El TSJA confirma la condena a Alumalsa por represión sindical contra CNT

La empresa se verá obligada a mantener al delegado sindical de la CNT en todas las reuniones que se produzcan entre empresa y representantes de la plantilla, reconociendo los derechos de información, consulta y participación que la ley y el convenio de aplicación contemplan

La plantilla de Alumalsa durante la pasada huelga en 2015.

El pasado marzo el Juzgado de lo Social nº3 de Zaragoza condenaba a la empresa Alumalsa, que emplea a más de 500 trabajadores y trabajadoras en el polígono de La Cartuja, por atentar contra el derecho a la libertad sindical al condicionar el reconocimiento de los derechos de representación regulados en el convenio colectivo de empresa a que la sección sindical de la CNT le presentara un listado con el nombre y apellidos de todos los trabajadores y trabajadoras afiliados.

Desde la CNT en todo momento se le facilitaron a la empresa otras formas de acreditar la implantación del sindicato en la empresa preservando el anonimato de sus integrantes, como pudieran ser el acta del Servicio Aragonés de Mediación y Arbitraje, o un acta notarial, algo que la empresa rechazó. Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ratifica la sentencia anterior, tras el recurso presentado por la empresa, confirmando que Alumalsa ha atentado contra los Derechos Fundamentales de sus trabajadores.

Así pues, la empresa se verá obligada a mantener al delegado sindical de la CNT en todas las reuniones que se produzcan entre empresa y representantes de la plantilla, reconociéndole asimismo todos los derechos de información, consulta y participación que la ley y el convenio de aplicación contemplan. Igualmente, Alumalsa deberá abonar al sindicato una indemnización de 1.500 euros en concepto de daños.

Desde la CNT de Zaragoza se valora que esta sentencia puede suponer un paso adelante muy importante para todos aquellos trabajadores y trabajadoras que buscan un modelo sindical diferente del mal llamado mayoritario. “No es extraño ver convenios con cláusulas que, como en el caso de Alumalsa, reconocen derechos a las secciones sindicales en base a su implantación y con absoluta independencia de su participación o no en los comités de empresa, de manera que la importancia de esta sentencia viene dada por el hecho de que ahora el TSJA establece que, a la hora de medir dicha implantación, las empresas no pueden atentar contra la intimidad de trabajadoras y trabajadores”, aseguran desde CNT.

En el ámbito específico de Alumalsa, con esta sentencia la CNT ve asegurada su presencia en las negociaciones del próximo convenio de empresa, por lo que la sección sindical se centrará en los próximos meses en iniciar un proceso de participación con toda la plantilla, a fin de elaborar una tabla reivindicativa que refleje las aspiraciones de todas las trabajadoras y trabajadores y que asegure que el proceso de negociación sirva para dar pasos adelante y evite cualquier posibilidad de retroceso en los derechos de la plantilla.

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