La AN confirma también la decisión de De la Mata de archivar provisionalmente la causa contra Strawberry por el delito de "injurias a la Corona" al "no quedar suficientemente justificada la comisión de tal delito", según explican.
En un auto, los magistrados admiten parcialmente el recurso de la Fiscalía y acuerdan el pase a procedimiento abreviado de la causa por "enaltecimiento del terrorismo y vejación a las víctimas" (artículo 578 del Código Penal) para que las acusaciones puedan presentar sus escritos de calificación y pedir la apertura de juicio oral.
La resolución de la Sala sostiene que "la libertad de expresión está sometida a ciertos límites establecidos en la Constitución" y explica que “el tenor literal” de los mensajes publicados por Strawberry “no dejan lugar a dudas de su significado, por un lado de posible ensalzamiento del terrorismo (…) y por otro de supuesta humillación a concretas víctimas del terrorismo”.
