El juez del juzgado de instrucción número 18 de València que investiga el "caso Imelsa" imputa al PP por blanqueo y cita de nuevo a cuatro investigados por su "proximidad" al dinero supuestamente ilícito.
Se trata del concejal Alfonso Novo; la exedil María José Alcón; la exsecretaria del grupo municipal María del Carmen García Fuster y su secretaria, citados para 8 de abril.
El juez ha prorrogado un mes más el secreto de la pieza principal hasta el 14 de abril y alza el de la pieza separada de blanqueo en la que figuran como investigadas 49 personas entre ediles -todos excepto el independiente Eusebio Monsó-, exconcejales y asesores. El resto del caso permanece bajo el secreto sumarial.
Asimismo, el magistrado ha ofrecido declarar a la exalcaldesa y actual senadora Rita Barberá antes de decidir si eleva al Tribunal Supremo la causa abierta por blanqueo al grupo municipal popular en el consistorio.
También ofrece declarar al diputado autonómico Miguel Domínguez antes de decidir si eleva al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana la causa, según ha informado el TSJCV en su cuenta de Twitter.
“Con la imputación del PP de València por blanqueo se demuestra que ‘no son casos aislados”
“El Partido Popular nacional fue el primer partido imputado en la historia de la nuestra democracia y ahora el Partido Popular de la ciudad de Valencia también lo está por un presunto delito de blanqueo de capitales, después de que lo fueran todos sus concejales –excepto uno-, y asesores. Esto demuestra que no se trata de ‘manzanas podridas’ ni de ‘casos aislados’”, afirma la diputada por EUPV, Rosa Pérez Garijo, denunciante del caso Taula.
“La corrupción es el sistema”, prosigue la diputada de la formación de izquierdas, para quienes “el Partido Popular ha sido el engranaje de ese sistema”. En su opinión, “los valencianos y las valencianas están sufriendo un ‘Tangentópolis’ propio, como en Italia en los años 90”.
Según Pérez Garijo, “la ciudadanía valenciana ha sido la gran perjudicada de esta presunta trama mafiosa en forma de deuda, recortes y un lamentable estado de los servicios públicos. Aun así, igual que hemos trabajado para echar los corruptos de las instituciones, ahora estamos trabajando de lo lindo para revertir la situación y tener unos servicios públicos de los cuales sentirnos orgullosos”, ha añadido la diputada delegada de inclusión social, teatros y memoria histórica de la Diputación de Valencia.
EU entrega al Juzgado un informe jurídico que avala la contratación de asesores en Imelsa
Por su parte, ante las informaciones aparecidas el pasado jueves 10 de marzo en las que se afirmaba que la Fiscalía Anticorrupción y el Juez titular del Juzgado de Instrucción número 18 iban a solicitar informe a la Inspección de Trabajo sobre la legalidad de las contrataciones de personal de confianza por parte de la empresa pública Imelsa, dependiente de la Diputación, Rosa Pérez Garijo, solicitó opinión jurídica al Catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universitat de València, Carlos Alfonso Mellado, que ha sido presentada a primera hora de este lunes ante el Juzgado que instruye el caso Taula.
El documento concluye estableciendo que la contratación de asesores es legal y que puede realizarse al margen de los principios de igualdad, mérito y capacidad por implicar una relación de confianza. No obstante, la diputada de la formación de izquierdas insiste en el hecho que “la responsabilidad de contratar era del Gerente, que era quien firmaba los contratos, que los consejeros no tenían ninguna competencia al respecto, dado que su competencia se limitaba a dar el nombre del asesor”.
Según la opinión de quien fuera Decano de la Facultad de Derecho y auténtica eminencia en materia laboral, “el órgano de gobierno que estatutariamente resulte competente en una sociedad mercantil de capital público dependiente de una Entidad Local puede acordar contratar personal porque preste servicios de asesoramiento al consejo de administración, en su conjunto o a uno o diversos consejeros”.
La opinión del reconocido jurista se apoya en diversas sentencias del Tribunal Supremo que evidencian que tradicionalmente estos puestos de asesoramiento han existido en las sociedades mercantiles de capital público -en el caso dependientes ambas de una entidad local-, y que las razones de confianza política llevaron a la contratación sin proceso selectivo, sin que ello merezca objeción jurídica ninguna.
Aún así, Pérez Garijo insiste en el hecho que “la responsabilidad de contratar era del Gerente, que era quien firmaba los contratos, que los consejeros no tenían ninguna competencia al respecto, dado que la su competencia se limitaba a dar el nombre del asesor”.




