El Gobierno español prohíbe por ley los despidos por fuerza mayor y otras causas por la crisis del COVID19

El Consejo de Ministros y Ministras también ha dado luz verde a la revisión "de oficio" de todos los ERTE que se están aprobando estos días de forma que, si a posteriori se observa algún tipo de fraude, se obligará a las empresas a devolver "hasta el último céntimo de euro" del que se hayan beneficiado. Para el sindicato CNT Teruel el anuncio de la ministra de Trabajo es "pura propaganda".

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Foto: Vicepresidenta Yolanda Díaz. Archivo Ministerio de Trabajo

El Consejo de Ministros y Ministras ha aprobado este viernes prohibir por ley el despido por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción, tal y como ha informado la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, quien ha matizado que esta medida se articulará a través de una cláusula que impedirá despedir en un "elenco muy importante de supuestos".

Díaz ha explicado que esta prohibición, que tendrá vigencia desde este viernes y no tendrá efectos retroactivos, se implanta porque ya se ha entregado a las empresas un mecanismo excepcional como son los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTE) para realizar los ajustes temporales pertinentes durante la crisis sanitaria sin destruir puestos de trabajo.

Es decir, esta medida no afecta a las y los trabajadores a los que echaron antes del sábado 28 de marzo ni a aquellos que se queden sin trabajo por razones distintas, tal y como explica la periodista Eva Belmonte en Civio.

"Nadie puede aprovecharse de esta crisis para despedir", ha subrayado la ministra de Trabajo, y ha recordado que las empresas no deben extinguir tampoco contratos temporales, sino interrumpirlos, ya que la crisis es sólo un paréntesis que acabará pasando. Yolanda Díaz ha aseverado que, al margen de esta prohibición, en caso de impugnaciones ante la Justicia, serán los tribunales los que decidan la procedencia o improcedencia de un despido. "No hay que confundir las causas de un despido con su calificación", ha recalcado.

También el Consejo de Ministros y Ministras ha dado luz verde a la revisión "de oficio" de todos los ERTE que se están aprobando estos días de forma que, si a posteriori se observa algún tipo de fraude, se obligará a las empresas a devolver "hasta el último céntimo de euro" del que se hayan beneficiado, incluyendo las prestaciones por desempleo de los trabajadores y trabajadoras afectadas.

"El anuncio es pura propaganda"

Para el sindicato CNT Teruel el anuncio de la ministra de Trabajo es "pura propaganda". "Es mentira que se hayan prohibido los despidos, sólo se han encarecido en algunos supuestos", denuncia. "No sólo se sigue pudiendo despedir (simplemente asumiendo la improcedencia) sino que sigue pudiéndose despedir por causas objetivas no relacionadas con la crisis sanitaria. Y lo mismo para la extinción de contratos temporales, si dicha extinción no tiene relación con la crisis sanitaria, no hay impedimento alguno en este decreto", añade CNT.

En opinión del sindicato, "se está dejando a mucha gente atrás, a quienes han sido despedidos en estos 15 días, y también a quienes van a seguir siendo despedidos con una indemnización miserable. Además de a las empleadas de hogar, que ni siquiera tienen derecho a prestación por desempleo". CNT advierte de que "las empresas seguirán despidiendo y en todo caso serán despidos improcedentes empezando por los que menos antigüedad tengan. Con una mayoría de contratos temporales, 33 días de salario por año trabajado no tiene ningún efecto disuasorio".

El sindicato expone que para prohibir el despido "deberían articularse medidas que no contiene el decreto, como reimplantar los salarios de tramitación y que sea el trabajador quien decida entre indemnización o readmisión en caso de despido improcedente". En cuanto a los contratos temporales, CNT asegura que "la medida más efectiva sería reforzar la presunción de que todo contrato de trabajo es indefinido, y que en caso contrario sea necesario acreditar objetivamente la temporalidad, antes de validar ninguna clase de contrato distinto del fijo".

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