El arzobispo de Zaragoza declara ante los tribunales por espionaje

El juzgado ha desestimado el recurso presentado por el arzobispado de Zaragoza en el que solicitaban el sobreseimiento de la causa por la “repercusión social” que pudiera conllevar la declaración

Vicente Jiménez, arzobispo de Zaragoza. Foto: Wikipedia

Vicente Jiménez, arzobispo de Zaragoza, está llamado a declarar este viernes ante el titular del Juzgado de Instrucción número 11 de la capital aragonesa al ser investigado –anteriormente denominado imputado- por un episodio de espionaje.

Al parecer, el prelado accedió al contenido de determinadas conversaciones del ordenador de la exnotaria de la Diócesis aragonesa, María del Carmen Amador. Asimismo, también se les tomará declaración al ecónomo del arzobispado Ernesto Meléndez y al perito informático Jorge Pina.

La denuncia interpuesta por la exnotaria de la Diócesis contempla cómo el disco duro de su ordenador fue extraído cuando trabajaba para el arzobispado, a raíz de un asunto que se estaba investigando, y fue cuando tuvo conocimiento de que habían accedido a sus conversaciones privadas de WhatsApp en el ordenador por orden del prelado.

A su juicio, se podría haber vulnerado la obligación de guardar secreto sobre información personal que hubiera podido conocer en dicho empleo. Por su parte, el juzgado ha desestimado el recurso presentado por el arzobispado de Zaragoza en el que solicitaban el sobreseimiento de la causa por la “repercusión social” que pudiera conllevar la declaración.

Al mismo tiempo, el juez advierte que la propiedad del equipo informático por parte del empleador “no conlleva dejación del derecho a la intimidad de la usuaria del mismo respecto de las conversaciones privadas de ella provenientes de un terminal de telefonía móvil particular".

Además, señala que el acceso al ordenador se produjo sin el conocimiento de la denunciante y antes de su despido, por lo que establece la existencia de “indicios de injerencia en el derecho a la intimidad de los partícipes de tales conversaciones, que en modo alguno habrían autorizado el acceso a las mismas".

"Indicios que en principio no quedan desvirtuados por el hecho que el fin último pudiera ser la aportación de dicha información a un proceso canónico", subraya el juez instructor del caso, quien considera que los hechos pueden constituir un presunto delito contra la intimidad.

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