Tormentas históricas en Aragón: cómo reclamar por los daños sufridos

En el caso de daños extraordinarios causados por fenómenos naturales muy destructivos, quien se hace cargo es el Consorcio de Compensación de Seguros, siempre que se disponga de un seguro en vigor. Si no se dispone de seguro, para poder recibir una compensación por los daños sufridos, habría que esperar a que el gobierno pudiera declarar la zona como catastrófica

07 julio, 2023. 06:43
El CEIP María Zambrano tras la tormenta del jueves | Foto: DGA

Este jueves gran parte de la geografía aragonesa se vio afectada por fuertes tormentas de lluvia, granizo y viento, ocasionando graves inundaciones en viviendas, vehículos, establecimientos, cultivos e infraestructuras en general. Tras la tempestad llega la calma y el momento de valorar los daños que hayamos podido sufrir. Y surge una pregunta: ¿Qué debemos hacer?

UCA Aragón responde. Primero, examinar la póliza de nuestro seguro para ver el alcance de la cobertura por siniestro. Si no se dispone de seguro, para poder recibir una compensación por los daños sufridos, tendríamos que esperar a que el gobierno pudiera declarar la zona como catastrófica y habilitara las ayudas pertinentes.

Si disponemos de un seguro debemos dar parte del siniestro a nuestra compañía aseguradora en el plazo de siete días, para que se proceda a la valoración de los daños y a su correspondiente reparación o indemnización.

¿Y si los daños extraordinarios han sido causados por fenómenos de la naturaleza muy destructivos? En el caso de daños extraordinarios causados por fenómenos de la naturaleza muy destructivos, como una "inundación extraordinaria", quien se hace cargo de la compensación por el siniestro es el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), siempre que dispongamos de un seguro en vigor, apunta UCA.

"Si los daños sufridos no se consideran extraordinarios serán las compañías aseguradoras quienes se harán cargo del siniestro hasta el alcance de la cobertura contratada. Si el siniestro ha sido claramente de carácter extraordinario, podemos comunicar directamente el mismo al Consorcio de Compensación de Seguros", añade.

No obstante, UCA recomienda dar parte del siniestro a la entidad aseguradora ya que, en caso de considerarlo extraordinario, tramitará la reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros.

Se tendrá derecho a la indemnización del Consorcio de Compensación de Seguros siempre que la persona asegurada se encuentre al corriente del pago del recibo de prima de la póliza de seguros y hayan transcurrido siete días desde la fecha de emisión de la póliza, o desde la de su efecto.

Se puede consultar en la web del Consorcio de Compensación de Seguros la Guía rápida de solicitud de indemnización.


Más información sobre la tormenta registrada en Zaragoza este jueves en este enlace.

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