El anterior gobierno municipal de Zaragoza continúa asignando puestos de trabajo “de libre designación”

El BOPZ de ayer, viernes 19 de junio, publicaba un Decreto de la ex concejala de Participación Ciudadana y Régimen Interior del Ayuntamiento de Zaragoza que resuelve un procedimiento de libre designación de un puesto de trabajo

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Con fecha de 9 de junio de 2015, pero publicado ayer, el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza recoge un Decreto de la ex concejala de Participación Ciudadana y Régimen Interior del anterior gobierno municipal de Zaragoza en el que se asigna por “procedimiento de libre designación” el puesto de trabajo de la Unidad Técnica Interadministrativa de la Oficina Técnica de Planificación y Programación de los Servicios Sociales Municipales.

Esta publicación, que hace oficial la adjudicación de este puesto de trabajo, cuenta además con el rechazo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, que ya sentenció “anulando el sistema de libre designación establecido en el Pacto-Convenio” como consecuencia de un recurso de reposición presentado por el sindicato OSTA.

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de la Sala de lo Contencioso Administrativo (Sección 2ª), de fecha 5 de mayo de 2015, estimó el recurso 219/2012, interpuesto por la Organización Sindical de Trabajadores de Aragón (OSTA), fallando en los siguientes términos:

PRIMERO.- Estimando parcialmente el recurso nº 219/2012, interpuesto por la ORGANIZACIÓN SINDICAL DE TRABAJADORES DE ARAGÓN (OSTA), se anula y deja sin efecto la Disposición Adicional Tercera párrafo 3º, en relación a la alusión que se hace de las Jefaturas de Servicio como parte integrante de la estructura directiva y forma de reducción.

SEGUNDO.- Se anula y deja sin efecto el párrafo 2º del artículo 25, así como el párrafo 4º de la Disposición Adicional Tercera, en cuanto al establecimiento del sistema de libre designación para la provisión de puestos de trabajo del nivel de complemento de destino de 28 a 30, así como chóferes del personal político.

Preceptos todos ellos del Acuerdo de 23 de marzo de 2012, adoptado por el Gobierno del Ayuntamiento de Zaragoza de aplicación al personal funcionario para el período 2012-2015, manteniendo las disposiciones referidas en la parte no anulada.

El sindicato OSTA no firmó en su momento el Pacto Convenio de 2012-2015 del Ayuntamiento de Zaragoza, “entre otras razones, además de la pérdida de derechos económicos y laborales de los empleados municipales, porque no considerábamos procedente, como así nos han dado finalmente la razón los tribunales, el sistema de provisión de los puestos de trabajo 28 a 30”, indican.

Asimismo, OSTA interpuso un “Recurso Potestativo de Reposición contra el Decreto de la Consejera de Participación Ciudadana y Régimen Interior, de 7 de abril de 2015, por el que se convoca y aprueban las bases para la provisión del puesto de trabajo Unidad Técnica Interadministrativa de la Oficina Técnica de Planificación y Programación de los Servicios Sociales municipales por el procedimiento de libre designación”, puesto de trabajo al que hacen referencia tanto la publicación del BOPZ como la sentencia del TSJA.

Por todo ello, OSTA exige “como es obligatorio por parte del Ayuntamiento, la ejecución de dicha Sentencia, sin perjuicio de que los servicios jurídicos del Sindicato valoren iniciar otras acciones legales”, concluyen desde el sindicato.

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