Está en tramitación en las Cortes Generales una modificación de la Ley Orgánica 5/2007 del Estatuto de Autonomía de Aragón por la que el número de escaños de las Cortes de Aragón se distribuirá estando representada cada provincia por un mínimo de catorce escaños, pudiendo valer el voto de la provincia menos poblada hasta tres veces el de la más poblada, algo claramente antidemocrático y que atenta contra el principio de igualdad de la ciudadanía.
La cuestión no supone una novedad. El 4 de enero de 1977, las Cortes –todavía franquistas- aprobaron la Ley 1/1977 para la Reforma Política (desarrollada con el Real Decreto-Ley 20/1977) estableciendo la provincia como circunscripción electoral y primando las menos pobladas (en principio, más conservadoras). La Constitución de 1978 (en el proceso constituyente fue este uno de los debates más prolijos) consagraría la provincia como circunscripción electoral tanto al Congreso como al Senado (arts. 68 y 69) y la legislación de desarrollo (LOREG 5/1985, de 19 de junio) mantenía un Congreso de 350 miembros, un mínimo inicial de dos diputados por provincia, sobrerrepresentando a las menos pobladas. Así, por ejemplo, en las últimas elecciones celebradas, cada uno de los tres diputados de Más Madrid/Compromís, que solo se presentó en circunscripciones urbanas y Castellón, representa a 186.370 ciudadanos mientras que ¡Teruel Existe! solo necesitó 19.761 votos para obtener un diputado. Casi diez veces menos. Paralelamente, 228.856 ciudadanos optaron por las candidaturas del PACMA, sin obtener representación. En el Senado se eligen cuatro senadores por provincia y uno por isla en listas abiertas independientemente de los habitantes de la circunscripción. Así, en la circunscripción más pequeña un senador representa 3.628 votos frente a los 1.226.205 votos que obtuvo el senador con más votos recibidos, por no hablar del caso de Podemos, cuyas candidaturas obtuvieron 5.988.688 votos y ningún senador.
Esta cuestión se trasladó miméticamente a Aragón, siendo uno de los debates más encendidos del proceso de elaboración del Estatuto. AP y UCD en la Mesa de la Autonomía celebrada el 6 de marzo de 1981 defendían la estricta igualdad interprovincial (ese era el punto de partida de la derecha aragonesa en ese momento), defendida con ardor por José Luis Casado (AP y hombre muy vinculado al anterior régimen) con argumentos basados en la "macrocefalia" de Zaragoza y los problemas que se suscitarían (a su juicio) en Huesca y Teruel si se optaba por una cierta proporcionalidad. La defensa de la igualdad de representantes por provincia por parte de UCD en la Asamblea Mixta de parlamentarios la asumió el entonces senador por Teruel, José Ángel Biel. En esa Asamblea Mixta de parlamentarios se unió a la representación de diputados igual para cada provincia el PAR, con Hipólito Gómez de las Roces (hombre muy vinculado al régimen franquista). Estos parlamentarios mantendrían sus enmiendas incluso en las Cortes Generales en el proceso de tramitación del Estatuto como Ley Orgánica. La izquierda, PSOE y PCE, siempre optaron por la proporcionalidad. Se llegó a una solución de compromiso: la cifra de habitantes necesarios para asignar un diputado a la circunscripción más poblada no superaría 2'75 veces la correspondiente a la menos poblada (art. 19 del Estatuto de Autonomía de 1982, mantenido en las sucesivas reformas). Comoquiera que hay partidos que no obtienen representación en las provincias menos pobladas y estos votos "se pierden", esa diferencia se incrementa. Así, por ejemplo, en las elecciones a Cortes de Aragón de 2015 el diputado de IU representaba a 27.936 ciudadanos y cada uno de los seis del Par a 7.596 (casi cuatro veces más).
Lamentablemente, esa idea –en principio propia de la derecha- ha calado profundamente en Aragón en los años de democracia. Tanto es así que cuando, por motivos estrictamente demográficos, la provincia de Teruel pasó a elegir 14 diputados (2003) hubo una reunión en la Diputación de Teruel de los cinco partidos con representación en las Cortes de Aragón en ese momento (PSOE, PP, Par, CHA e IU), quienes en un comunicado solicitaron que Teruel pasase a elegir 16 diputados. Es decir, lo que había sido una reivindicación de la derecha tardofranquista pasaba a ser del conjunto de las fuerzas políticas democráticas que se mostraron dispuestas entonces a cambiar, incluso, el Estatuto de Autonomía de Aragón exclusivamente en este punto.
Las Cortes de Aragón se harían eco. Tres años después, la cuestión se pondría de manifiesto en los debates de las Cortes de Aragón. Así, el 21 de junio de 2006 en el debate del dictamen de la Comisión Institucional sobre la propuesta de reforma del Estatuto de Autonomía de 1982, el diputado Antonio Suárez (PP) volvió sobre la cuestión, pero se prefirió dejar esta cuestión al margen del debate.
Pero la cosa no quedó allí. El 28 de junio de 2022 las Cortes de Aragón, con el voto favorable de todos los grupos (PSOE, PP, Cs, Podemos, Par, CHA y la ultraderecha) excepto IU, que se abstuvo, aprobaron el texto que está en tramitación parlamentaria en las Cortes Generales (con el voto a favor en el Congreso también de IU, por cierto, que ha cambiado la postura) por el que cada provincia estará representada, en todo caso, por un mínimo de 14 escaños y corresponderá a cada circunscripción electoral un número de escaños tal que la cifra de habitantes necesarios para asignar uno a la circunscripción más poblada no supere 3 veces la correspondiente a la menos poblada, reforzando considerablemente el voto de las zonas menos pobladas frente a las más pobladas.
Algo que atenta contra el principio de igualdad y de representación de toda la ciudadanía y que supone la asunción de un argumento de la derecha por parte de la izquierda.
Argumento falaz, por otra parte. Téngase en cuenta que nunca en más de cuarenta años, diez legislaturas en Cortes de Aragón y catorce en Congreso y Senado, los diputados y diputadas han votado en materia territorial rompiendo la disciplina de voto por su provincia de elección. Han votado siempre en función de lo que decidía su grupo parlamentario y jamás ha habido votos discordantes por motivos territoriales (sí por errores e incluso motivo ideológicos o estratégicos), pero un diputado de Soria, de Teruel, de Madrid o Zaragoza ha votado a favor o en contra de los intereses de su provincia en una iniciativa en función de la decisión de su grupo parlamentario.
Todo esto.... ¿es democrático? ¿respeta el principio de igualdad? ¿no supone un voto de calidad derivado del lugar en el que estés censado?. Creo que se debería reflexionar sobre la cuestión al margen de "lugares comunes".

