La Fiscalía ha pedido exonerar al PP del delito de daños informáticos y del de encubrimiento en el caso de la destrucción de los ordenadores del extesorero Luis Bárcenas. Según, han trasladado en el documento que han presentado consideran que no ha quedado acreditado cuál era la información que contenían ni que fuera “relevante” para el caso Gürtel.
Asimismo, al haberse retirado Luis Bárcenas del caso, el ministerio público considera que se debe aplicar la doctrina Botín. En otras palabras, que la acusación popular sólo puede actuar en un asunto cuando afecte al interés general en el caso de que no exista la acusación particular.
Bárcenas fue el primero en interponer la acusación dado que los ordenadores destruidos estaban en una sala de juntas de la sede central del PP donde trabajaba tras dimitir como senador. Al haber desaparecido su acusación particular, la Fiscalía considera que en este caso no concurre interés general que proteger por parte de las acusaciones de Izquierda Unida, Asociación de Abogados Demócratas por Europa (ADADE) y Observatori de Drets Humans.
Asimismo, la Fiscalía considera que el delito de encubrimiento del que se acusa al PP no es aplicable a una persona jurídica. No obstante, la magistrada del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, dictó el pasado 30 de noviembre la apertura del juicio oral contra la formación política, su tesorera Carmen Navarro, el informático José Manuel Moreno y el abogado de la formación Alberto Durán.
En el auto de la jueza se aclara que existían indicios de que los documentos del extesorero fueron eliminados “a conciencia” desde la sobreescritura de 35 pasadas hasta su “destrucción física”.

