Hacer ‘democracia’ decretazo a decretazo

DIAGONAL | Gladys Martínez López | Los distintos gobiernos desde la transición recurren de manera continuada al real decreto-ley para legislar saltándose el debate parlamentario y público. “Chapuza”, “burla”, “agresión a la democracia”, “engendro”, “abuso de derecho” o “cacicada”. Son algunos de los calificativos dedicados por diversos partidos de la oposición parlamentaria al real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 4 de julio, un documento de 172 páginas que modifica de una tacada 26 leyes distintas y regula materias de toda índole. Su aprobación ha vuelto a sacar a la palestra el debate sobre el real decreto-ley, conocido …

Consejo de ministras. Foto: Moncloa
Consejo de ministras. Foto: Moncloa
Consejo de ministras. Foto: Moncloa

DIAGONAL | Gladys Martínez López | Los distintos gobiernos desde la transición recurren de manera continuada al real decreto-ley para legislar saltándose el debate parlamentario y público.

“Chapuza”, “burla”, “agresión a la democracia”, “engendro”, “abuso de derecho” o “cacicada”. Son algunos de los calificativos dedicados por diversos partidos de la oposición parlamentaria al real decreto-ley aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 4 de julio, un documento de 172 páginas que modifica de una tacada 26 leyes distintas y regula materias de toda índole. Su aprobación ha vuelto a sacar a la palestra el debate sobre el real decreto-ley, conocido popularmente como decretazo, una figura con rango de ley que, prevista en el artículo 86 de la Constitución, permite que el poder ejecutivo legisle directamente, sin pasar por las Cor­tes y sin debate parlamentario, sobre ciertas materias, aunque sólo “en caso de extraordinaria y urgente necesidad” y siempre que en el plazo de 30 días se ratifique la norma en el Parlamento.

En este último caso, a pesar de que se llama Real Decreto-Ley 8/2014 de Medidas Urgentes para el Creci­mien­to, la Competitividad y la Efi­ciencia Económica, la normativa incluye una macedonia de medidas que, denuncian oposición y juristas, no parecen revestir demasiada urgencia, como la regulación de los estrenos de películas en los cines municipales, la declaración como acontecimiento de excepcional interés de una exposición de Picasso, la contratación de 200 militares o la conversión de AENA en sociedad mercantil como paso previo a su privatización. “Que los ayuntamientos no puedan proyectar sin permiso estrenos que tengan menos de un año de antigüedad en espectáculos subvencionados o gratuitos no creo que sea una cuestión sobre la que pivote la economía nacional y el destino del mundo libre”, ironiza el politólogo Gonzalo Caro sobre una de las tantas medidas incluidas en el último real decreto-ley.

Legislar por decreto

“A nivel teórico, podríamos decir que legislar por vía de decreto-ley va en contra de lo que deberían ser la naturaleza de las leyes en el marco de un Estado liberal democrático”, explica el profesor de Derecho Consti­tu­cio­nal Albert Noguera. También Gonza­lo Caro considera que “no es normal para un sistema democrático ni sano para la separación de poderes”. Sin embargo, el decreto-ley es una figura de la que han hecho uso insistentemente los gobiernos de distinto signo político. Desde la transición –cuando “se hace una Constitu­ción y todo un armazón para tener gobiernos fuertes, y por eso la ley electoral fomenta el bipartidismo y hay una forma muy laxa de hacer reales decretos”, explica Caro–, se ha recurrido en 563 ocasiones a esta medida considerada como “excepcional” y desterrada o muy acotada en la mayoría de ordenamientos jurídicos europeos por su carácter de urgencia y poco democrático.

Según Noguera, los Gobiernos recurren a él porque “se ahorran todos los trámites de enmiendas y discusión con la oposición, así como el debate público que acompaña toda discusión y tramitación parlamentaria de una ley”. Caro también considera que el decretazo es un mecanismo del que abusan, en mayor medida los gobiernos con mayoría absoluta, “porque es cómodo y hay mucho menos debate. Con un proyecto de ley hay que informar, tiene un trámite parlamentario mucho más largo y con mayores posibilidades de que haya enmiendas y de que se produzca un debate en el Parlamento y en la sociedad”.

Uno de los mayores récords en este sentido lo detenta el Gobierno de Rajoy, que en los dos primeros años de legislatura aprobó 45 rea­les decretos-ley, es decir, un 73% de todas las leyes aprobadas se hacían por esta vía de excepcionalidad. Entre ellos se encuentra el Real Decreto-Ley 16/2012, por el que se excluyó a 900.000 personas no regularizadas del sistema sanitario público, acabando de golpe, por la vía de urgencia y por la puerta de atrás con la universalidad de la sanidad. A ello se suman otros nueve decretos-ley aprobados en lo que va de 2014.

Aznar, por su parte, recurrió a este mecanismo en 127 ocasiones a lo largo de dos legislaturas. Sin embargo, el PSOE no se queda a la zaga. Entre 2004 y 2011 los Go­bier­nos de José Luis Rodríguez Zapa­tero recurrieron hasta en 108 ocasiones a esta medida. Uno de los momentos más sonados fue el decretazo de mayo de 2010, refrendado posteriormente en el Congreso sólo por los diputados del PSOE, por el que se aprobaba una batería de recortes en el gasto público y social, como la congelación de las pensiones, que venía impuesta desde la Comisión Euro­pea. “Cuando la creación de una norma con rango de ley se salta el procedimiento parlamentario de discusión y negociación, y emana directamente del poder sin debate posible, la norma tiene un solo cordón umbilical, el que la une con el poder”, afirma Noguera.

Inconstitucionalidad

En lo que respecta al Real Decreto-Ley 8/2014, el PSOE ya ha anunciado que recurrirá la norma ante el Tribunal Constitucional, un recurso al que se unirán IU, UPyD y parte del grupo mixto. Según Caro, “hay una serie de medidas que claramente no son urgentes y podrían haberse legislado de otra manera y que el Constitu­cional podría echar atrás, por defecto de forma, si alguien lo recurre”. “El problema de estas cosas –continúa– es que alguien lo tiene que recurrir, y no puede hacerlo cualquier ciudadano. Tienes que tener 50 diputados o senadores para hacerlo”.

En los últimos años, el Tribunal Constitucional sólo ha establecido la inconstitucionalidad de dos reales decretos-ley, ambos aprobados durante las dos legislaturas de Aznar. Tanto la reforma laboral del año 2002 como la liberalización del sector inmobiliario y los transportes de 2000 fueron considerados inconstitucionales al no haber concurrido “una situación de extraordinaria y urgente necesidad”. Sin embargo, según Noguera, “la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre este aspecto es distinta y varía, básicamente, en función de la composición ideológica de los magistrados y su afinidad con el Gobierno”.

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