Cuando comenzamos a trabajar, al fin, estamos tan contentos que a veces nos olvidamos de revisar si lo que nos han dicho en el proceso de selección se traduce tal cual en el contrato de trabajo. Es importante tener en cuenta que en el momento que firmas tu contrato de trabajo, estás de acuerdo con todo lo que éste recoge, y te comprometes a cumplirlo y a que sea así. Por ello, para evitar problemas y males mayores, es importante que antes de firmar tu contrato de trabajo, lo leas para evitar fallos en aspectos tan importantes como son los datos personales o solventar las dudas que te puedan surgir. Por ello, veamos qué debe aspectos legales básicos debe recoger un contrato de trabajo.
1. Tipo de contrato de trabajo. De manera genérica, hay cuatro grandes tipos de contratos de trabajo: indefinido, temporal, de formación o de prácticas. Al inicio del contrato de trabajo especificará el tipo y en el interior, habitualmente en la página 3, las cláusulas específicas de ese contrato. Por ejemplo, si es indefinido para personas con discapacidad, si es temporal por obra y servicio, etc…
De acuerdo a esta tipología, se especificarán en las siguientes páginas del contrato los datos relativos a las mismas (si son personas con discapacidad, si es hombre o mujer, o si es temporal por obra y servicio, la obra a la que se vincula el contrato. En todos ellos de manera obligatoria se hará referencia a si es contrato de trabajo a tiempo completo o tiempo parcial (en los indefinidos, se indicará si es fijo discontinuo).
2. Datos de la empresa y de la persona contratada. Aquí se recogerán los datos relativos al CIF de la empresa, la persona responsable de la contratación, razón social, cuenta de cotización, actividad económica, etc. También los datos de la persona contratada: nombre y apellidos, NIF o NIE, fecha nacimiento, número de la seguridad social, nivel formativo, nacionalidad… En el caso de que la persona contratada requiera de representante legal se indicará inmediatamente después. Es importante comprobar que tus datos estén bien recogidos y no haya errores, sobre todo en NIF/NIE ni en número de seguridad social. Si lo detectas, coméntalo para que lo subsanen antes de registrar el contrato.
3. Cláusulas. Aquí es donde vienen los datos importantes del contrato. Primeramente, se recoge el nombre del puesto de trabajo a desempeñar y el grupo profesional al que se acoge. Si trabajas de limpieza, se indicará puesto Limpiador/a y grupo profesional de cotización 10- Peones, por ejemplo. El grupo de cotización hace referencia a la titulación requerida para poder desempeñar el puesto.
Seguidamente se indicará si el trabajo se realizará a distancia o de manera presencial, indicando la dirección del centro de trabajo.
En segundo lugar, se recogerá lo referente a tiempo de trabajo, si es a tiempo completo o parcial, indicando la distribución horaria. En el caso de los indefinidos se hará referencia al cómputo global de horas trabajadas según convenio colectivo.
En tercer lugar, se indica la duración del contrato. Siempre se pondrá la fecha de inicio y fin (salvo para indefinidos) y si existe un periodo de prueba, el tiempo que éste durará. En cuarto lugar, se indicará la retribución que la persona contratada va a recibir y las vacaciones que puede disfrutar. Por lo general se suele indicar “Según convenio”, por ello es importante saber el convenio de referencia al que se va a adscribir mi contrato de trabajo y que vendrá indicado unas cláusulas más abajo. En cuanto a las vacaciones, se hará referencia la total al que tienes derecho de manera anual (mínimo 30 días naturales).
Por lo general, en el siguiente punto se hará referencia al convenio colectivo que regula las condiciones laborales del contrato y a través de qué medio se registrará el contrato de trabajo en el Servicio público de empleo.
Estos son los aspectos legales básicos y generales que debe recoger un contrato de trabajo. Como hemos señalado más arriba, según el tipo de contrato a estas cláusulas básicas se le sumarán otras que vendrán marcadas por la tipología de contrato. De manera general también hay un apartado de Cláusulas adicionales al finalizar el contrato donde habla de aspectos referentes a prevención de riesgos laborales, o la movilidad del puesto de trabajo, por ejemplo.
Tal y como hemos dicho, antes de firmar el contrato revisa que estén bien todos los datos y que se cumple todo lo que te han comentado en el proceso de selección, sobre todo lo referido a tipo de puesto de trabajo y grupo de cotización, tipo de jornada, convenio, etc. En el momento que lo firmes, das por bueno todo lo que ahí pone, sea lo que se acordó o no, por ello léelo y cualquier duda o error, coméntalo. Estás en tu derecho. Y de igual manera, estás en tu derecho de que te entreguen una copia del contrato una vez sea registrado en el Servicio de Empleo, no olvides pedirla.