Cuaderno jurídico para conocer a fondo la Reforma Laboral

El sindicato CGT, ha sacado a la luz un interesante análisis jurídico y sindical de urgencia sobre la Reforma Laboral. En ese cuaderno podemos encontrar los puntos más "peliagudos" que conllevan esta reforma: Despido procedente: aquí cabe todo ya sean causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y de manera individual o colectiva. La baja médica justificada entre 9 y 20 días es causa de despido. Todo ello por 20 días de indemnización por año trabajado y con 12 mensualidades como tope. Despido improcedente: pasa de 45 días por año y 42 mensualidades a 33 días y 24 mensualidades. Se eliminan …

El sindicato CGT, ha sacado a la luz un interesante análisis jurídico y sindical de urgencia sobre la Reforma Laboral. En ese cuaderno podemos encontrar los puntos más "peliagudos" que conllevan esta reforma:

Despido procedente: aquí cabe todo ya sean causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y de manera individual o colectiva. La baja médica justificada entre 9 y 20 días es causa de despido. Todo ello por 20 días de indemnización por año trabajado y con 12 mensualidades como tope.

Despido improcedente: pasa de 45 días por año y 42 mensualidades a 33 días y 24 mensualidades. Se eliminan los salarios de tramitación.

ERE´s: ya no serán supervisados por la administración ni necesitarán acuerdo. Se pondrán en marcha en 15 días y la empresa despedirá a quién quiera con 20 días por año y un máximo de 9 mensualidades. Será FOGASA quién cargue con una parte de la indemnización. Los empleados públicos podrán ser despidos por causas económicas.

Contrato de aprendizaje: será con una duración de entre 1 y 3 años. Podremos ser aprendices hasta los 33 años. Este contrato será bonificado con dinero público.

Contrato para PYMES: El salario se completará con parte del desempleo del contratado. Tendrá un periodo de prueba de 1 año. Este contrato será bonificado con dinero público.

ETT´s: se convierten en agencias de colocación y actuarán como lo hace el antiguo INEM.

Contratos a tiempo parcial: a partir de ahora será legal la realización de horas extras por lo que se potencia esta forma de contratación precaria.

Flexibilidad: desaparecen las categorías profesionales permitiendo el “chica/o para todo”. La empresa distribuirá irregularmente al menos el 5% de nuestra jornada de trabajo anual.

Convenio Colectivo: las empresas podrán dejar sin efecto el convenio alegando causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y cambiarlo a su antojo hasta la negociación de uno nuevo. Los convenios de empresa tendrán prioridad sobre cualquier otro y su ultraactividad será de 2 años.

Estos son solo algunos ejemplos, en el cuaderno se nos desvelan más detalles imprescindibles para estar bien informadas.

Para descargarte el Cuadernillo aquí.

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