La Plataforma a favor de los paisajes de Teruel manifiesta su oposición a algunos de los aspectos que intenta cambiar la Comisión del Consejo de Europa de forma urgente y sin debate ni información pública.
El 20 y 21 de octubre de 2022, se celebró un Consejo Europeo que trató diversos temas y en sus conclusiones pidió a la Comisión que respecto de la crisis energética presentara urgentemente decisiones y propuestas relativas a ciertas medidas adicionales de carácter económico, entre las que incluyó “la agilización de la simplificación de los procedimientos de concesión de permisos con el fin de acelerar el despliegue de las energías renovables y las redes, por ejemplo con medidas de emergencia sobre la base del artículo 122 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE)”.
Como resultado, el 9 de noviembre de 2022, la Comisión presentó al Consejo de la Unión Europea una propuesta de reglamento para “acelerar el despliegue de las energías renovables” (COM(2022) 591 final 2022/0367), en la que se propone la declaración de interés público superior, la planificación y operación de instalaciones renovables y de su conexión a la red y de la propia red y activos de almacenamiento, por lo que permite eliminar la evaluación de impacto ambiental de estos proyectos.
El reglamento para “acelerar el despliegue de las energías renovables” presentada el 9 de noviembre de 2022, por la Comisión al Consejo de la Unión Europea no se ajusta al Derecho de la Unión Europea por, al menos las siguientes razones:
- Falta de base jurídica, ya que no cabe entender razonablemente que las excepciones ambientales propuestas pueden considerarse incluidas en el concepto de ayuda financiera a los Estados miembros que se recoge en el artículo 122 del TFUE, elegido como fundamento de la propuesta.
- Vulnera el principio de no regresión ambiental contenido implícitamente en el objetivo de alcanzar una sostenibilidad basada en un nivel elevado de protección y mejora de la calidad del medio ambiente y en el fomento de la solidaridad entre las generaciones establecido en el artículo 3.3 del TUE, pues reduce el grado de protección vigente al ampliar las excepciones.
- Contradice el principio de integración establecido en el artículo 11 del TFUE y el artículo 37 de la Carta de Derechos Fundamentales al impedir exigencias fundamentales de la protección del medio ambiente se integre en la definición y realización de las políticas energéticas.
- Transgrede los límites establecidos en las principales directivas de la protección de la biodiversidad y los ecosistemas (artículo 6, apartado 4, y el artículo 16, apartado 1, letra c), de la Directiva 92/43/CEE, el artículo 4, apartado 7, de la Directiva 2000/60/CE y el artículo 9, apartado 1, letra a), de la Directiva 2009/147/CE) y el principio de control caso por caso, abocando a importantes riesgos de deterioro que no han sido evaluados y, por tanto, contradicen el principio de cautela del artículo 191.2 del TFUE.
No es aceptable que, en una Comunidad de Derecho como la Unión Europea, las Instituciones no se ajusten a los Tratados Constitutivos y que establezcan normas que suponen una regresión de los niveles de protección ambiental alcanzados.
“Sólo aquellos intereses públicos que realmente son ‘superiores’ pueden considerarse legitimados para causar deterioro en los más altos valores de los ecosistemas que nos sostienen·, recuerdan desde la Plataforma a favor de los paisajes de Teruel.
Se debería tener como principio lo que afirma la propia Comisión cuando dice que “salvo cuando haya pruebas claras de que dichos proyectos tienen efectos adversos importantes sobre el medio ambiente que no pueden mitigarse o compensarse”, a lo que se debe comentar -añade la Plataforma- “que casi todos estos proyectos ubicados en espacios naturales y rurales tienen efectos, pues dan uso industrial y un fuerte impacto paisajístico sobre los lugares donde se implantan, en el caso de los proyectos superiores a 5MW”.
La Plataforma a favor de los paisajes de Teruel “sí que se está de acuerdo y es una vía por explorar y desarrollar en las afirmaciones del propio documento que anima a la generación distribuida cuando asevera: acelerar la implantación de instalaciones solares a pequeña escala para los autoconsumidores de energías renovables, incluidos los autoconsumidores colectivos, como las comunidades locales de energía, ya que es la opción más barata y accesible con el menor impacto ambiental”.
Por todo ello piden al gobierno del Estado español “y, en especial, a la Ministra de Transición Ecológica y Reto Demográfico, Teresa Ribera, que no apruebe dicho Reglamento en el Consejo extraordinario de Energía del 24 de noviembre”.