La Audiencia de Teruel ha condenado a un hombre a 10 años y 9 meses de prisión por cinco delitos cometidos contra su pareja sentimental: agresión sexual, maltrato en el ámbito familiar con la agravante de reincidencia, lesiones también con reincidencia, amenazas graves y descubrimiento de secretos. La sentencia es firme y contra ella no cabe recurso.
Los hechos tuvieron lugar el 3 de septiembre de 2025 en el domicilio que compartía la pareja. Según recoge la resolución judicial, cuando la mujer expresó su deseo de terminar la relación, el condenado comenzó a proferir amenazas contra ella y llegó a utilizar un cuchillo para amedrentarla. El altercado, iniciado alrededor de las 6.00 de la mañana, se prolongó hasta las 10.00 horas, cuando la mujer consiguió salir de la vivienda y pedir auxilio en una casa cercana.
La Audiencia de Teruel le impone cinco años de prisión por el delito de agresión sexual, dos años por el delito de lesiones, dos años, seis meses y un día por el delito de descubrimiento de secretos, nueve meses por el delito de maltrato en el ámbito familiar y seis meses por el delito de amenazas graves.
Además de las penas de prisión, el tribunal establece distintas medidas de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima. En concreto, le prohíbe aproximarse a ella a menos de 500 metros durante 10 años y un día por el delito de agresión sexual, siete años y un día por el de lesiones, cinco años, nueve meses y un día por el de maltrato en el ámbito familiar y cinco años y un día por el de amenazas graves.
También se le prohíbe comunicarse con la víctima por cualquier medio durante los mismos periodos establecidos para las correspondientes penas de alejamiento. A ello se suma una medida de libertad vigilada durante cinco años, con la obligación de permanecer siempre localizable mediante dispositivos electrónicos que permitan su seguimiento permanente.
La Audiencia rechaza suspender la ejecución de las penas
A la vista de las circunstancias del caso, el tribunal ha rechazado la petición planteada por la defensa para suspender la ejecución de las penas. La sentencia tiene en cuenta, además de las agravantes de reincidencia, la circunstancia de parentesco.
El condenado contaba con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia. En 2024 había sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Almería por dos delitos cometidos en el ámbito familiar: uno de coacciones leves y otro de maltrato.
Más de 9.500 euros de responsabilidad civil
En concepto de responsabilidad civil, la sentencia condena al hombre a indemnizar a su expareja con 9.294,64 euros por las lesiones y perjuicios ocasionados que requirieron tratamiento médico. También deberá abonar 221,33 euros correspondientes a los gastos de asistencia sanitaria prestada por el Servicio Aragonés de Salud, así como la totalidad de los gastos derivados del procedimiento judicial.
Por el delito de descubrimiento de secretos, además, se le impone una multa de más de 3.282 euros.
La resolución judicial recoge así un conjunto de penas que, además de los 10 años y 9 meses de prisión, incluyen medidas de alejamiento, prohibición de comunicación y libertad vigilada, junto con las correspondientes responsabilidades económicas.





