Debemos ser plenamente conscientes de que la actual fase de “desescalada” o “desconfinamiento” frente al SARS-CoV-2 (nombre del virus) que afrontamos en España entraña enorme complejidad y está plagada de muchísimos problemas.
Para hacernos una ligera idea de ello quizás sirva de ejemplo saber que, en esta fase, se podrá acceder a determinados archivos públicos para lo cual es necesario elaborar protocolos de préstamo de los documentos y de desinfección de éstos cuando el prestatario los devuelve. Cuando lo escuché tuve la impresión de ser una hormiguita enfrentada a una montaña de arena de enormes dimensiones.
Esta inmensa tarea es, además, inédita en la historia. Nunca, ningún país, ha tenido que afrontar semejante situación. Por eso las personas que, en general con ánimo destructivo, critican a este gobierno (o a cualquier otro de cualquier país) porque está improvisando no saben lo que dicen; naturalmente que está improvisando ¿acaso tienen ellas el manual de procedimientos frente a la enfermedad COVID-19 (nombre de la enfermedad)?
Una de las últimas y furibundas críticas es la lanzada contra la decisión gubernamental de tomar como referencia territorial para la aplicación de las fases de desescalada a la provincia. Y numerosas voces proponen como alternativa que se tome en su lugar al Área Sanitaria.
Aunque hay bastantes elementos comunes en el establecimiento de las Áreas Sanitarias en España cada Comunidad Autónoma las ha definido en su propia legislación desarrollando, en cada una de ellas, su propio Mapa Sanitario. El Área Sanitaria, Área de Salud, Región Sanitaria, Área de Gestión Sanitaria, Departamento Sanitario o Sector Sanitario (todas estas denominaciones recibe según comunidades) es una estructura administrativa delimitada geográficamente que se responsabiliza de la gestión de sus centros sanitarios (los dependientes del Sistema Nacional de Salud), de sus prestaciones y de sus programas sanitarios. Euskadi adoptó una denominación distinta: aunque tiene solo 3 áreas sanitarias (una por provincia) luego se dividen en 15 Organizaciones Sanitarias Integradas que son lo que se corresponderían con las Áreas de las demás CCAA.
Habitualmente cada Área Sanitaria está compuesta por varias Zonas Básicas de Salud que son demarcaciones de población capaz de proporcionar una atención de salud continuada, integral y permanente y que tienen un Centro de Salud y pueden tener varios consultorios rurales. Las Áreas Sanitarias tienen, también, al menos un Hospital General para atender a la población de su demarcación. Dadas las limitaciones de muchos hospitales generales (por su tamaño, por los servicios que poseen) para las prestaciones que no pueden solventar se adscriben a un Hospital de Referencia (que es un gran hospital con lo servicios más especializados y que atiende a grandes núcleos de población).
Cada Área Sanitaria, al igual que cada Zona Básica de Salud, está definida por límites territoriales que implican municipios enteros o partes de las ciudades delimitadas por calles; por ejemplo en la definición de una Zona Básica de Salud determinada de Zaragoza el decreto ley explicita que está delimitada por la calle Pablo Neruda, desde su cruce con la avenida de los Pirineos, hasta alcanzar la calle Guillén de Castro. Continúa por la calle Guillén de Castro hasta su cruce con la calle Ildefonso Manuel Gil. Sigue por la calle Ildefonso Manuel Gil hasta su cruce con la calle María Zambrano.
La delimitación del Área resulta de la suma de las poblaciones y territorios de todas sus Zonas Básicas de Salud que, en el caso del Sector Zaragoza 1 que hemos tomado como ejemplo, serían 6 zonas rurales y 7 urbanas con enormes diferencias de todo tipo: geográficas, climáticas, demográficas… En ocasiones estas delimitaciones dividen una calle entre números pares para un Área e impares para otra.
En resumen: la estructura básica de la organización territorial sanitaria en toda España es la Zona Básica de Salud al frente de la que hay un Centro de Salud y si esta zona tiene parte de territorio rural puede tener, además, uno o más consultorios rurales. Varias Zonas Básicas de Salud conforman un Sector Sanitario que tendrá un hospital comarcal o general. El Sector puede coincidir con el Área pero también hay Áreas que tienen varios sectores. El Área dispondrá, además, de un Hospital de Referencia.
En España hay 163 Áreas según el Ministerio de Sanidad dado que Madrid, por decisión de su gobierno regional, pasó de 11 Áreas a una sola Área.
Como fácilmente se puede deducir de lo hasta aquí dicho la diversidad de características entre las Áreas Sanitarias españolas es tremenda.
En la definición de las Áreas Sanitarias españolas (que han ido cambiando en el tiempo y lo seguirán haciendo porque el territorio y su ocupación y los criterios políticos y gerenciales evolucionan) entran conceptos adecuados a procurar la mejor asistencia sanitaria pero no están implicados otros conceptos que afectan a la organización el territorio.
Los gestores de las Áreas Sanitarias suelen ser personas (no hay una “carrera” ni un currículum que los defina) vinculadas al mundo de la dirección hospitalaria o de la Atención Primaria y son designados por la Consejería de turno. No tienen por qué tener ninguna formación ni experiencia específica, solo un título de licenciado superior. Y no tienen ninguna competencia sobre cualesquiera de los aspectos de su Área Sanitaria que no estén directamente implicados en la atención sanitaria. Es más, muchas Áreas Sanitarias ni siquiera tienen personalidad jurídica.
Las medidas que se tienen que ir adoptando en el actual proceso de desescalada afectan a muchísimos aspectos de la actividad de las personas sobre las cuales no tienen ninguna competencia los gerentes de las Áreas ni la configuración de las Áreas tuvieron nunca en cuenta esos factores.
Uno de los inconvenientes que tiene elegir como delimitación el Área Sanitaria es que ningún ciudadano, ninguno, conoce los límites exactos de su Área pero todos conocemos (y si no están perfectamente delimitadas por carteles en todas las carreteras) los límites de nuestra provincia, comarca o comunidad autónoma.
Para definir la limitación o no de la movilidad de las personas, la regulación del transporte, los límites territoriales en los que se pueden realizar determinadas actividades (tales como pasear, hacer deporte), la definición de las actividades comerciales que puedan realizarse, el uso de los transportes colectivos, las medidas de apoyo social a los colectivos más desfavorecidos, las normativas sobre la actividad escolar, etc., hasta las más nimias como la que mencionaba al comenzar este artículo (desinfectar el préstamo de la biblioteca) ¿el Área Sanitaria es la mejor delimitación geográfica que podemos elegir?
Para algunas puede que lo sea; pero para otras muchas está claro que no. Pero eso nos va a suceder con cualquier delimitación que elijamos porque en todas ellas vamos a encontrar ventajas e inconvenientes. ¿Alguien ha tenido alguna experiencia al respecto? Nadie ¿Alguien ha hecho una evaluación y comparación metodológicamente correcta para comparar el Área Sanitaria, con la provincia o con la Comunidad Autónoma? Nadie.
Entonces ¿a qué tanto ruido? Si no disponemos de datos fehacientes para decidir la excelencia e unas u otras ¿cuál es el objetivo de tan desproporcionada crítica?
Ninguna delimitación que escojamos garantiza la excelencia de la decisión. Por eso el Gobierno y los Gobiernos de las Comunidades haría bien en no tomar cualquier decisión en este sentido, de forma rígida y burocrática y tener una actitud absolutamente colaborativa y flexible sabiendo que en muchas zonas habrá situaciones concretas sobre las que habrá que tomar decisiones que pueden salirse de la norma general pero que son las deseables para resolver, de la mejor forma posible, el problema enfrentado. Nos va mucho en ello a todos.




