La Sala de lo Penal ha rectificado la anterior sentencia en la que se consideraba que el maltrato continuado hasta llegar a asestar ocho puñaladas a la denunciante delante de su hija, produjo en la casa un “escenario del miedo” en el que cada agresión provocaba el doble de daño en la víctima y, por lo tanto, no hubo posibilidad de defenderse