El Gobierno español activa un acuerdo de 1992 para expulsar a 116 personas a Marruecos

“Debido a la celeridad con que se llevan a cabo, difícilmente pueden garantizar el acceso a un procedimiento individualizado con todas las garantías, y por tanto, a una asistencia letrada y de intérprete de calidad, así como a una identificación adecuada de potenciales solicitantes de asilo”, explican desde Amnistía Internacional

Foto: La Marea

Un total de 116 personas que saltaron el pasado miércoles la valla de Ceuta ha sido expulsados este jueves en virtud de un acuerdo bilateral que el Estado español firmó con Marruecos en 1992. Esta es la primera vez que es utilizado para expulsar a quienes saltan la valle y raramente con personas subsaharianas ya que se limitaba para la devolución de marroquíes.

Según el Ministerio de Interior, el procedimiento se ha llevado a cabo de manera individual y con asistencia letrada y sanitaria. El propio ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, contacto con la Policía en Marruecos para pedir celeridad en la identificación, apertura y tramitación de los expedientes de devolución, según han trasladado fuentes presentes en el proceso.

"Fue increíble cómo la Policía promovió, hizo todo, y gestionó todos los expedientes de devolución para que los letrados hicieran directamente toda la documentación necesaria de registro de estas personas", han asegurado después de aclarar que llamaron a todos los y las abogadas de oficio de las siguientes 48 horas para pedirles que acudieran a la comisaria.

Para Amnistía se están violando sus derechos

“Nos preocupan gravemente estas prácticas porque podrían suponer una violación de derechos humanos de las personas migrantes y posibles solicitantes de asilo. Debido a la celeridad con que se llevan a cabo, difícilmente pueden garantizar el acceso a un procedimiento individualizado con todas las garantías, y por tanto, a una asistencia letrada y de intérprete de calidad, así como a una identificación adecuada de potenciales solicitantes de asilo, menores extranjeros no acompañados o miembros de colectivos con necesidades específicas como las personas LGBTI”, ha asegurado Esteban Beltrán, director de AI España.

Además, en virtud del Acuerdo con base en el que se estarían llevando a cabo estas expulsiones, estas personas deberán ser enviadas a su Estado de origen o al Estado donde comenzaran su viaje, en caso de no tener derecho a permanecer en territorio marroquí.

Esta práctica conlleva, según explica Amnistía Internacional, el riesgo de que estas personas, por tanto, sean expulsadas de manera ilegal, vulnerándose así el principio de no devolución (art. 3 Convenio Europeo de Derechos Humanos; art. 57.6 de la Ley de Extranjería), por el riesgo de sufrir violaciones de derechos humanos en Marruecos, países de origen, o en los países donde hubieran comenzado su viaje.

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