Chunta Aragonesista critica que en el convenio firmado por la alcaldesa de Uesca, Ana Alós, y Francisco Bono, Consejero de Economía y Presidente del Consejo de Administración de SODIAR, el Ayuntamiento asuma la parte que debería corresponder a dicha sociedad sin obtener ninguna fuente de financiación adicional.
SODIAR, Sociedad para el Desarrollo Industrial de Aragón, es un instrumento del Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón concebido para dinamizar la actividad empresarial, participando en iniciativas que aporten inversión y sean generadoras de empleo. La actividad de SODIAR se centra en la promoción de inversiones en Aragón y en la participación, en su caso, en el capital de sociedades a constituir o ya existentes, prestando su apoyo como un socio activo y emprendedor a estas sociedades participadas. SODIAR presta diferentes servicios entre los que está el apoyo a la financiación de proyectos mediante su participación en el capital y, eventualmente, concediendo préstamos a sus empresas participadas. La Sociedad está participada por el Gobierno de Aragón en un 67,73% y el resto de socios son Ibercaja (13,51%), Cajatres (6%), BBVA (4,13%), Barclays Bank (3,75%) y Bantierra (4,88%).
El 28 de diciembre de 2012 se firmó el Convenio de colaboración entre el Ayuntamiento de Uesca y SODIAR para la creación y dotación del Fondo de apoyo a empresas y emprendedores de Uesca, cuyo objeto es apoyar la financiación de proyectos empresariales, existentes o de nueva creación, que tengan un centro de trabajo en la ciudad de Uesca o tengan prevista su apertura. Para ello el Ayuntamiento destinó 85.000€ en 2012 y la misma cantidad en 2013 para transferir fondos a SODIAR que formalizará en su nombre la operación de participación en el capital de las empresas y/o concesión de préstamos participativos. Hay que señalar que es la misma SODIAR, quién por el Convenio acordado gestiona las solicitudes analizando y valorando la viabilidad técnica, así como determinando la forma y condiciones de financiación o participación el Ayuntamiento de Uesca en el proyecto.
Por otra parte, los rendimientos que las operaciones devenguen durante el primer año de su formalización quedaran en poder de SODIAR para hacer frente a los gatos de gestión, administración y formalización de las operaciones concedidas; y a partir del segundo año y sucesivos se distribuirán al 50% entre SODIAR y el Ayuntamiento de Uesca.
Este modelo de ayuda a las empresas es un modelo con el que Chunta Aragonesista no está de acuerdo, porque que soslaya el principio de libre concurrencia y limita el control del Ayuntamiento, pero además en este Convenio el Ayuntamiento asume el papel que debería corresponder a SODIAR, esto es, aportar el dinero para financiar empresas cuando dicha Sociedad está participada en una tercera parte por entidades bancarias. Aunque SODIAR actúa como mero agente gestor, se quedará con la mayor parte de los rendimientos que las operaciones generen, además de que los importes invertidos y no recuperados serán con cargo al fondo establecido.
“El convenio firmado por Ana Alós con SODIAR nos resulta extraño, porque se invierten los papeles de las partes que lo suscriben. En su día, Chunta Aragonesista preguntó al responsable de Desarrollo, Luis Irzo, si se había suscrito algún convenio parecido por otro ayuntamiento aragonés con SODIAR sin que nos diera respuesta. En lo que hemos podido informarnos, SODIAR ha suscrito convenios con los ayuntamientos de Daroca y Exea, y en ambos casos parece que dicha Sociedad ha sido agente inversor. Por eso, este convenio nos parece un mal convenio, ya que al menos se debería haber repartido el esfuerzo y el riesgo financiero entre ambas partes de la misma manera que se reparte la rentabilidad de las operaciones”, señala Alberto Esteban de CHA Uesca.
“Por otra parte, tenemos serias dudas de que este Fondo de apoyo a empresas y emprendedores de Uesca, por sus características, dé respuesta a las necesidades de las empresas ya existentes o que atraiga a otras que generen empleo estable y de calidad; en este sentido señalamos que la cuantía máxima de inversión es de 20.000€ y en el caso de los préstamos el tipo de interés es como mínimo del 5%, por la existencia de una cláusula-suelo, y la amortización anticipada supone una comisión del 2%. Consideramos que esta comisión de amortización así como la existencia de cláusulas-suelos es una medida abusiva cuando la aplican bancos por lo que no es de recibo que el Ayuntamiento imponga estas condiciones si lo que se quiere es favorecer la financiación de empresas”, concluye Esteban.




