OSTA gana el conflicto colectivo “del pago de la hora festiva” en el transporte de viajeros de Uesca

El sindicato OSTA solicitó mediante demanda al Juzgado de lo Social de Uesca la impugnación del artículo 20 del anterior Convenio colectivo del transporte de viajeros de Uesca de los años 2020-2023, al considerar que el recargo establecido para el pago de la hora festiva no cumplía con la legalidad vigente

Foto: OSTA

Desde OSTA señalan que en concreto, se refieren al Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, sobre regulación de la jornada de trabajo, jornadas especiales y descansos, que establece en su artículo 47 que “cuando, excepcionalmente y por razones técnicas u organizativas, no se pudiera disfrutar el día de fiesta correspondiente o, en su caso, de descanso semanal, la empresa vendrá obligada a abonar al trabajador, además de los salarios correspondientes a la semana, el importe de las horas trabajadas en el día festivo o en el período de descanso semanal, incrementadas en un 75 por 100, como mínimo, salvo descanso compensatorio”.

“A pesar de esto, los sindicatos UGT y CCOO junto a la patronal del sector de viajeros firmaron un precio para las horas festivas por debajo del 75% tanto en el convenio de los años 2020-2023 como en el texto actual de 2024-2025 firmado este, una vez más, por UGT”, destacan.

Finalmente, OSTA celebra que el fallo del juzgado estime la demanda “declarando la ilegalidad y nulidad del precio de los festivos, dándonos la razón no solo frente a la patronal sino también a los sindicatos con cuya firma empeoran notablemente las condiciones laborales de las plantillas del sector, y abriendo una nueva puerta para la revisión de otros textos que no se adapten a la legalidad vigente”, concluyen.

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