Las personas que han cotizado más años de los necesarios elevan sus reclamaciones a las instituciones europeas

Asjubi40 reclama en el Parlamento Europeo esta situación, que afecta a más de 700.000 personas que han trabajado más de lo necesario para percibir un 100% de pensión

Parlamento europeo
Parlamento Europeo.

Con la aprobación de la ley 21/2021 de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones, denuncian que se vieron obligados a ponerse a trabajar “para denunciar en Europa una situación que afecta a más de 700.000 personas que han cotizado más años de los necesarios actualmente para percibir el 100% de la pensión, y que ven penalizada de por vida su pensión por la aplicación de unos injustos y discriminatorios coeficientes reductores”.

El pasado día 15 de junio la entidad presentó una queja en la comisión de peticiones del Parlamento Europeo, cerrando así una primera fase de acciones en Europa. Esta queja ha sido presentada por el bufete de abogados Navas&Cusí.

El letrado y socio titular del bufete, Juan Ignacio Navas Marqués, señala que para acudir a la vía administrativa extrajudicial o la vía judicial europea no es necesaria la reclamación previa en el Estado español. Los procedimientos a nivel europeo se pueden iniciar sin necesidad de haber agotado los posibles recursos ante los tribunales españoles. Es una cuestión estrictamente propia de la jurisdicción europea que está por encima de la jurisdicción nacional. Asjubi40 denucia varias infracciones a la normativa y legislación comunitaria.

El máximo exponente de infracción es al artículo 15 del Pilar europeo de derechos sociales, en el que se reconoce el derecho de todo trabajador y trabajadora a recibir una pensión de jubilación acorde a sus contribuciones que garantice una renta adecuada y una vida digna.

También existe la normativa europea aplicable al caso, tal como el artículo 2 apartado 2 de la Directiva Europea 2000/78, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, que se aplica también en las pensiones y planes de jubilación según la jurisprudencia consolidada del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En base a esta normativa, existiría discriminación directa cuando una persona sea, haya sido o pudiera ser tratada de manera menos favorable que otra en situación análoga, se incumple el principio fundamental de contributividad y equidad ante la ley de situaciones comparables dado que la discriminación entre estos dos grupos (las Clases Pasivas del Estado y Regímenes especiales) de jubilados y el RGSS no está justificada objetiva y razonablemente.

En una segunda fase se presentarán tres nuevas quejas en esta institución con los tres grupos restante (discapacidad, mujeres que han trabajado a tiempo parcial, y personas que hayan trabajado en otros países de la Unión Europea), la fecha prevista de presentación de esta queja será el día 15 de julio, para ello ya se ha recopilado la jurisprudencia y legislación europea para redactar estas nuevas quejas.

Asjubi40 también informa de que además de estas fases ya se están estudiando, analizando y trabajando para presentar una nueva queja en esta caso en el Parlamento Europeo y si es necesario ante los tribunales de justicia europeos.

Asjubi40 ya informó a principio de año que daba por finalizada la vía política al no haberse hecho realidad los apoyos de casi todos los portavoces de la Comisión del Pacto de Toledo que se habían marcado.

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