Han sido citados ya como partes demandadas el Ayuntamiento de Zaragoza y la Diputación General de Aragón. Los actores son varias decenas de temporales y ASPERTIC en su calidad de Autoridad de Protección de ámbito europeo en temas de la Directiva 2019/1937.
Los magistrados de esta Sala Segunda dictaminarán si los procedimientos y oposiciones abiertos deben suspenderse y no iniciar ninguno nuevo hasta la resolución de las más de veinticinco cuestiones prejudiciales que quedan por resolver y además, analizarán si las convocatorias presentes y futuras se ajustan a la legalidad europea.
Esta directiva también conocida por su traducción al inglés, como Directiva "Whistleblowers" o de alertadores de irregularidades, está diseñada para blindar las denuncias y proteger a las personas que denuncian mediante canales especiales, llamados buzones.
Son obligados ya a tener estos canales todas las administraciones, sin excepción, así como todas las empresas públicas y todas las privadas de más de 50 trabajadores, que han de permitir, anónimamente o no, proteger de represalias a las personas que denuncian y a sus familias, y que se cumpla la norma europea en primer lugar.
La prohibición de represalias para las personas que denuncian viene expresamente dispuesta en el artículo 19 de la directiva, desarrolladas a lo largo de 15 puntos, donde, por poner unos breves ejemplos, se impide el despido, sustitución, destitución o medidas equivalentes del personal denunciante o discriminación o trato desfavorable o injusto.
Es Aspertic quien, como autoridad europea en tema de la Directiva dictamina en cada caso qué medidas deben ser las adecuadas para proteger a quien denuncia una infracción del Derecho de la Unión. El tribunal valora la resolución y las medidas, y si las encuentra ajustadas a derecho las hace efectivas.
Así, no solo se protege activamente a la persona denunciante de corrupción, sino que aparece como novedad la “inversión de la carga de la prueba”, ahora, bajo este procedimiento quienes denuncian no tienen que demostrar la comisión de una infracción, sino que los demandados tendrán que acreditar que siguen escrupulosamente el literal y el sentido del Derecho de la Unión, que debe aplicarse prevalentemente al Derecho nacional.
La puesta en marcha de procedimientos, utilizando un buzón de denuncias externo, de Aspertic, primera institución reconocida, no es algo nuevo, donde realmente está la innovación y la apertura de una nueva vía jurídica, para un colectivo en fraude de ley que puede superar con creces los y las 800.000 trabajadoras, es su aplicación bajo la directica 2019/1937, personal público en abuso de temporalidad, interino o laboral, donde sus administraciones incumplen sistemáticamente el derecho de la Unión Europea.
Denunciar esta situación, bajo un buzón de denuncias, como ha hecho el personal aragonés, abre un camino de protección al alertador contra ceses y despidos hasta que se aclaren las cuestiones prejudiciales en Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).