés con Pedro IV en 1381.
El momento en el que esas teorías sitúan la fundación de España, con el enlace de Fernando II de Aragón con Isabel I de Castilla, nunca existió. Ninguno de ellos reinó nunca en el país del otro, más allá de una breve regencia de ella durante la asistencia de él a unas Cortes, y si Juana La Loca heredó la corona aragonesa (formalmente, ya que por su incapacitación pasó directamente a su hijo Carlos I) con todos sus títulos y posesiones fue únicamente porque su padre no logró tener descendencia con su segunda esposa, Germana de Foix.
A partir de entonces, en los primeros años del siglo XVI (1516) los reinos y su federación siguieron vivos, aunque su corona había ido a parar a la misma cabeza que portaba la de Castilla.
“Resulta un hecho obvio que lo era”
El último pronunciamiento del Supremo que ratifica esa situación se refiere al título nobiliario de marqués de Bovino, otorgado por Felipe II (biznieto de Fernando II e Isabel de Castilla) en Nápoles en 1569. La sentencia que se confirma con esa resolución, emitida por la Audiencia Provincial de Madrid, ya señalaba “inequívocamente que a los títulos nobiliarios otorgados en el Reino de Aragón les es aplicable la legislación aragonesa”, ya que "la vinculación del Reino de Nápoles con los Reyes de España fue porque éstos lo eran de Aragón".
El título fue otorgado “por el rey en su condición de rey de Aragón y como Felipe II”, añade la Audiencia. Es decir, que concedió ese marquesado a un antepasado de los litigantes “para sí y sus herederos y sucesores, perpetuamente, en cuanto rey de Aragón, pues tanto Nápoles como Sicilia estuvieron vinculadas con esa Corona”, refuerza el Supremo.
Paralelamente, el Supremo recuerda cómo el reino de Sicilia “en aquella época (año 1569) pertenecía a la Corona de Aragón”, lo mismo que ocurría con el de Nápoles.
No se trata, ni mucho menos, de la primera vez que el Supremo ratifica la existencia como ente autónomo del reino de Aragón y de su Corona tras la instauración de la Casa de Austria en el trono de Castilla. Por el contrario, por lo que se deduce de las resoluciones de este tribunal, la plurinacionalidad vendría a ser más una realidad administrativa desde la edad media que un concepto ideológico creado de la nada en un ‘think-tank’ en pleno siglo XXI.
Hace apenas año y medio, en un pleito por otro marquesado siciliano como el de Orya, creado por Felipe II en las mismas fechas que el de Bovino, la misma Sala Primera calificó de “irrelevante” que el documento por el que se nombraba al primer titular “no expresara literalmente que otorgaba la merced como rey de Corona de Aragón, por resultar un hecho obvio que lo era”.
Hasta el franquismo admitía la pervivencia de la Corona con los Austrias y con los Borbones
En este caso hay dos datos especialmente relevantes. Por una parte, el Supremo establece que “a los títulos nobiliarios concedidos por la Corona de Aragón no les es de aplicación la legislación castellana” aunque como en este caso se tratara de un desaparecido antes de la llegada de los borbones y recuperado en 1984, con el concepto jurídico de España plenamente vigente.
Y, por otra, esa tesis ya había sido avalada por el Consejo de Estado en 1951, una etapa, en plena dictadura franquista, en la que el Estado no era precisamente proclive a nada que pudiera sonar a plurinacionalidad.
El Ministerio de Justicia se pronuncia en el mismo sentido cuando, en un informe aportado en el último de estos pleitos, señala que "el título fue dado en Madrid, por un rey español, Felipe II, cuando al mismo tiempo era rey de los señoríos italianos", algo que -anota el Supremo-“en modo alguno debe entenderse como desligado de la Corona de Aragón”.
Y también lo hace el Consejo de Estado, que “manifiesta su entera conformidad” con Justicia y que añade que “Sicilia, hasta la paz de Utrecht, se encontraba formalmente incorporada a la Corona del Rey Católico, pudiendo, además, señalarse que la historia enseña la profunda unidad material de aquel antiguo estado con la Corona aragonesa con las demás posesiones españolas en el Mediterráneo”.
La plurinacionalidad de España venía ya de los Austrias
El tratado de Utrech, que en realidad fueron varios acuerdos que se firmaron en esa ciudad de lo que hoy es Holanda y en Rastatt (actual Alemania) a lo largo de dos años, supuso en 1715 el cierre formal de la Guerra de Sucesión y la confirmación como titular de esas coronas del primer Borbón, Felipe V (cuarto de Aragón, séptimo de Navarra), quien, tras haber sido en 1702 el último rey castellano que juró respetar y aplicar los Fueros de Aragón, mutilaría esas mismas normas mediante el decreto de Nueva Planta de 1707, parcialmente atenuado por otro de 1711.
Sin embargo, y aunque la capacidad de decisión de sus élites y sus instituciones había quedado notablemente restringida, ni siquiera entonces dejó de existir el reino de Aragón como una entidad autónoma. De hecho, Felipe V nunca firmó como rey “de España”. Más de dos décadas después del primer decreto de Nueva Planta se autotitulaba “Don Felipe por la gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de las dos Sicilias…”, recuerda el Supremo.
Así lo hizo en 1728 al crear la Baronía de Valverde, en Teruel, mediante un documento en el que aludía a la “voluntad real” de que “el beneficiado goce de los derechos y prerrogativas que gozan, pueden y deben gozar los otros barones de dicho mi Reino de Aragón, en cuanto no se oponga a los establecido y resuelto por mí en el nuevo gobierno de él".
Felipe V se sumaba en pleno siglo XVIII al reconocimiento de la plurinacionalidad con la misma naturalidad con la que sus antecesores de la Casa de Austria venían haciéndolo desde el Renacimiento.
Los decretos de Nueva Planta: una represalia de guerra
Una de las decisiones de Felipe IV (quinto de Castilla) quedó grabada a fuego en la historia de Aragón: los decretos de Nueva Planta, una represalia tras la batalla de Almansa (1707) que, con base en el derecho de conquista, abolió las leyes civiles, penales y administrativas y las instituciones propias del país (Cortes, Consejo Supremo, DGA, Justicia, Audiencia) para imponerle las castellanas, aunque cuatro años después rehabilitó el derecho civil.
Más de tres siglos después, el rechazo a esas normas es uno de los pocos aspectos de la Ley de Actualización de los Derechos Históricos de Aragón que superó la criba del Tribunal Constitucional, cuya sentencia explica que la disposición final que se refiere a ese episodio “recoge un mandato dirigido a la Diputación General de Aragón, a fin de que se dirija ‘al Gobierno del Estado español para que este derogue formalmente el Decreto de Nueva Planta de 29 de junio de 1707, que, dictado por el derecho de conquista, supuso la abolición de los fueros y libertades de que gozaba Aragón antes de Felipe V”.
El tribunal muestra su escepticismo sobre la efectividad de encomendar “en el siglo XXI” la “derogación de normas emanadas del poder absoluto de un monarca del Antiguo Régimen, en los albores del siglo XVIII”, al “poder ejecutivo de un Estado democrático de derecho, sometido a las limitaciones derivadas de la propia Constitución”.
Aunque aclara que desde el punto de vista jurídico “el contenido de la disposición no pasa de ser un desiderátum que nada impone directamente ni desde luego vincula al Gobierno de la Nación”. Eso ocurrirá, en todo caso, cuando el ejecutivo autonómico aplique la ley y reclame formalmente a Madrid que active el procedimiento para esa derogación.