El 28 de noviembre el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) dictó una sentencia en la que desestima en su totalidad el recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la empresa Enerland Generación Solar 7, contra el acuerdo del Consejo de Urbanismo de Uesca del 26 de abril de 2023, por el que aprobó la modificación aislada número 27 del Plan General de Ordenación Urbana de Samianigo. La Plataforma en Defensa del Paisaje y la Vida en el Pirineo se personó como codemandada para defender las decisiones tomadas por la administraciones en este asunto frente al recurso de la empresa.
Enerland Generación Solar 7, es la promotora de seis parques fotovoltaicos en Samianigo que pretendía desarrollar en las localidades de Pardinilla y Borrés, en el término municipal de Samianigo, con una superficie aproximada de 100 hectáreas.
Para la plataforma esta "es una sentencia positiva ante los proyectos de grandes instalaciones fotovoltaicas", la decisión judicial refrenda los argumentos del Consejo de Urbanismo de Uesca y del Ayuntamiento de Samianigo, y de la propia entidad ciudadana en su posición de codemandada. La plataforma siempre ha defendiendo la competencia municipal para la regulación urbanística de estas grandes instalaciones en suelo rústico de modo que se garantice la protección del paisaje y la armonización de estas instalaciones con los usos y los medios de vida establecidos en su territorio, la sentencia supone un respaldo a esta posición.
Aún quedan por delante sentencias en otros tres procedimientos, en los que la entidad en defensa del paisaje y la vida en el Pirineo se ha personado también como codemandada.
Desde la misma quieren transmitir su "agradecimiento a todas las personas y organizaciones que nos han apoyado en este largo camino. Somos conscientes que este proceso no ha terminado. En este caso la justicia ha defendido los intereses empresariales y particulares de los habitantes del Pirineo, que buscan defender su paisaje y territorio como patrimonio común y principal medio de vida, en el sector primario y el turístico".





