La Plataforma de Profesionales de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza ha emitido un comunicado en relación a las instrucciones recibidas respecto a las ayudas de urgencia municipales que implican recortes en el servicio.
COMUNICADO | Plataforma de Profesionales de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Zaragoza | El reglamento municipal que regula las ayudas de urgencia las define como prestaciones “destinadas a resolver situaciones de emergencia que afectan a personas o familias a las que sobrevengan situaciones de necesidad en las que se vean privadas de los medios de vida primarios e imprescindibles, siendo su finalidad dispensarles una atención básica y urgente en el momento en que ellas se produzcan”.
Entendemos que la instrucción que se remitió a los Centros Munipales de Servicios Sociales de la ciudad el pasado jueves 24 de enero contradice dicha definición supone en la práctica un recorte en estas ayudas ya que limita el acceso, la cuantía y periodicidad de las mismas, a la vez que elimina otras (prótesis, salud bucodental, salud óptica, farmacia...). Además entendemos que vulnera el reglamento que las regulas en varios puntos.
Nos parece incomprensible que el consistorio anuncie a bombo y platillo medidas como la reserva de viviendas de alquiler para familias desahuciadas, mientras en paralelo impone restricciones en las ayudas concebidas para evitar dichos desahucios. Nos parece igualmente incomprensible que el ayuntamiento aluda a la situación de emergencia social para lanzar programas de corte puramente asistencialista como Zaragoza. Redistribuye mientras por otro lado limita las ayudas a conceder por este concepto.
Lo mismo se puede decir de las ayudas para gas y electricidad que también se limitan y las ayudas sanitarias que se suprimen bajo la falsa justificación de que se encuentran cubiertas por otros sistemas de protección social (nos preguntamos qué sistema de protección social cubre una dentadura postiza). Bajo la aparente racionalización de las mismas y la priorización de necesidades básicas (parece que tener dientes o poder acceder a medicamentos no es una necesidad básica) lanza una medida cuyo único objeto es la limitación del gasto.
Los profesionales pensamos que existen recursos y prestaciones suficientes (Ayudas de Urgencia, Ingreso Aragonés de Inserción) para cubrir las necesidades de alimentación y todas aquellas de carácter básico de la ciudadanía y las familias en los servicios sociales, siempre y cuando haya una voluntad política y económica de que dichas prestaciones y servicios tengan dotación suficiente, existan profesionales cualificados para desempeñar su tarea y esto redunde en una mayor celeridad y agilidad para dar respuestas rápidas que eviten situaciones de deterioro y marginación.
En la situación actual situaciones como las que describimos más abajo como ejemplos no pueden considerarse como excepcionales sino que son de carácter estructural, cualquier familia puede verse en ellas, por lo que entendemos que las medidas a emprender, lejos de limitar el acceso o la duración, deben ir encaminadas a alcanzar a más personas, mejorar su agilidad...
Por todo ello queremos denunciar dichas medidas y solicitar al ayuntamiento que renuncie a su política de acción social totalmente errática, reactiva e improvisada.
Algunos ejemplos de la repercusión de la medidas recogidas en la instrucción del Consejero de Acción Social y Deportes
Todos los ejemplos están basados en situaciones reales sucedidas desde que la instrucción entró en vigor el pasado 25 de enero.
Ejemplo 1: Una pareja con dos hijos, que únicamente percibe el subsidio por desempleo (426€) y paga 350€ de alquiler no podría en la actualidad disfrutar de estas ayudas, ya que se establece que todos los alquileres que superen el 60% de los ingresos de la unidad familiar (255€ en nuestro caso) se considerarán como no viables y por tanto no susceptibles de ayudas de urgencia.
De cumplir ese improbable requisito, la limitación de 4 meses de alquiler y de cuantía del mismo, suponen en la práctica dejar a las familias en un callejón sin salida que les lleva a la pérdida de su vivienda. Aún en el caso que tuvieran derecho a acceder a algún tipo de prestación social de carácter periódica como el Ingreso Aragonés de Inserción, los tiempos de resolución que superan los seis meses dejarían a nuestra familia sin vivienda.
Ejemplo 2: A una niña de 9 años de una familia de 5 miembros que se encuentra percibiendo el Ingreso Aragonés de Inserción (621€) se le diagnostica una sordera que está afectando a su rendimiento escolar y para la que precisa de un audífono (presupuestado en 1350€). Con la actual instrucción no hay solución posible para la familia. Ni siquiera tiene declaración de minusvalía (el proceso puede durar más de seis meses), por lo que no podría acogerse a las subvenciones que el IASS convoca una vez al año (tendría suerte si le coinciden las fechas).
Ejemplo 3: Supongamos que la familia del ejemplo 1, al no poder a las ayudas de urgencia para pago del alquiler decide destinar sus precarios ingresos al pago del mismo. Eso le supone dificultades para poder dar de comer a sus hijos (hay que añadir que se les denegó la beca de comedor). Sólo podría disponer de dicha ayuda cuatro meses al año.




