El Colegio Profesional de Trabajo Social en Aragón ofrece una visión crítica sobre el Ingreso Mínimo Vital y propone posibles soluciones

Lo hacen con un informe en el que vuelven a manifestar de forma breve y resumida, la realidad detectada por las y los profesionales de Trabajo Social en la atención diaria en relación al IMV. Profesionales que deben atender a usuarios y usuarias desde los Servicios Sociales Generales y del tercer sector para cubrir una situación de precariedad económica y social que debería cubrir el IMV.

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Foto: @CPTSAragon

El Colegio Profesional de Trabajo Social en Aragón ha mantenido una reunión con la Dirección del INSS en Zaragoza para trasmitirle las dificultades que está teniendo la ciudadanía a la hora de solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV) y que los y las profesionales del Trabajo Social están detectando.

Asimismo, ponen en valor la colaboración de dicha Dirección al reunirse con los diferentes agentes sociales que de una manera u otra están implicados en ello y su compromiso de estudiar sus propuestas. Dicho informe se ha remitido también a las Direcciones de Uesca y Teruel.

Desde el Colegio Profesional de Trabajo Social en Aragón hacen referencia a los problemas vinculados respecto a los desajustes en la gestión del IMV e IAI y la promulgación de la prestación complementaria con la gestión y facilidad de acceso a la misma, "ya que son muchas las dificultades e impedimentos" a la hora de acceder, entender y comprender considerando la brecha digital en el perfil de persona beneficiaria; la falta de actualización económica de la situación de las familias y la ciudadanía; y la lentitud en la resolución de los expedientes en el cruce de datos aportados por el territorio en los perceptores del Ingreso Aragonés de Servicios Sociales.

Del mismo modo afirman conocer que el propio Gobierno español "es consciente de todos estos problemas y que ha tomado algunas medidas, pero consideramos, que son insuficientes ya que existe una realidad tanto en la gestión como en el contenido propio de la prestación que siguen exponiendo a los ciudadanos y a las familias a una situación de vulnerabilidad grave".

En este informe vuelven a manifestar de forma breve y resumida, la realidad detectada por las y los profesionales de Trabajo Social en la atención diaria en relación al IMV. Profesionales que deben atender a usuarios y usuarias desde los Servicios Sociales Generales y del tercer sector para cubrir una situación de precariedad económica y social que debería cubrir el IMV.

Gestión y consulta

En concreto, lo que observan es, dividido en tres bloques principalmente, cuestiones sobre gestión y consulta. Aquí inciden en el retraso en la resoluciones, generalmente no se tiene respuesta en tres meses. Subrayan que la Línea 900 no es eficaz, al existir dificultad de acceder y gestionar la cita previa así como de resolver dudas a través de dicha línea y de internet. "Hay días y semanas que la cita previa no ha funcionado a través de esta vía".

También encuentran dificultades para la tramitación online por cuanto desde algunos móviles no se pueden generar los formatos requeridos. También es una dificultada añadida a la hora de completar el expediente (formatos jpg). Denuncian falta de recursos humanos: cierre de oficinas sobretodo en el medio rural y/o colapso en muchas otras. "Debemos considerar que existe una brecha digital en la ciudadanía que hace necesaria la atención presencial. Esta carencia es clave, confunde y desorienta a los ciudadanos los cuales deben recurrir a otros servicio y espacios públicos como servicios sociales, entidades sociales e incluso gestorías para solicitar, explicar e incluso reclamar resoluciones injusta", apuntan.

La falta de accesibilidad por el idioma es otro de los problemas. "Nos encontramos la barrera del idioma a la hora de tramitar". Establecimiento en las resoluciones los motivos fehacientemente de denegación, especificando no sólo por superar baremos, si no computo y conceptos. Al igual que otras prestaciones. Confusión en la población sobre si se puede seguir percibiendo la ayuda por hijo o hija a cargo del 33% de discapacidad o no. Sensación de desinformación por parte de la seguridad social (no resuelven dudas sobre los expediente). Problemas para la consulta de expedientes y estado de tramitación.

Al mismo tiempo, señalan que para realizar consultas sobre el estado de tramitación, solamente se puede buscar por el código y no hay otras opciones para realizar consultas. "Debería ampliarse por DNI u otros filtros", matizan. Aparecen dificultades para saber si un usuario o usuaria que va a solicitar la prestación lo tiene tramitado de oficio o si se lo han tramitado otras personas, etcétera. En este sentido, puede haber duplicidades al no tener acceso a esta información.

También preocupa el número de solicitudes concedidas respecto a las denegadas y tramitadas. Esto supondría revisar el fin último y el objetivo de la prestación en sí. La demora en la coordinación interinstitucional entre Gobierno de Aragón y el INSS genera situaciones de carencias en las familias. E insisten en la necesidad de canalizar, facilitar y actualizar los expedientes a las situaciones reales y cambiantes en un tiempo rápido prudencial, aproximadamente en un mes desde que se comunicara.

Prestación y cuantías

Reclaman desde el Colegio Profesional de Trabajo Social en Aragón la necesidad de baremar y actualizar a la situación real, en el momento de la tramitación. Que la baremación económica se realice con la renta del 2019 supone un grave problema. No se valora la situación actual por lo que las personas que están en situación vulnerable actualmente no tienen derecho a nada. Por ejemplo: familias con AAIF y subsidio. Se les ha acabado el subsidio y debido a que el año pasado habían trabajado, les han concedido importes bajísimos de IMV (160€ uno en concreto) y por consiguiente le retiran AAIF. "Por lo que esta familia de cinco miembros tiene que vivir con un IMV de 160 euros".

"Entendemos, que si en la solicitud hay un apartado para declarar los ingresos del año 2020, se deberían tener en cuenta. No sabemos cómo va a computar la recepción de RAI u otras prestaciones para el cómputo de ingresos aunque en el año en curso no se reciba".

Contenidos y requisitos

Aseguran que no se consideran el IMV en unidades familiares de convivencia formadas por dos unidades familiares. Por ejemplo: conviven dos personas sin vínculos entre sí. La cuestión de la monomarentalidad no se ajusta a la realidad. "Si hay padre, aunque no pague o no contribuya a alimentos no se considera y debería tenerse en cuenta".

Denuncian que no se tienen en cuenta las demandas de divorcio presentadas y que todavía no están resueltas. Consta la unidad familiar junto con el esposo, con el que ya no se convive.

"Observamos que documentación que se ha dado por buena para el reconocimiento del IAI, no es así para el IMV, sobre todo en lo que respecta a Declaraciones Juradas relativas a temas de empadronamientos, convivencias, parejas que legalmente no está constituidas".

Respecto a la concesión de oficio a las personas beneficiarias de prestación familiar por hijo o hija a cargo no se le han reconocido a todos y se desconocen los criterios para su concesión. "Los que les han venido aprobados no disponen de código y tampoco se puede acceder al expediente. Hay casos que se les ha concedido un importe inferior a IAI y no se puede presentar reclamación sin el código de referencia".

Propuestas

Desde el Colegio Profesional de Trabajo Social en Aragón, tras analizar todas las aportaciones de los colegiados, resumidas y manifestadas en dicho informe proponen que se tenga en cuenta los aspectos formulados y expuestos en beneficio de la ciudadanía y en la medida de lo posible se trasladen o se resuelvan dentro de su competencia territorial.

También proponen que en el caso que se considere necesario y operativo, poder establecer un canal de coordinación entre el colegio Profesional y las Direcciones Provinciales del INSS como canalizadores de las realidades detectadas en todo lo referente al IMV.

Y finalmente la aceptación de la prescripción facultativa del Trabajador o Trabajadora Social de referencia en situaciones específicas complicadas y dudosas, como documento válido en la resolución del expediente.

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