Si tuviéramos que resumir en una frase como ha funcionado el Real Decreto Ley que regula un sistema de negociación extrajudicial para las cláusulas suelo, este debería ser de absoluta ineficacia para el consumidor afectado y de sumo beneficio para la entidad bancaria". Así lo explican desde la Plataforma de Afectados por la Hipoteca de Fraga.
“Haciendo un análisis de los casos que nos hemos encontrado a lo largo del mes que lleva en vigor el Decreto, podemos concluir que el resultado es una pieza completamente ineficaz de cara al consumidor, pues por un lado, teniendo los Bancos la obligación de poner en conocimiento de los clientes que tuviesen cláusula suelo esta condición, ninguno hasta la fecha lo ha hecho”, aseveran.
En lo que hace referencia a las cartas de reclamación presentadas hasta el momento, denunciando cláusula suelo en los contratos hipotecarios, “la respuesta recibida del Banco, cuando la hay, es que se estudiaría el caso, sin propuesta alguna de devolución de las cantidades cobradas, en una estrategia clara de las Entidades bancarias de ganar tiempo a una futura demanda judicial”, señalan.
Asimismo, “en algún caso también se niega la existencia de la cláusula o se declara la transparencia de la misma”, subrayan desde la PAH de Fraga.
“En este contexto descrito, PAH Fraga sigue apostando claramente por la vía judicial, mediante demanda, para que los afectados puedan recuperar las cantidades cobradas por las cláusulas suelo”, recalcan. “Sólo la demanda judicial garantiza la nulidad de esta cláusula abusiva y el cumplimiento de la Sentencia del TJUE de 21 de diciembre de 2016”, concluyen.

