El 5 de octubre de 2020 el periodista José Manuel Manzaneda publicó un artículo titulado “Crear una crisis sanitaria en Cuba, objetivo de la guerra contra su cooperación médica” en la web www.cubainformacion.tv (titularidad en ese momento de la Asociación Euskadi-Cuba) en el que criticaba la posición del presidente de la asociación anticastrista en relación a la cooperación médica que el Gobierno cubano lleva a cabo en varios países del mundo, considerando que el mismo, al igual que Donald Trump, debía ser tratado como un “criminal de guerra”.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid, además de señalar que en el artículo no se dan los requisitos exigidos legal y jurisprudencialmente para considerarlo calumnioso o que incitase al odio, concluye que la calificación de “criminal de guerra” no es injuriosa, pudiendo ser considerada “una hipérbole periodística” si se analiza “con el resto del contenido del artículo”.
La sentencia considera que el periodista pudo actuar, más que con una motivación ofensiva, con una “intención de crítica, recriminación o censura política, que encuentra acomodo dentro de los límites de la libertad de expresión”.
Además, la sentencia condena al pago de parte de las costas a Javier Larrondo al considerar que “es apreciable temeridad en la parte acusadora cuando dirigió su acusación contra la Asociación Euskadi-Cuba” por los delitos de injurias y calumnias, pues una persona jurídica no puede legalmente cometer tales delitos.
La Fiscalía no acusaba, pero la acusación particular pedía para el periodista seis años de cárcel y 8.400 euros de multa, además de una responsabilidad civil, solidaria con el medio, de 50.000 euros. Para la Asociación Euskadi-Cuba pedía una multa de 100.000 euros.
Zulueta: "Es pura coherencia"
Endika Zulueta, abogado defensor de Manzaneda, ha mostrado su satisfacción por el fallo de la sentencia, "no solo por haberse destapado las torticeras intenciones de Larrondo al utilizar la acción penal como medio de ataque a un rival ideológico en relación a la cooperación médica cubana, solicitando para ello altas penas de prisión por un simple artículo periodístico, sino especialmente por la consideración realizada por la sentencia de que dicho artículo, queda amparado por el derecho fundamental a la libertad de expresión".
"Es pura coherencia", ha añadido Zulueta. "Larrondo, desde su asociación, denuncia constantemente que el gobierno cubano tiene presos en sus cárceles por simples opiniones políticas, mientras él ha pretendido que España actúe cual dictadura, y condene a dos personas a 12 años de prisión por el mero hecho de escribir un articulo de opinión".
Campaña de apoyo
En la plataforma goteo.org está abierta una campaña de crowdfunding para cubrir los gastos judiciales y de defensa mínimos. La camaña "No a la criminalización del periodismo crítico de Cubainformación y de la solidaridad de Euskadi-Cuba" se puede apoyar desde este enlace.