Hace escasamente unos días, los servicios jurídicos de la Confederación General del Trabajo (CGT) informaban de un cambio jurisprudencial muy importante del Tribunal Supremo, Sala de lo Social en un procedimiento de casación para unificación de doctrina. En concreto, el STS 270/2022 que afecta a todas las personas con relación laboral “Indefinida no Fija” incluso en el Ayuntamiento de Zaragoza y así como en todas sus sociedades y patronatos. Este colectivo de trabajadores y trabajadoras, procedentes de empresas privadas, cuando pasan a tener como empleador al Ayuntamiento de Zaragoza, como consecuencia de la subrogación por transmisión, bien por una cesión ilegal de trabajadores u otras casuísticas legales, adquieren la figura laboral de “Indefinido no fijo” , donde los presupuestos generales del año 2017-2018 obligaban a sacar en oferta de empleo publico, todas estas plazas para su regularización.
Pues bien, esta sentencia de Unificación de Doctrina de la sala de lo social del Tribunal Supremo, en una clara exposición, basada en la sentencia Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 13 de junio de 2019, referida a un caso en Portugal, afirma que la Directiva 2001/23/CE establece la subrogación en los mismos términos que el Estatuto de los Trabajadores viene a regular esta situación. Para CGT esta sentencia “zanja de forma clara y contundente cual debe de ser el camino, eliminando esa obligación que venían en los presupuestos de Montoro de los años 2017 y 2018, eso si, con matices”.
Además, advierten de que “no estamos ante un debate de acceso al empleo público sino de asunción de relaciones laborales ya constituidas subrogándose necesariamente la Administración pública en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior titular privado”.
Y añaden, “la fijeza no está adquirida incondicionadamente en todo el ámbito de la empleadora, sino funcionalmente limitada al objeto de la transmisión”.
Ante esta grave situación que acaba de aflorar hay tres tipos de trabajadoras y trabajadores “Indefinidos no Fijos” en el Ayuntamiento de Zaragoza. Quienes provienen de una cesión ilícita sin tener su situación judicializada, explica CGT, tienen que hacerlo de forma inmediata con dirección letrada especializada, para obtener la fijeza de forma automática.
Quienes provienen de una cesión ilícita con situación judicializada tienen que poner su situación en conocimiento de su despacho de abogados para que obren en consecuencia y conforme a la nueva doctrina fijada por el supremo se aporte a su procedimiento concreto escrito. Por último, quienes que provienen de una cesión ilícita , que vayan a ser cesados, deben de alegarlo en su cese.
“La polémica no acaba aquí”, denuncia CGT, “en el Ayuntamiento de Zaragoza, a día de hoy, siguen existiendo multitud de relaciones laborales en servicios no privatizados con personal laboral de empresas externas realizando funciones que les corresponden a funcionarios públicos, donde con esta sentencia del Tribunal Supremo, les podría ser se aplicación de forma directa la regularización de su situación laboral”.
Asímismo, el sindicato asegura que aunque el empleo publico debe de ser realizado por personal público por los métodos de acceso establecidos y constitucionales de igualdad, merito y capacidad, las personas que ya accedieron y que se encuentran en abuso de temporalidad o con contratos “Indefinidos no Fijos” “tienen que ser regularizados ante el ordenamiento jurídico nacional y europeo”.

