Amnistía Internacional denuncia el recorte de libertades en el Estado español

Para Esteban Beltrán, presidente de Amnistía Internacional, "este ha sido un mal año para la libertad de expresión" y asegura que “alzar la voz se ha vuelto cada vez más peligroso en las redes”. “Están siendo criminalizadas letras de canciones y bromas bajo categorías vagas".

El informe anual en el que la organización analiza la situación de los Derechos Humanos en 159 países refleja los amplios retrocesos en libertades que está viviendo el Estado español, especialmente desde la entrada en vigor de las conocidas como leyes mordaza –Ley Orgánica del Código Penal y la Ley Orgánica de Seguridad Ciudadana– que según esta organización “restringen el derecho a la libertad de reunión pacífica, asociación y expresión”.

En el Estado español el recorte de libertades es evidente, y visto lo sucedido este mes de febrero parece que va en aumento. La opinión ha pasado a ser investigada, las manifestaciones pacíficas son sospechosas de delitos tan graves como los de rebelión y sedición. Los acontecimientos políticos en Catalunya desataron una jornada de represión que recordaba a tiempos pasados. En cuanto a la condición de Frontera Sur de Europa del Estado español, la violencia contra inmigrantes y las devoluciones en caliente continúan siendo la tónica general.

Para Esteban Beltrán, presidente de Amnistía Internacional, "este ha sido un mal año para la libertad de expresión" y asegura que “alzar la voz se ha vuelto cada vez más peligroso en las redes”. “Están siendo criminalizadas letras de canciones y bromas bajo categorías vagas".

Libertad de expresión en peligro

Según denuncia Amnistía Internacional en su informe en el Estado español se restringió desproporcionadamente el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica, especialmente en Catalunya. Además, la organización denuncia que decenas de personas fueron procesadas por “enaltecimiento del terrorismo” y “humillación a las víctimas” en redes sociales.

En cuanto a la opinión a través de las redes sociales, Amnistía Internacional denuncia que, en muchos casos, las autoridades presentaron cargos contra personas que habían expresado opiniones que “no constituían incitación a cometer un delito de terrorismo y que se inscribían entre las formas de expresión permisibles con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos”.

En marzo de 2017 se declaró a Cassandra Vera culpable de “humillación a las víctimas de terrorismo” y se le impuso una condena de un año de prisión cuya ejecución se suspendió. Su delito: haber publicado en Twitter unos chistes sobre el homicidio en 1973 de Carrero Blanco, presidente del gobierno de Franco. Y no fue la única. En el transcurso del pasado año hasta veinte personas fueron declaradas culpables en el curso del año por verter sus opiniones en las redes sociales.

En enero, el juez de instrucción sobreseyó la causa por incitación al odio contra Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez, titiriteros profesionales que en febrero de 2016 habían estado cinco días en prisión provisional por cargos de “enaltecimiento del terrorismo” e incitación al odio por el simple hecho de representar una obra satírica. Los cargos de “enaltecimiento del terrorismo” se habían retirado en 2016.

Desde la organización recuerdan que durante todo el 2017 continuaron imponiéndose a particulares, activistas de derechos humanos y periodistas sanciones administrativas basadas en la Ley de Seguridad Ciudadana y que según advierten podían constituir restricciones ilegítimas del derecho a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de información.

Represión en torno a los acontecimientos políticos de Catalunya

El 1 de octubre, el gobierno de Catalunya celebró un referéndum sobre la independencia de este territorio, desafiando varias sentencias del Tribunal Constitucional.

Según denuncia el informe anual de Amnistía Internacional algunas autoridades restringieron de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica tras la decisión de suspender cautelarmente la ley del referéndum catalán adoptada por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre.

En Madrid y Gasteiz, los tribunales prohibieron dos reuniones públicas de apoyo al referéndum. El ayuntamiento de Castelldefels dictó una prohibición general del uso de espacios públicos para celebrar reuniones a favor o en contra del referéndum.

El 16 de octubre, una jueza de la Audiencia Nacional ordenó prisión provisional para Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, presidentes de sendas organizaciones independentistas catalanas. Fueron detenidos y acusados de sedición, delito definido de manera muy general, en relación con protestas que habían organizado en Barcelona los días 20 y 21 de septiembre para, según la jueza, oponerse a una operación policial legítima.

En noviembre, el Tribunal Supremo asumió las actuaciones judiciales contra Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y amplió la investigación contra ellos por un posible delito de rebelión. Hoy, en febrero de 2018 ambos continúan en prisión.

Para Amnistía Internacional los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que controlaron las protestas del 1 de octubre en Catalunya emplearon fuerza excesiva contra manifestantes pacíficos que se oponían a una operación policial. La policía disparó cartuchos de fogueo y pelotas de goma, e hirió de gravedad a una persona, que perdió la visión de un ojo.

Altsasu

Amnistía Internacional advierte del uso desproporcionado por parte del poder judicial de la legislación antiterrorista en el Estado español y lo hace en referencia a los hechos sucedidos en Altsasu en octubre de 2016.

Tres de las siete personas detenidas y acusadas de delitos de terrorismo por su presunta participación en una agresión a dos guardias civiles fuera de servicio y sus parejas en un bar permanecen en prisión preventiva, pendientes de una vista prevista para abril de 2018

Torturas

En septiembre, la Audiencia Nacional retiró la solicitud de extradición de Nekane Txapartegi desde Suiza. Unos meses antes el relator especial de la ONU sobre la tortura había instado a las autoridades suizas a oponerse a la extradición.

Nekane Txapartegi afirmaba haber sufrido tortura y otros malos tratos durante los cinco días que había permanecido recluida en régimen de incomunicación en una comisaría de policía de Madrid en 1999. Fue detenida como sospechosa de delitos de terrorismo y de pertenecer a ETA. Sus denuncias de tortura no se habían investigado exhaustivamente entonces.

Pese a que cada vez son más las voces que denuncian la existencia de torturas durante años, especialmente durante investigaciones terroristas, el Tribunal Constitucional admitió un recurso presentado por el gobierno contra una ley del Parlamento vasco relativa al reconocimiento y la reparación de las víctimas de violaciones de derechos humanos en el Euskadi.

Personas refugiadas y migrantes

El Estado español incumplió su compromiso de reubicar a 15.888 solicitantes de asilo en aplicación del programa de reubicación de emergencia de la UE; al final del año había reubicado a 1.328, 592 de nacionalidad siria.

Tampoco cumplió su compromiso de reasentar a 1.449 personas refugiadas de Oriente Medio y del norte de África; a fecha de 31 de diciembre habían sido reasentadas 1.360, todas de nacionalidad siria excepto una que era palestina.

De enero a diciembre se presentaron 25.853 solicitudes de asilo, y al concluir octubre seguían pendientes 34.655. Quienes solicitaban asilo seguían recibiendo con retraso la decisión sobre su solicitud. En muchos casos, el plazo durante el que estas personas tenían derecho a recibir apoyo del gobierno mientras aguardaban la respuesta a su solicitud expiraba mucho antes de que se hubiera tomado la decisión.

Según Frontex, la agencia de la UE para la gestión de las fronteras, hasta septiembre hubo 21.663 entradas irregulares por la ruta del Mediterráneo occidental, más del doble que en el mismo periodo de 2016.

En octubre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo que la devolución inmediata a Marruecos de migrantes subsaharianos que intentaban acceder al territorio español en Melilla en 2014 constituía una expulsión colectiva de ciudadanos extranjeros, saltándose el principio de no devolución.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de nuestra política de cookies, pincha el enlace para más información.

ACEPTAR
Aviso de cookies